Si solicito el paro el día 28, ¿cuándo lo cobro?

Después de más de 15 años asesorando a personas en situación de desempleo, puedo afirmar algo con total seguridad: pocas dudas generan tanta ansiedad como saber cuándo llegará el primer ingreso del paro. Y si además has tenido la «mala suerte» de finalizar tu contrato a finales de mes (como el día 28), la incertidumbre puede ser aún mayor. ¿Te tocará esperar más tiempo? ¿Perderás dinero? ¿Afectará a la cantidad total que recibirás?

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En este artículo voy a despejar todas tus dudas sobre qué ocurre cuando solicitas el paro el día 28 (o en fechas cercanas al final de mes). Te explicaré paso a paso los plazos reales, cuándo puedes esperar recibir tu primer ingreso y qué factores pueden acelerar o retrasar el proceso. No son simples teorías: he acompañado a cientos de personas en este trámite y conozco perfectamente los entresijos del sistema.

Así que si acabas de quedarte en paro o prevés hacerlo próximamente, sigue leyendo. Te prometo que al terminar tendrás clarísimo cuándo verás el dinero en tu cuenta y cómo gestionar tu economía mientras tanto.

Plazos oficiales vs. realidad: ¿cuánto tarda realmente el SEPE en pagar?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece que, una vez presentada tu solicitud de prestación por desempleo, dispone de hasta 15 días hábiles para resolverla y otros 10 días para notificarte su decisión. En total, hablamos de unos 25 días naturales desde que presentas la solicitud hasta que podrías recibir el primer pago.

Pero vamos a ser sinceros: la teoría y la práctica no siempre coinciden. Durante mi experiencia asesorando a personas en situación de desempleo, he observado que estos plazos pueden variar significativamente según:

  • La época del año (en verano y diciembre suele haber más carga de trabajo)
  • La oficina del SEPE que gestiona tu solicitud
  • La complejidad de tu caso particular
  • Si hay alguna documentación adicional que deban requerirte

Lo que sí puedo asegurarte es que el SEPE realiza los pagos regularmente el día 10 de cada mes (o el día laborable anterior si el 10 cae en fin de semana o festivo). Esta es una fecha clave que debes tener en cuenta.

Un dato importante que muchos desconocen: algunos bancos adelantan el ingreso del paro a sus clientes entre el día 3 y el 5 del mes. No es un derecho, sino una cortesía bancaria, así que dependerá de tu entidad. En mi experiencia, bancos como BBVA o CaixaBank suelen ofrecer este servicio a sus clientes habituales.

¿Qué sucede cuando solicitas el paro el día 28?

Cuando presentas tu solicitud de prestación por desempleo el día 28 del mes (o en fechas cercanas al final del mes), se produce una circunstancia particular que muchos desconocen y que puede sorprenderte negativamente si no estás preparado.

Vamos a verlo con un ejemplo real:

Caso práctico: María finalizó su contrato el 27 de marzo de 2023 y presentó su solicitud de prestación el día 28 del mismo mes.

En esta situación, aunque María ha cumplido perfectamente con el plazo (recordemos que hay 15 días hábiles desde el fin del contrato para solicitar la prestación), lo más probable es que su primer pago no llegue hasta el 10 de mayo. ¿Por qué ocurre esto?

La respuesta tiene que ver con cómo funciona el sistema de pagos del SEPE:

  • El SEPE tarda hasta 25 días naturales en tramitar la solicitud (15 para resolver + 10 para notificar)
  • Cuando María solicita el paro el 28 de marzo, es probable que la resolución no esté lista para entrar en la nómina del 10 de abril
  • Por tanto, su expediente entra en la siguiente nómina, que sería la del 10 de mayo
  • En ese primer pago, María recibiría la parte proporcional de marzo (del 28 al 31) más el mes completo de abril

Este es un escenario que he visto repetirse cientos de veces y que genera mucha frustración en las personas que no están preparadas para afrontarlo. Por eso insisto tanto en planificar tu economía teniendo en cuenta este posible retraso.

Mi consejo personal: si sabes que tu contrato va a finalizar, prepara un colchón económico que te permita subsistir al menos 40-45 días sin ingresos. Puede parecer exagerado, pero la experiencia me ha demostrado que es un plazo realista para muchos casos, especialmente si el cese se produce a finales de mes.

El primer pago del paro: ¿por qué es diferente a los demás?

Una de las mayores sorpresas (y decepciones) para muchas personas llega cuando reciben su primer pago del paro. La cantidad suele ser bastante inferior a lo esperado, lo que genera confusión y preocupación. Te explico por qué ocurre esto y cómo calcularlo correctamente.

El primer pago de la prestación por desempleo nunca corresponde a un mes completo (salvo rarísimas excepciones). Esto se debe a que el SEPE paga por periodos mensuales completos, pero tu derecho a la prestación comienza al día siguiente de finalizar tu contrato.

Siguiendo con el ejemplo anterior:

María finalizó su contrato el 27 de marzo. Su derecho a la prestación comienza el 28 de marzo.

Cuando María reciba su primer pago (previsiblemente el 10 de mayo), recibirá:

  • La parte proporcional de marzo: del 28 al 31 (4 días)
  • El mes completo de abril (30 días)

Supongamos que a María le corresponde una prestación de 1.000€ mensuales. Su primer pago se calcularía así:

  • Marzo: (1.000€ ÷ 31 días) × 4 días = 129,03€
  • Abril: 1.000€
  • Total primer pago: 1.129,03€

A partir del segundo pago (que llegaría el 10 de junio), María ya recibiría la mensualidad completa de 1.000€ correspondiente a mayo.

Importante: He visto muchos casos de personas que, al recibir un primer pago mayor que la mensualidad (como en el ejemplo anterior), piensan que esa será la cantidad habitual. No cometas ese error de cálculo en tu planificación económica.

Estrategias para minimizar el impacto del retraso en el cobro

Durante mi experiencia asesorando a personas en situación de desempleo, he identificado algunas estrategias efectivas para minimizar el impacto económico que supone la espera del primer pago del paro, especialmente cuando se solicita a finales de mes:

Solicita la prestación inmediatamente

Este consejo puede parecer obvio, pero cada día cuenta. Si finalizas tu contrato un 28, no esperes al 30 o al día siguiente para solicitar la prestación. Presenta tu solicitud el mismo día 28 si es posible. En mi experiencia, he visto casos donde la diferencia de un solo día ha determinado si la solicitud entraba o no en la nómina del mes siguiente.

Utiliza la sede electrónica del SEPE

Si tienes certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, presenta tu solicitud online a través de la sede electrónica del SEPE. Este método no solo te ahorra desplazamientos y esperas, sino que suele agilizar la tramitación. Además, te permite hacerlo incluso en días festivos o fuera del horario de oficina.

He comprobado que las solicitudes electrónicas suelen tener un procesamiento ligeramente más rápido que las presenciales. Aunque la diferencia no es enorme, cuando hablamos de necesidades económicas urgentes, cualquier día ganado es importante.

Asegúrate de que tu documentación está completa

Una de las principales causas de retraso en la tramitación es la documentación incompleta o incorrecta. Asegúrate de incluir todos los documentos necesarios con tu solicitud:

  • DNI/NIE
  • Certificado de empresa (debe facilitártelo tu empleador en los 10 días siguientes al cese)
  • Documentación de hijos a cargo, si corresponde
  • Cualquier otra documentación específica según tu caso

En mi experiencia, es mejor dedicar unas horas a recopilar toda la documentación correctamente que enfrentarse después a un requerimiento del SEPE que puede retrasar tu prestación varias semanas más.

Consulta regularmente el estado de tu solicitud

No esperes pasivamente. Consulta regularmente el estado de tu solicitud a través de la sede electrónica del SEPE. Si observas que pasan más de 15 días hábiles sin resolución, considera contactar directamente con el SEPE para informarte de posibles incidencias.

En numerosas ocasiones he visto cómo una simple consulta proactiva ha permitido detectar problemas que estaban retrasando la tramitación (documentos que no han llegado correctamente, errores en los datos, etc.).

Planifica tu economía realísticamente

Si has dejado de trabajar un 28, haz tus cálculos asumiendo que el primer ingreso podría llegar el 10 del mes siguiente al siguiente (como en el ejemplo anterior: cese el 28 de marzo, primer cobro el 10 de mayo).

Mi recomendación: revisa tus gastos fijos, identifica aquellos que podrías reducir temporalmente y considera opciones como:

  • Solicitarle a tu banco el aplazamiento de algún préstamo
  • Renegociar fechas de pago con tus acreedores
  • Recurrir a ahorros o a apoyo familiar si es necesario

Proceso detallado: cómo se gestiona tu solicitud en el SEPE

Para entender mejor por qué los tiempos son como son, te explico el proceso interno que sigue tu solicitud una vez presentada:

  • Presentación: Ya sea online o presencial, tu solicitud queda registrada en el sistema del SEPE.
  • Asignación: Un gestor del SEPE revisa la documentación aportada y comprueba que cumples los requisitos básicos.
  • Verificación: El SEPE contrasta la información con la Tesorería General de la Seguridad Social para verificar tus periodos cotizados.
  • Cálculo: Se determina la cuantía de tu prestación, en función de tus bases de cotización de los últimos 180 días.
  • Resolución: Si todo es correcto, se emite una resolución aprobatoria. En caso contrario, se te requiere más documentación o se deniega.
  • Inclusión en nómina: Una vez aprobada, tu prestación se incluye en la siguiente nómina mensual del SEPE. Aquí está el punto crítico: las nóminas mensuales se cierran varios días antes del pago, por lo que si tu resolución se emite después de ese cierre, tu pago se retrasa hasta la siguiente nómina.
  • Pago: El día 10 de cada mes (o el día hábil anterior si cae en fin de semana o festivo), el SEPE ordena el pago a tu entidad bancaria.

En mi experiencia, el paso 6 es el que marca la diferencia cuando solicitas el paro a finales de mes. Si tu solicitud no logra completar los pasos 1 al 5 antes del cierre de la nómina del mes siguiente (que suele ser a finales de mes), automáticamente pasas a la nómina del mes posterior.

Diferencias entre entidades bancarias en el pago del paro

Un factor que a menudo se pasa por alto es que tu entidad bancaria puede influir en cuándo ves efectivamente el dinero en tu cuenta. Durante mi carrera profesional he podido observar diferencias significativas entre bancos:

Bancos que adelantan el pago

Algunas entidades tienen la política de adelantar el pago de nóminas y prestaciones como el paro a sus clientes. En la práctica esto significa que, aunque el SEPE ordene el pago el día 10, estos bancos pueden abonarte el dinero entre el 3 y el 5 del mes. Entre ellos destacan:

  • BBVA (suele ser de los más rápidos, con abonos desde el día 3)
  • CaixaBank
  • Banco Santander (en algunos casos)

Bancos que siguen estrictamente la fecha oficial

Otras entidades no adelantan el pago y se ciñen estrictamente a la fecha en que el SEPE ordena la transferencia:

  • La mayoría de bancos online
  • Entidades más pequeñas o cooperativas de crédito

De mi experiencia personal: Tuve un cliente que cambió de banco precisamente por este motivo. Cobraba el paro religiosamente el día 10 con su banco anterior, mientras que sus compañeros con BBVA lo recibían el día 4 o 5. Al final, decidió abrir una cuenta en BBVA específicamente para recibir su prestación 5-6 días antes cada mes.

Este adelanto puede parecer un detalle menor, pero cuando estás pasando por apuros económicos, disponer del dinero 5-7 días antes cada mes puede suponer una diferencia importante para tu planificación financiera.

Casos especiales: festivos y situaciones administrativas particulares

Hay situaciones que pueden complicar aún más los plazos cuando solicitas el paro el día 28. Basándome en casos reales que he gestionado, estas son algunas particularidades a tener en cuenta:

Festivos y periodos vacacionales

Si el día 28 cae justo antes de un período festivo (como Semana Santa, puentes, Navidad…), los plazos pueden alargarse significativamente. Esto se debe a que:

  • Los días festivos no cuentan como días hábiles para la tramitación
  • Suele haber menos personal en el SEPE durante estos períodos
  • Se acumulan más solicitudes justo después de los festivos

Caso real: Ana presentó su solicitud el 28 de marzo, justo antes de Semana Santa. La combinación de festivos y la acumulación de solicitudes retrasó su expediente, y no cobró hasta el 10 de junio (¡más de dos meses después de su solicitud!).

Incidencias administrativas

Algunos problemas administrativos que he visto retrasar con frecuencia el pago:

  • Discrepancias entre la información del certificado de empresa y tus datos: Por ejemplo, bases de cotización incorrectas o fechas de cese imprecisas.
  • Cambios de domicilio recientes: Si te has mudado recientemente y no has actualizado tu dirección en el SEPE, pueden surgir problemas en las notificaciones.
  • Situaciones de pluriempleo: Si trabajabas en varias empresas simultáneamente y has cesado solo en alguna de ellas, la tramitación se complica.

Caso real: Pedro había cambiado de domicilio justo antes de solicitar el paro el 28 de octubre. El SEPE intentó notificarle un requerimiento de documentación a su dirección antigua, lo que retrasó su expediente. No cobró hasta el 10 de enero.

Requisitos de renovación de la demanda de empleo

Un error frecuente que he visto cometer a muchas personas: olvidar renovar la demanda de empleo (lo que coloquialmente llamamos «sellar el paro»). Si coincide que tu fecha de renovación cae justo después de haber solicitado la prestación y no la cumples, pueden suspender temporalmente tu derecho al cobro.

Mi recomendación es configurar recordatorios en tu calendario o en tu móvil para no olvidar nunca esta obligación, especialmente durante el periodo de espera del primer pago.

Comprobando el estado de tu solicitud: herramientas prácticas

Es fundamental que no te quedes de brazos cruzados esperando a que el dinero aparezca mágicamente en tu cuenta. Existen varias formas de comprobar en qué punto se encuentra tu solicitud y si hay algún problema que debas resolver:

Sede electrónica del SEPE

La forma más directa y eficaz es a través de la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es). Necesitarás identificarte mediante:

  • Certificado digital
  • DNI electrónico
  • Sistema Cl@ve

Una vez dentro, podrás:

  • Ver si tu solicitud está en trámite, resuelta o si hay alguna incidencia
  • Comprobar las fechas previstas de pago
  • Ver la cuantía exacta que te corresponde
  • Descargar certificados y otra documentación

En mi experiencia profesional, he observado que muchas personas desconocen esta herramienta y prefieren llamar por teléfono o acudir presencialmente a la oficina, lo que suele ser mucho menos eficiente.

Contacto telefónico

Si prefieres el contacto personal o no tienes acceso a medios digitales, puedes llamar al teléfono de atención del SEPE: 91 273 83 83. Sin embargo, te adelanto que:

  • Suele estar bastante saturado
  • Los tiempos de espera pueden ser largos
  • No siempre conseguirás información detallada sobre tu caso

Mi recomendación personal: utiliza esta vía solo si has detectado alguna anomalía en los plazos (por ejemplo, si han pasado más de 30 días sin resolución) o si no tienes acceso a la sede electrónica.

Visita presencial

La opción más tradicional es acudir a tu oficina del SEPE, pero siempre con cita previa (que puedes solicitar online o por teléfono). Es importante que sepas que las citas suelen darse con varios días o incluso semanas de antelación, por lo que no es la mejor opción si necesitas una respuesta inmediata.

Basado en mi experiencia: Si decides ir presencialmente, prepara toda la documentación relacionada con tu solicitud (resguardo, certificado de empresa, DNI…) y lleva anotadas tus preguntas concretas. Así aprovecharás al máximo la visita.

Preguntas frecuentes sobre solicitar el paro el día 28

¿Perderé dinero si solicito el paro el día 28 en lugar de a principios de mes?

No, no perderás dinero. Recibirás exactamente la misma cantidad total, solo que el primer pago puede retrasarse más. El derecho a la prestación comienza siempre desde el día siguiente al cese, independientemente de cuándo la solicites (siempre que lo hagas dentro del plazo legal de 15 días hábiles). La cantidad que cobrarás será la misma; lo único que cambia es el momento en que verás el dinero en tu cuenta.

¿Hay alguna forma de acelerar el proceso si solicito el paro a finales de mes?

Basándome en mi experiencia, las mejores estrategias son: presentar la solicitud el mismo día del cese si es posible, hacerlo electrónicamente, asegurarte de que toda la documentación está correcta y completa, y ser proactivo consultando el estado de tu solicitud. Sin embargo, no existe ningún «truco mágico» que garantice que entrarás en la nómina del mes siguiente si solicitas el paro el día 28.

¿Qué sucede si mi contrato finaliza el último día del mes (30 o 31)?

En ese caso, tu prestación comenzará el día 1 del mes siguiente. Esto puede ser ligeramente ventajoso desde el punto de vista administrativo, ya que tu primer pago corresponderá a un mes natural completo (si se tramita a tiempo). Sin embargo, los plazos de tramitación siguen siendo los mismos, por lo que podrías encontrarte igualmente con un retraso hasta el 10 del mes subsiguiente.

¿Influye el motivo del cese en los plazos de cobro?

El motivo del cese (fin de contrato, despido, baja voluntaria reconocida, etc.) no afecta directamente a los plazos de tramitación. Sin embargo, sí puede afectar a la complejidad del expediente. Por ejemplo, un despido improcedente que haya generado una demanda puede requerir documentación adicional, lo que potencialmente podría alargar los tiempos de resolución.

¿Qué pasa si me deniegan la prestación después de esperar varias semanas?

Si tras la espera tu solicitud es denegada, tienes derecho a presentar una reclamación previa en el plazo de 30 días desde la notificación. Si esta reclamación también es desestimada, puedes acudir a la vía judicial mediante una demanda en el Juzgado de lo Social. En mi experiencia, muchas denegaciones se deben a errores administrativos subsanables, por lo que vale la pena reclamar si estás convencido de que cumples los requisitos.

¿Puedo solicitar algún adelanto o pago a cuenta mientras espero la resolución?

Oficialmente, el SEPE no contempla adelantos o pagos a cuenta mientras se tramita la solicitud. En situaciones de extrema necesidad, una alternativa es acudir a los servicios sociales de tu ayuntamiento, que podrían ofrecerte ayudas de emergencia mientras se resuelve tu prestación. También existen organizaciones como Cáritas que ofrecen asistencia temporal en casos de necesidad urgente.

¿Cómo afecta esto si tengo derecho a subsidio y no a prestación contributiva?

Los subsidios por desempleo (ayudas asistenciales para quienes no tienen derecho a prestación contributiva o la han agotado) siguen un proceso similar, pero con una diferencia importante: suelen requerir un mes en situación legal de desempleo antes de poder solicitarlos. Esto significa que los plazos se alargan aún más, y si lo solicitas el día 28 después de haber cumplido ese mes, podrías no verlo reflejado en tu cuenta hasta casi dos meses después.

Después de años asesorando a personas en situación de desempleo, mi conclusión es clara: la planificación anticipada marca la diferencia. Si sabes que tu contrato finalizará el día 28 (o en fechas cercanas al final de mes), prepárate para la posibilidad de no ver ingresos durante un periodo largo.

Recuerda los puntos clave:

  • Solicita la prestación inmediatamente después del cese, preferiblemente por vía electrónica
  • Asegúrate de tener toda la documentación correcta y completa
  • Anticipa que podrías no cobrar hasta el día 10 del mes siguiente al siguiente (aproximadamente 40-45 días después)
  • Consulta regularmente el estado de tu solicitud en la sede electrónica del SEPE
  • Planifica tu economía teniendo en cuenta este escenario

Si estás pasando por esta situación ahora mismo, recuerda que este retraso es solo un obstáculo temporal. Una vez que comiences a recibir tu prestación regularmente (normalmente el día 10 de cada mes, o antes si tu banco te lo adelanta), podrás establecer una rutina financiera más estable.

¿Tienes alguna otra duda sobre la prestación por desempleo o necesitas asesoramiento más específico para tu caso? No dudes en dejar un comentario. Después de tantos años trabajando con personas en tu misma situación, probablemente pueda ayudarte con información práctica y realista.

 

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