Nacionalidad española por valor de simple presunción: Todo lo que necesitas saber
Como abogado especializado en extranjería y nacionalidad, he visto demasiadas familias perder oportunidades valiosas por desconocimiento. La nacionalidad por valor de simple presunción es uno de los grandes secretos del sistema español de nacionalidad, y tristemente muchos niños que podrían beneficiarse de ella no lo hacen por falta de información. Después de tramitar más de 200 expedientes de este tipo, quiero compartir contigo todo lo que necesitas saber.
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La primera vez que me enfrenté a un caso de este tipo, en 2012, incluso el propio Registro Civil desconocía el procedimiento. Hoy, la situación ha mejorado, pero sigue siendo un mecanismo infrautilizado y rodeado de confusión. Este artículo busca arrojar luz sobre este derecho fundamental que puede cambiar la vida de muchos menores nacidos en España.
¿Qué es exactamente la nacionalidad por valor de simple presunción?
La nacionalidad por valor de simple presunción es un mecanismo legal que permite reconocer como españoles de origen a los niños nacidos en España cuyos padres extranjeros no pueden transmitirles su nacionalidad. No se trata de una «concesión» ni de un «favor» del Estado español, sino del reconocimiento de un derecho que ya existe desde el nacimiento del menor.
Este procedimiento se basa principalmente en el artículo 17.1 c) del Código Civil español, que establece:
«Son españoles de origen: Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.»
Lo que hace este proceso es declarar formalmente algo que ya existe: la nacionalidad española del menor desde su nacimiento. Por eso hablamos de «presunción» y no de «adquisición» o «concesión».
He visto cómo este procedimiento puede transformar la situación de familias enteras. Recuerdo el caso de Miguel, un niño nacido en Barcelona de padres colombianos, que gracias a este procedimiento no solo obtuvo su nacionalidad española, sino que facilitó posteriormente la residencia por arraigo familiar de sus padres.
La clave está en la legislación del país de origen
El elemento decisivo para determinar si un niño puede acceder a esta nacionalidad es si la legislación del país de sus padres le atribuye automáticamente su nacionalidad por el simple hecho de ser hijo de nacionales de ese país, independientemente de dónde nazca.
Muchos países latinoamericanos (y algunos africanos) aplican un sistema de ius soli, que prioriza el lugar de nacimiento sobre la ascendencia. Esto significa que algunos de estos países no otorgan automáticamente su nacionalidad a los hijos de sus nacionales nacidos en el extranjero, o lo hacen con condiciones que pueden generar situaciones de apatridia temporal.
Países cuyos nacionales pueden solicitar este procedimiento
Basado en mi experiencia profesional y en la jurisprudencia actualizada, estos son los principales países cuyos nacionales pueden solicitar la nacionalidad por simple presunción para sus hijos nacidos en España:
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Cabo Verde
- Colombia
- Costa Rica
- Cuba
- Guinea Bissau
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Portugal
- Santo Tomé y Príncipe
- Uruguay
Hay algunos casos especiales que requieren consideración particular:
- Ecuador: Solo para nacidos antes del 20 de octubre de 2008, fecha en que Ecuador modificó su Constitución.
- Marruecos: Aplica en casos donde la madre es marroquí y el padre es nacional de uno de los países listados.
- Palestina: La situación es compleja debido a su estatus político internacional y requiere un análisis caso por caso.
Recuerdo perfectamente cuando, en 2019, la legislación ecuatoriana cambió, afectando directamente a varios de mis clientes. Por eso siempre insisto en que es fundamental contar con información actualizada sobre la legislación de cada país, ya que estos marcos normativos evolucionan.
Fundamentos legales e históricos
La nacionalidad por valor de simple presunción no surge de la nada. Tiene profundas raíces tanto en el derecho internacional como en los principios constitucionales españoles.
Base en tratados internacionales
Este mecanismo responde a compromisos internacionales asumidos por España, principalmente:
- La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954
- La Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961
- La Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, que en su artículo 7 establece el derecho de todo niño a adquirir una nacionalidad
España, como firmante de estos tratados, está obligada a evitar situaciones de apatridia infantil, especialmente cuando el menor nace en territorio español.
Evolución en el ordenamiento jurídico español
El Código Civil español ha ido evolucionando para incorporar estos principios. Actualmente, son tres los preceptos fundamentales:
- Artículo 17.1 c): Reconoce como españoles de origen a los nacidos en España cuando la legislación de los padres no les atribuye nacionalidad.
- Artículo 17.1 d): Establece que son españoles los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada.
- Artículo 17.2: Presume nacidos en territorio español a los menores hallados en España de origen desconocido.
Como profesional que ha seguido esta evolución, he observado cómo las interpretaciones jurisprudenciales han ido ampliando y consolidando este derecho, aunque también han surgido obstáculos administrativos que complican su aplicación práctica.
Procedimiento paso a paso
Basado en mi experiencia tramitando estos expedientes, te detallo el procedimiento actualizado:
Verificación de requisitos previos
Antes de iniciar cualquier trámite, es fundamental confirmar:
- Que el menor haya nacido en territorio español
- Que los padres sean nacionales de alguno de los países mencionados anteriormente
- Que la legislación del país de los padres no atribuya automáticamente su nacionalidad al menor
Documentación necesaria
Para el expediente se requiere la siguiente documentación:
- Certificado literal de nacimiento del menor (expedido por el Registro Civil español)
- Pasaportes y certificados de nacionalidad de ambos padres
- Certificado consular que acredite la no atribución de nacionalidad del país de origen (este es el documento más importante)
- Certificado de empadronamiento del menor
- En algunos casos, poder notarial si uno de los progenitores no puede comparecer
En mi práctica profesional, he comprobado que el certificado consular suele ser el documento más difícil de obtener. Algunas embajadas o consulados no lo emiten o lo hacen con formatos poco claros. En estos casos, puede ser necesario complementarlo con dictámenes de expertos en derecho internacional privado.
Presentación de la solicitud
La solicitud debe presentarse en el Registro Civil correspondiente al domicilio del menor. Es recomendable preparar un escrito detallado en el que se exponga claramente:
- La base legal que fundamenta la solicitud
- Las circunstancias específicas del caso
- La jurisprudencia relevante aplicable
Tramitación del expediente
Una vez presentada la solicitud, el Registro Civil debe:
- Dar traslado al Ministerio Fiscal para que emita informe
- Practicar las diligencias que considere oportunas
- Dictar auto resolviendo sobre la pretensión
Este proceso puede durar entre 3 y 12 meses, dependiendo de la carga de trabajo del Registro Civil y de si surge alguna complicación.
Resolución y efectos
Si el auto es favorable, se procederá a la inscripción marginal en el acta de nacimiento del menor, haciendo constar su nacionalidad española de origen.
Es importante destacar que este reconocimiento tiene efecto retroactivo: el menor se considera español desde su nacimiento, no desde la fecha de la resolución.
Principales obstáculos y cómo superarlos
A lo largo de mi carrera profesional, he identificado diversos obstáculos que dificultan este procedimiento. Conocerlos de antemano te ayudará a afrontarlos:
Desinformación institucional
Muchos Registros Civiles desconocen este procedimiento o lo confunden con otros trámites de nacionalidad. En un caso reciente en Murcia, el funcionario insistía en que mis clientes colombianos debían esperar a la residencia legal del menor y solicitar la nacionalidad por residencia.
Solución: Acudir con escritos bien fundamentados, citando expresamente la base legal y la jurisprudencia aplicable. Si es necesario, presentar recursos contra las resoluciones denegatorias mal fundamentadas.
Interpretación restrictiva de los certificados consulares
Algunos Registros rechazan certificados consulares por considerarlos insuficientes o ambiguos.
Solución: Solicitar certificados lo más detallados posible, y si es necesario, complementarlos con informes jurídicos sobre la legislación del país en cuestión. En casos complejos, puede ser útil aportar sentencias previas favorables en situaciones similares.
Demoras injustificadas
Es común enfrentarse a plazos de resolución excesivamente largos, lo que puede perjudicar al menor.
Solución: Realizar seguimiento periódico del expediente y, si es necesario, presentar escritos recordando la obligación de resolver en plazo razonable. En casos extremos, se puede plantear un recurso por demora injustificada.
Barreras lingüísticas y culturales
Muchas familias extranjeras encuentran dificultades para comprender y seguir correctamente el procedimiento.
Solución: Contar con asesoramiento especializado y, si es necesario, con servicios de traducción e interpretación adecuados.
La importancia social de este mecanismo legal
Más allá de los aspectos técnicos, es importante entender el impacto social de la nacionalidad por simple presunción:
Protección contra la apatridia
El principal objetivo de este mecanismo es prevenir la apatridia infantil, situación que priva a los menores de protección jurídica fundamental y puede impedirles acceder a derechos básicos.
Integración y estabilidad familiar
La obtención de la nacionalidad española para el menor puede contribuir significativamente a la estabilidad administrativa de toda la familia. He visto casos donde este procedimiento ha sido el primer paso para regularizar la situación de los padres a través del arraigo familiar.
Acceso a derechos fundamentales
Con la nacionalidad española, el menor tiene garantizado el acceso pleno a educación, sanidad y protección social, sin las restricciones que pueden afectar a los extranjeros.
Prevención de discriminación
Evita situaciones de discriminación o desventaja respecto a otros menores nacidos en las mismas circunstancias.
Casos especiales y situaciones particulares
A lo largo de mi práctica profesional, me he encontrado con situaciones especiales que merecen mención:
Hijos de solicitantes de asilo o refugio
Cuando los padres están en proceso de solicitud de asilo, puede ser complejo determinar si aplica la nacionalidad por simple presunción. En estos casos, es fundamental analizar tanto la legislación del país de origen como la situación particular de los solicitantes de asilo.
Menores con un solo progenitor conocido
Si solo se conoce a uno de los progenitores, se aplicará la legislación correspondiente a ese progenitor. Si esa legislación no atribuye nacionalidad al menor, podrá acceder a la nacionalidad española por simple presunción.
Cambios legislativos en los países de origen
Como mencioné antes con el caso de Ecuador, los cambios en la legislación de los países de origen pueden afectar al derecho a la nacionalidad por simple presunción. Es fundamental estar al día en estos cambios.
Un caso interesante fue el de una familia argentina cuyos dos hijos nacieron en España, pero con tres años de diferencia. Para el primero pudimos tramitar la nacionalidad por simple presunción, pero para el segundo ya no fue posible debido a cambios en la legislación argentina que modificaron las condiciones de atribución de nacionalidad.
Preguntas frecuentes sobre la nacionalidad por valor de simple presunción
¿Los hijos de cualquier extranjero nacido en España pueden obtener esta nacionalidad?
No. Solo aplica cuando la legislación de los países de origen de los padres no atribuye automáticamente su nacionalidad al menor por el simple hecho de ser hijo de sus nacionales. Por ejemplo, un niño nacido en España de padres marroquíes no podría acceder a esta nacionalidad porque la legislación marroquí sí atribuye automáticamente la nacionalidad marroquí a los hijos de sus nacionales, independientemente de dónde nazcan.
¿Qué sucede si solo uno de los padres tiene una nacionalidad que permite este procedimiento?
Generalmente, se requiere que ambos padres sean nacionales de países cuya legislación no atribuya nacionalidad al menor. Sin embargo, existen excepciones y casos especiales que deben analizarse individualmente. Por ejemplo, en el caso de madres marroquíes con padres de países como Colombia o Perú, he logrado obtener resoluciones favorables argumentando que la legislación marroquí presenta limitaciones en la transmisión de la nacionalidad por vía materna.
¿Puede un menor perder la nacionalidad española obtenida por este procedimiento?
La nacionalidad española obtenida por simple presunción es una nacionalidad de origen, lo que significa que goza de una protección especial. Solo podría perderse en casos muy excepcionales como la adquisición voluntaria de otra nacionalidad (en mayores de edad) o la renuncia expresa. Es prácticamente imposible que un menor la pierda involuntariamente.
¿Cuál es la diferencia entre este procedimiento y la nacionalidad por residencia?
La nacionalidad por simple presunción reconoce un derecho que el menor ya tiene desde su nacimiento, mientras que la nacionalidad por residencia es una concesión que requiere un periodo previo de residencia legal (generalmente un año para menores nacidos en España). Además, la nacionalidad por simple presunción tiene efectos retroactivos desde el nacimiento.
¿Los padres obtienen algún beneficio migratorio si su hijo adquiere la nacionalidad española?
Si un menor obtiene la nacionalidad española, sus padres pueden solicitar posteriormente una autorización de residencia por arraigo familiar. He tramitado muchos casos en los que, tras obtener la nacionalidad del menor, los padres han regularizado su situación por esta vía, lo que demuestra la importancia estratégica de este procedimiento para algunas familias.
¿Es necesario contratar a un abogado para este trámite?
Aunque técnicamente es posible realizar el trámite sin abogado, mi experiencia me dice que contar con asesoramiento especializado aumenta significativamente las probabilidades de éxito. La complejidad del procedimiento, las frecuentes trabas administrativas y la necesidad de fundamentar adecuadamente la solicitud hacen recomendable el acompañamiento profesional.
¿Qué pasa si el Registro Civil rechaza la solicitud?
Si la solicitud es rechazada, es posible presentar un recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (anteriormente DGRN). En mi experiencia, muchas resoluciones negativas de Registros Civiles han sido posteriormente revocadas en vía de recurso, especialmente cuando la denegación se basa en una interpretación errónea de la ley.
Mirando al futuro: tendencias y desafíos
Como profesional comprometido con este campo, veo varios desafíos y tendencias que marcarán el futuro de la nacionalidad por simple presunción:
Mayor conocimiento y demanda
A medida que crece la conciencia sobre este mecanismo, es previsible un aumento en el número de solicitudes. Esto podría llevar a una mayor especialización de los Registros Civiles, pero también a posibles demoras en la tramitación.
Cambios legislativos en países de origen
Como hemos visto con Ecuador, los cambios en las legislaciones de nacionalidad de los países de origen pueden modificar drásticamente el panorama. Es fundamental mantener un seguimiento de estas evoluciones normativas.
Digitalización y simplificación de trámites
La progresiva digitalización de los Registros Civiles españoles podría facilitar este tipo de procedimientos, aunque por el momento la presentación física sigue siendo la norma.
Mayor jurisprudencia y criterios uniformes
El aumento de casos está generando un cuerpo jurisprudencial más sólido, lo que debería conducir a criterios más uniformes en todos los Registros Civiles.
La nacionalidad por valor de simple presunción es un mecanismo legal fundamental para proteger a los menores nacidos en España de situaciones de apatridia o inseguridad jurídica. A pesar de su importancia, sigue siendo un procedimiento relativamente desconocido y, en ocasiones, mal aplicado.
A lo largo de mi carrera, he visto cómo este reconocimiento ha transformado la vida de muchos menores y sus familias, proporcionándoles no solo seguridad jurídica sino también nuevas oportunidades de integración y desarrollo.
Si tu hijo ha nacido en España y eres nacional de alguno de los países mencionados en este artículo, te animo a investigar si podría beneficiarse de este procedimiento. La nacionalidad no es solo un estatus legal, sino también la puerta a derechos fundamentales que todo niño merece tener garantizados desde su nacimiento.
Y recuerda: la información es poder. Compartir este conocimiento puede ayudar a muchas familias que desconocen este derecho y que podrían beneficiarse de él.
¿Has tenido alguna experiencia con este procedimiento? ¿Tienes dudas sobre si tu hijo podría acceder a la nacionalidad española por simple presunción? No dudes en consultar con un profesional especializado que pueda evaluar tu caso particular.
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