El propietario del subsuelo de una finca urbana es protegido en su propiedad frente al titular registral

(Sentencia Juzgado de Instancia 1 de Jaén de 23 de septiembre de 2020)


Las partes de los edificios, casas, viviendas, etc. que se intercalan entre sí con las propiedades colindantes es un hecho muy común en los pueblos de la provincia de Jaén. EOM ha conseguido proteger la propiedad de un local en planta baja de un cliente. Ésta se prolongaba debajo del subsuelo de la propiedad de un vecino colindante que le exigía judicialmente ese espacio. La sentencia no sólo afirma que nuestro cliente en modo alguno había alterado la propiedad, sino que es el legítimo titular de esa parte de subsuelo que integra su propiedad.

Compartir :