Registro de planes de igualdad de las administraciones públicas: todo lo que necesitas saber

La igualdad de género en el ámbito laboral no es solo un principio fundamental del derecho, sino una obligación legal que las administraciones públicas deben garantizar. Los planes de igualdad han cobrado una importancia crucial en los últimos años, y su registro se ha convertido en un requisito indispensable para garantizar su cumplimiento y seguimiento. Pero, ¿qué implica realmente este registro?, ¿qué pasos deben seguir las administraciones para cumplir con esta obligación?, ¿qué consecuencias puede tener no hacerlo correctamente?

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En este artículo, vamos a profundizar en el registro de planes de igualdad de las administraciones públicas, analizando la normativa aplicable, el procedimiento de inscripción, las obligaciones legales y las implicaciones prácticas para los organismos públicos. Además, resolveremos todas las dudas que puedas tener sobre este tema.

¿Qué es el registro de planes de igualdad?

El registro de planes de igualdad es un mecanismo creado para recopilar y hacer accesibles los planes de igualdad adoptados por las administraciones públicas. Su finalidad principal es asegurar que estos planes sean efectivamente aplicados, supervisados y evaluados, garantizando así que las medidas de igualdad de género no queden en simples declaraciones de intenciones, sino que se conviertan en políticas reales y medibles.

Cada administración pública está obligada a inscribir su plan de igualdad en este registro, lo que permite un mayor control y transparencia sobre las políticas de igualdad implementadas en los distintos organismos.

¿Qué administraciones están obligadas a inscribir su plan de igualdad?

La obligación de contar con un plan de igualdad y registrarlo recae sobre todas las administraciones públicas, en sus diferentes niveles:

  • Administración General del Estado: Incluye ministerios, organismos autónomos y entidades dependientes.
  • Administraciones autonómicas: Gobiernos regionales y entidades vinculadas.
  • Administraciones locales: Ayuntamientos, diputaciones y cabildos insulares.
  • Otras entidades públicas: Universidades públicas, empresas públicas y organismos estatutarios.

En términos generales, si una entidad forma parte del sector público y cuenta con personal laboral o funcionario, tiene la obligación de diseñar, aprobar y registrar un plan de igualdad.

Marco legal: normativa aplicable

El marco normativo que regula los planes de igualdad en las administraciones públicas está compuesto por varias disposiciones clave:

  • El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece en su disposición adicional séptima la obligación de las administraciones públicas de garantizar la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público.
  • El Real Decreto 901/2020 regula la elaboración y registro de planes de igualdad, aunque está más enfocado en el ámbito privado, muchas de sus disposiciones son aplicables también a las administraciones públicas.
  • El Real Decreto 1060/2022 establece el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, un sistema centralizado donde deben inscribirse todos los planes de igualdad del sector público.

¿Cómo debe elaborarse un plan de igualdad en la administración pública?

La elaboración de un plan de igualdad no es un mero trámite burocrático. Requiere un análisis detallado de la situación de cada administración y la implementación de medidas específicas para garantizar la igualdad efectiva.

Diagnóstico previo de la situación

El primer paso para elaborar un plan de igualdad es realizar un diagnóstico de la situación actual en la administración pública en cuestión. Esto implica analizar datos desagregados por sexo en áreas como:

  • Distribución de puestos de trabajo y niveles de responsabilidad.
  • Brecha salarial y condiciones retributivas.
  • Procesos de promoción y acceso a puestos de trabajo.
  • Conciliación de la vida laboral y personal.
  • Situaciones de acoso sexual o discriminación por razón de género.

Este diagnóstico debe basarse en datos objetivos y verificables para identificar desigualdades y diseñar medidas concretas para corregirlas.

Definición de objetivos y medidas correctoras

Tras el diagnóstico, se establecen los objetivos específicos del plan de igualdad y las medidas correctoras necesarias para lograr esos objetivos. Estas medidas pueden incluir:

  • Programas de formación en igualdad para el personal.
  • Protocolos de actuación frente a casos de acoso sexual.
  • Medidas para garantizar la igualdad en procesos de selección y promoción.
  • Acciones para fomentar la conciliación y la corresponsabilidad en el trabajo.

Negociación y aprobación

En la administración pública, los planes de igualdad deben ser negociados con la representación legal del personal. Una vez acordado su contenido, el plan se aprueba y se procede a su registro e implementación.

Procedimiento de inscripción en el Registro de Planes de Igualdad

Una vez aprobado el plan de igualdad, la administración pública está obligada a inscribirlo en el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas. Este proceso se realiza de la siguiente manera:

  • Remisión del plan: La administración competente envía el plan de igualdad a la unidad responsable del registro, junto con los anexos correspondientes.
  • Revisión y validación: Se comprueba que el plan cumple con los requisitos legales y se solicita la subsanación de errores si es necesario.
  • Publicación y acceso: Una vez registrado, el plan es accesible públicamente a través del portal de la administración correspondiente.

Este procedimiento garantiza que todos los planes de igualdad sean de conocimiento público y puedan ser supervisados para evaluar su impacto real.

Consecuencias de no registrar el plan de igualdad

El incumplimiento de la obligación de elaborar y registrar un plan de igualdad puede tener serias consecuencias legales y administrativas para una administración pública:

  • Sanciones y responsabilidades: Aunque las administraciones públicas no están sujetas a sanciones laborales como las empresas privadas, sí pueden enfrentar responsabilidad patrimonial en caso de que se demuestre una vulneración del derecho a la igualdad.
  • Falta de acceso a subvenciones o ayudas: Muchas subvenciones públicas exigen el cumplimiento de la normativa de igualdad. No contar con un plan de igualdad registrado puede ser un impedimento para acceder a determinados fondos.
  • Reputación institucional: La falta de un plan de igualdad puede generar un impacto negativo en la percepción pública de la administración y afectar su imagen institucional.

Transparencia y seguimiento de los planes de igualdad

Una vez registrado, un plan de igualdad no es un documento estático, sino que debe actualizarse y evaluarse periódicamente. Las administraciones públicas están obligadas a realizar un seguimiento de las medidas implementadas y a revisar el plan al menos cada cuatro años para adaptarlo a la evolución normativa y social.

Además, los planes de igualdad deben ser accesibles al público, lo que permite a la ciudadanía conocer las políticas de igualdad de cada organismo y exigir su cumplimiento en caso de que se detecten deficiencias.

El registro de planes de igualdad en las administraciones públicas no es solo una obligación legal, sino una herramienta fundamental para avanzar en la igualdad de género en el empleo público. Su correcta implementación y seguimiento garantiza que las políticas de igualdad sean efectivas y no se queden en simples promesas.

Si trabajas en una administración pública o tienes interés en estos temas, es fundamental conocer los requisitos legales, el proceso de registro y las implicaciones prácticas de los planes de igualdad. Garantizar su cumplimiento no solo evita sanciones, sino que también contribuye a una sociedad más justa e igualitaria.

La igualdad no es solo un derecho, sino una responsabilidad compartida.

Cinco datos y estadísticas relevantes

  • Representación femenina en las Fuerzas Armadas: A finales de 2024, las mujeres constituían el 13,2% del total de efectivos en las Fuerzas Armadas españolas, sumando 16.260 mujeres. Sin embargo, esta presencia no es uniforme en todas las ramas. Por ejemplo, en el Ejército de Tierra, la proporción de mujeres ha disminuido ligeramente, pasando del 11,8% en 2012 al 11,3% en 2024, con 8.707 mujeres en sus filas. En contraste, el Ejército del Aire y la Armada han incrementado la participación femenina, alcanzando el 14,7% y el 14,6% respectivamente.

  • Incremento del empleo femenino en sectores clave: Durante 2024, sectores como la hostelería, la educación y las actividades sanitarias y de servicios sociales lideraron la contratación de mujeres en España. La hostelería añadió 72.800 empleos femeninos (un incremento del 7,8%), la educación sumó 61.100 empleos (6% de aumento) y las actividades sanitarias y sociales incorporaron a 38.900 mujeres (2,5% más).

  • Brecha salarial persistente: A pesar de los avances en igualdad, las mujeres en Navarra siguen ganando un 20% menos que los hombres. Además, su representación en puestos directivos continúa siendo inferior en comparación con sus colegas masculinos.

  • Participación femenina en la Policía Nacional: Desde la incorporación de mujeres a la Policía Nacional en 1978, su presencia ha crecido hasta representar el 18% de la fuerza en la actualidad. Sin embargo, las agentes señalan que la maternidad puede frenar sus carreras, ya que buscan destinos con horarios que les permitan la conciliación familiar.

  • Coste económico de la brecha de género en tecnología: Aumentar la participación femenina en el sector tecnológico al 45% podría incrementar el PIB europeo hasta en 600.000 millones de euros. Además, reducir la brecha de género laboral en general podría añadir varios puntos al PIB, según la OCDE.

Preguntas frecuentes sobre el registro de planes de igualdad en las administraciones públicas

¿Cómo se registran los planes de igualdad?

Los planes de igualdad de las administraciones públicas deben ser remitidos al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, que depende del Ministerio con competencias en función pública. Para ello, la administración correspondiente debe enviar el plan junto con los documentos anexos requeridos a través del buzón institucional habilitado. Una vez revisado y validado, se procede a su inscripción y publicación.

¿Dónde puedo ver los planes de igualdad publicados?

Los planes de igualdad aprobados y registrados son accesibles a través de la web de la Dirección General de la Función Pública, así como en el portal de la administración pública correspondiente. También pueden consultarse en la web de www.administracion.gob.es, donde se garantiza la transparencia y el acceso público a estos documentos.

¿Cuál es el plazo para registrar el plan de igualdad?

No existe un plazo fijo y generalizado para todas las administraciones, pero una vez aprobado el plan de igualdad, debe ser registrado sin demora para que entre en vigor y sea supervisado por los organismos competentes. En el ámbito privado, la normativa establece un plazo de 15 días desde la firma del acuerdo para inscribirlo, por lo que las administraciones públicas deben seguir criterios similares de diligencia.

¿Qué Real Decreto regula en España los planes de igualdad y su registro?

El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, regula los planes de igualdad y su registro. Este decreto establece las directrices para la elaboración, contenido, tramitación y aplicación de los planes de igualdad tanto en el sector privado como en el público, incluyendo la obligatoriedad del registro.

¿Qué debe contener el registro retributivo?

El registro retributivo debe incluir información detallada sobre los salarios de los empleados, desglosada por sexo y categoría profesional, con el objetivo de detectar posibles brechas salariales. Debe contener los valores medios y medianos de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de toda la plantilla. Esta información debe actualizarse al menos una vez al año.

¿Quién aprueba los planes de igualdad?

En las administraciones públicas, los planes de igualdad deben ser aprobados por el órgano de gobierno o autoridad competente en materia de función pública. Además, su contenido debe negociarse previamente con la representación legal de los empleados públicos, garantizando la participación de los sindicatos y demás actores sociales.

¿Qué consecuencias tiene no registrar el plan de igualdad?

No registrar un plan de igualdad puede acarrear graves consecuencias para una administración pública. Aunque no se aplican sanciones económicas como en el sector privado, sí puede afectar su acceso a determinadas subvenciones y ayudas y generar problemas de responsabilidad patrimonial en caso de que se detecten desigualdades no corregidas.

¿Es obligatorio renovar el plan de igualdad?

Sí. Los planes de igualdad tienen una validez máxima de cuatro años. Pasado este tiempo, la administración pública debe realizar una evaluación de su impacto y actualizarlo en función de los cambios normativos o de las necesidades detectadas en el análisis de igualdad de género.

¿Los empleados pueden acceder al contenido del plan de igualdad?

Sí, el plan de igualdad debe ser accesible para todos los empleados de la administración pública correspondiente. Normalmente, se publica en la intranet corporativa, en los tablones de anuncios internos o en la página web de la institución. Además, los sindicatos pueden solicitar copias para garantizar su correcta aplicación.

¿Qué medidas debe incluir un plan de igualdad en una administración pública?

Un plan de igualdad debe contemplar medidas en áreas clave como:

  • Selección y promoción del personal para garantizar igualdad de oportunidades.
  • Conciliación de la vida laboral y familiar, incluyendo teletrabajo y horarios flexibles.
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo, con protocolos de actuación.
  • Sensibilización y formación en igualdad de género para todos los empleados.
  • Revisión de los sistemas retributivos para eliminar posibles diferencias salariales por razón de género.

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