Phishing: ¿Cuáles son las responsabilidades del cliente y de la entidad bancaria?

Recordando el artículo anterior, según el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, el phising como una técnica utilizada por ciberdelicuentes para obtener información personal y bancaria de los usuarios, por medio de la cual se envían mensajes suplantando a una entidad legítima, como puede ser un banco, para engañarles y manipularles a fin de que realicen una acción que ponga en peligros sus datos.

¿Cuáles son las responsabilidades del cliente y de la entidad bancaria? 

El nuevo marco normativo europeo busca generar un entorno más seguro y fiable para los clientes. Aprovechando las innovaciones tecnológicas intentan lograr una protección mayor a través de un marco de responsabilidad cuasi-objetiva de la entidad bancaria. La Ley de Servicios de Pago estipula un conjunto de derechos y obligaciones a los usuarios y proveedores de servicios de pago (las entidades bancarias). 

Tres obligaciones para los usuarios:  

  1. Emplear el instrumento de pago de conformidad con las condiciones pactadas en el contrato.  
  2. Utilizar las medidas razonables para proteger sus credenciales de seguridad.  
  3. Notificar sin demora indebida el extravío, la sustracción, la apropiación indebida o la utilización no autorizada (Art. 41 LSP). 

Por otra parte, el proveedor del medio de pago debe cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato, llevando a cabo las medidas de seguridad necesarias para asegurar la identidad del ordenante y la autenticación de la operación. 

La Directiva de Servicios de Pago (DSP2) compromete a los bancos a que las órdenes de pago se realicen mediante una autenticación reforzada (Arts. 97 y 98). Es decir, que la operación esté efectuada:  

  • Con la clave personal  
  • Con un factor biométrico, por ejemplo una huella dactilar o una clave aleatoria generada en cada operación, que debe ser enviada al usuario para revalidar la operación (doble factor de autenticación/seguridad).

He sufrido una estafa de Phishing, ¿qué debo hacer?  

  1. En primer lugar, debes informa a la entidad bancaria para bloquear el medio de pago y que te genere unas nuevas claves de seguridad. 
  2. El siguiente paso será realizar una denuncia ante la Policía Nacional, detallando el método usado para la comisión del fraude. Un dato a tener en cuenta: Es de suma importancia guardar los mensajes recibidos del Phiser, con el motivo de poder justificar cómo se realizó el fraude.  
  3. El tercer paso será emitir una reclamación escrita a la entidad bancaria correspondiente, indicando su saldo con anterioridad a las operaciones y ésta tiene la obligación de reintegrarle el importe de las operaciones que has autorizado.  

Si tu banco no acepta la reclamación, nosotros nos encargamos de interceder en tu nombre frente a la entidad bancaria correspondiente, implementando todas las acciones legales necesarias hasta restituir los fondos de la cuenta previos al fraude.   

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