¿Se puede reclamar la legítima de una donación?
Cuando una persona fallece, su herencia no siempre se distribuye libremente según su última voluntad. En el derecho sucesorio español, existe una parte de la herencia que está protegida por la ley: la legítima, que corresponde a una fracción del patrimonio que debe reservarse a los herederos forzosos, principalmente los hijos y descendientes. Sin embargo, una pregunta que surge con frecuencia es ¿qué ocurre si el fallecido realizó donaciones en vida y estas perjudican la legítima? ¿Se pueden reclamar? La respuesta es que sí, en ciertos casos, y esto puede dar lugar a un proceso legal para recuperar los derechos de los herederos legítimos.
Contacta ahora con tu abogado
A lo largo de este artículo, te explicaré en detalle qué es la legítima, cómo pueden afectarle las donaciones realizadas en vida, qué acciones legales pueden interponerse para protegerla y cuál es el procedimiento para reclamarla. Si estás en esta situación o quieres conocer cómo funciona este aspecto del derecho sucesorio, sigue leyendo.
¿Qué es la legítima y por qué está protegida por la ley?
La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente para ciertos herederos, los llamados herederos forzosos. En términos generales, la normativa establece lo siguiente:
- Si el fallecido tenía hijos o descendientes, la legítima equivale a dos tercios de la herencia, aunque uno de estos tercios puede repartirse libremente entre los descendientes.
- Si no hay hijos ni descendientes, pero sí ascendientes (padres o abuelos), la legítima será la mitad de la herencia.
- Si no hay ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho a una parte de la herencia en usufructo, dependiendo de la existencia de otros herederos.
Esta parte protegida de la herencia no puede ser eliminada por voluntad del testador, salvo en casos excepcionales de desheredación justificada. Sin embargo, lo que muchas personas desconocen es que las donaciones realizadas en vida también pueden afectar la legítima, y en esos casos, los herederos forzosos pueden reclamar lo que les corresponde.
¿Cómo afectan las donaciones a la legítima?
Las donaciones son transferencias de bienes realizadas en vida, de manera gratuita y voluntaria. En principio, cualquier persona es libre de donar sus bienes como desee, pero si estas donaciones perjudican la legítima de los herederos forzosos, pueden ser objeto de reclamación.
Existen dos conceptos clave que se deben entender en este contexto:
-
Colación hereditaria: cuando el fallecido ha hecho donaciones a uno o varios herederos forzosos, estas deben integrarse en la herencia para calcular la legítima. Es decir, aunque se haya entregado el bien en vida, sigue formando parte de la masa hereditaria a efectos del reparto.
-
Donaciones inoficiosas: si una donación hecha en vida supera la parte de libre disposición del testador y perjudica la legítima de los herederos forzosos, puede ser reducida judicialmente hasta restablecer el equilibrio.
Veamos ahora cómo se puede reclamar en estos casos.
¿Cuándo se puede reclamar la legítima afectada por una donación?
Un heredero forzoso puede reclamar la legítima si se encuentra en alguna de estas situaciones:
- El fallecido donó en vida bienes que reducen la legítima: si la suma de las donaciones y el patrimonio restante del fallecido no alcanza para cubrir la legítima de los herederos forzosos, estos tienen derecho a reclamar.
- El testador intentó eludir la legítima mediante donaciones: en algunos casos, los causantes realizan donaciones con el propósito de evitar que ciertos herederos reciban su parte legítima. Sin embargo, la ley protege a los herederos forzosos y permite impugnar estas donaciones.
- Existen donaciones ocultas o simuladas: si un heredero descubre que se han realizado donaciones encubiertas que afectan su legítima, puede recurrir a la justicia para que se integren en el cálculo de la herencia.
En cualquiera de estos casos, la ley permite que los herederos forzosos inicien una acción de reducción de donaciones inoficiosas, con el fin de restaurar su legítima.
¿Cómo se reclama la legítima afectada por una donación?
Si consideras que una donación realizada en vida del fallecido ha perjudicado tu legítima, debes seguir los siguientes pasos:
Análisis de la herencia y las donaciones realizadas
El primer paso es determinar el caudal hereditario, es decir, el conjunto de bienes y derechos que dejó el fallecido. Para ello, se deben tomar en cuenta:
- El patrimonio total del fallecido al momento de su muerte.
- Las donaciones realizadas en los últimos diez años antes del fallecimiento.
- Las deudas o cargas que puedan afectar la herencia.
Si las donaciones han reducido la legítima, puede ser necesario acudir a los tribunales.
Reclamación extrajudicial
Antes de iniciar un proceso judicial, lo recomendable es intentar una negociación con los demás herederos o beneficiarios de la donación. Esto puede hacerse mediante un abogado especializado en derecho sucesorio, quien analizará la viabilidad de la reclamación.
En esta fase, se pueden solicitar acuerdos para reintegrar parte de la legítima a los herederos forzosos sin necesidad de acudir a juicio.
Acción judicial de reducción de donaciones inoficiosas
Si no se llega a un acuerdo, se puede presentar una demanda de reducción de donaciones inoficiosas. En este proceso judicial, el juez analizará si la donación ha perjudicado la legítima y, de ser así, ordenará la reducción de la donación hasta restablecer los derechos de los herederos forzosos.
El plazo para interponer esta demanda es de cinco años desde la apertura de la sucesión, es decir, desde el fallecimiento del donante.
Ejemplo práctico: reclamación de legítima por donación excesiva
Imagina que un padre, antes de fallecer, dona a uno de sus hijos una vivienda valorada en 300.000 euros, mientras que el resto de su patrimonio al momento de su muerte es de solo 100.000 euros. Si tiene dos hijos, la legítima global (dos tercios de la herencia) debería ser de 266.000 euros (dos tercios de 400.000 euros), repartidos entre ambos. Pero, dado que casi toda la herencia ha sido donada a un solo hijo, el otro heredero queda prácticamente sin su parte legítima. En este caso, el hijo perjudicado puede reclamar judicialmente que se reduzca la donación hasta restablecer su legítima.
Si sospechas que una donación realizada por un familiar fallecido ha afectado tu legítima, es importante actuar con rapidez y asesorarte con un abogado especializado. El derecho sucesorio protege la legítima y permite impugnar aquellas donaciones que la perjudiquen.
Reclamar tu legítima no solo es un derecho, sino una forma de garantizar que se respeten las disposiciones legales sobre herencias. Si estás en esta situación, no dudes en consultar a un especialista que pueda guiarte en el proceso y ayudarte a recuperar lo que te corresponde.
Cinco datos interesantes
-
Incremento de las donaciones en vida: En los últimos años, las donaciones en vida han experimentado un notable aumento. Por ejemplo, en 2021 se registraron 174.866 donaciones en España, lo que supone un incremento del 30,7% respecto al año anterior.
-
Crecimiento de las aceptaciones de herencias: El año 2021 también marcó un récord histórico en aceptaciones de herencias, con 365.649 casos, un 22,2% más que en 2020. Este aumento refleja una mayor actividad en la gestión patrimonial y sucesoria.
-
Aumento de las renuncias a herencias: Paralelamente, las renuncias a herencias crecieron un 25% en 2021, alcanzando las 56.557 operaciones. Este dato puede estar relacionado con cargas fiscales o deudas asociadas a las herencias.
-
Preferencia por heredar frente a donar en vida: Desde una perspectiva fiscal y de costes, heredar suele ser más ventajoso que recibir una donación en vida, debido a las mayores reducciones y bonificaciones fiscales aplicables en las herencias.
-
Impacto de las donaciones en la legítima: Las donaciones en vida pueden afectar la legítima de los herederos forzosos. Es importante considerar que, según el Código Civil, los herederos forzosos tienen derecho a reclamar dos tercios del caudal hereditario, lo que implica que las donaciones que excedan la parte disponible pueden ser objeto de reducción para proteger la legítima.
Preguntas frecuentes sobre la legítima y las donaciones
¿Cuándo una donación perjudica a la legítima?
Una donación perjudica la legítima cuando el fallecido ha donado bienes en vida que exceden la parte de libre disposición, afectando así el derecho de los herederos forzosos. Si la suma de las donaciones y el patrimonio restante no permite cubrir la legítima, se puede reclamar la reducción de la donación mediante la acción de reducción de donaciones inoficiosas.
¿Cuánto tiempo hay para reclamar una legítima?
El plazo para reclamar la legítima es de cinco años desde la apertura de la sucesión, es decir, desde el fallecimiento del causante. Pasado este tiempo, el derecho de los herederos forzosos a reclamar prescribe y no podrán exigir su parte legítima.
¿Cuánto tiempo hay para impugnar una donación?
Si la donación ha vulnerado la legítima, se puede impugnar a través de la acción de reducción. El plazo para hacerlo también es de cinco años desde la apertura de la sucesión. Sin embargo, si se trata de una donación que se realizó con vicios de consentimiento (por ejemplo, bajo coacción o engaño), el plazo para impugnar puede variar dependiendo del tipo de irregularidad detectada.
¿Cómo evitar que las donaciones en vida se incluyan como parte de una herencia?
Para evitar que una donación en vida se considere parte de la herencia, el donante debe expresar explícitamente en el acto de donación que la donación queda exenta de colación. De esta manera, no se tomará en cuenta a la hora de calcular la legítima. No obstante, si la donación excede la parte de libre disposición, podría ser impugnada por los herederos forzosos.
¿Cómo afectan las donaciones en vida a las herencias?
Las donaciones en vida afectan las herencias porque pueden reducir el caudal hereditario disponible. Si no se han hecho con la debida planificación, pueden dar lugar a reclamaciones de los herederos forzosos, ya que la ley establece que la legítima debe respetarse. En algunos casos, la donación se suma al cálculo de la herencia para determinar si ha afectado los derechos de los legitimarios.
¿Cómo dejar sin efecto una donación?
Una donación puede quedar sin efecto en los siguientes casos:
- Si el donante se ha reservado el derecho de revocación en la escritura de donación.
- Si el donatario incurre en ingratitud (por ejemplo, si comete un delito contra el donante).
- Si el donatario incumple condiciones esenciales de la donación.
- Si el donante se queda en una situación de pobreza y necesita los bienes donados para subsistir. En cualquiera de estos casos, se puede interponer una demanda de revocación de la donación.
¿Qué pasa si un heredero recibió una donación en vida y otros no?
Si un heredero forzoso ha recibido una donación en vida y no se ha declarado exenta de colación, debe computarse en la herencia para garantizar la igualdad entre los herederos. Esto significa que, al repartir la herencia, se considerará lo ya recibido para ajustar las adjudicaciones y evitar que un heredero reciba más de lo que le corresponde.
¿Puedo impugnar una donación si soy un heredero forzoso pero no se ha abierto la herencia?
No, hasta que no fallezca el donante, no se puede impugnar una donación por afectar la legítima, ya que el derecho sucesorio solo se activa tras la muerte del causante. Sin embargo, se pueden tomar medidas preventivas si se sospecha que una donación está vulnerando los derechos futuros de los herederos.
¿Qué ocurre con las donaciones hechas a terceros que no son herederos?
Si una donación hecha a un tercero (por ejemplo, un amigo o una ONG) afecta la legítima de los herederos forzosos, estos pueden reclamar su reducción a través de la acción de reducción de donaciones inoficiosas. En este caso, la donación puede ser parcial o totalmente anulada hasta restablecer la legítima.
¿Qué pasa si no se reclama la legítima a tiempo?
Si un heredero forzoso no reclama su legítima dentro del plazo de cinco años desde la apertura de la sucesión, pierde el derecho a exigirla. La prescripción extingue la posibilidad de reclamar, y los bienes quedan definitivamente en manos de quienes los recibieron, ya sea a través del testamento o de donaciones previas.
Contactar con EOM Equipo jurídico