Compliance penal empresarial: La guía definitiva para proteger tu organización
En mis años como asesor legal especializado en derecho penal empresarial, he visto cómo el compliance ha pasado de ser un concepto extraño y ajeno a convertirse en una prioridad estratégica para las organizaciones españolas. Lo que antes era territorio exclusivo de multinacionales se ha transformado en una necesidad para empresas de todos los tamaños.
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La realidad es clara: hoy ninguna compañía puede permitirse ignorar el compliance penal. No solo por evitar sanciones millonarias, sino porque implementar estos sistemas de prevención se ha convertido en un diferenciador competitivo y en un elemento fundamental de la cultura corporativa moderna.
En este artículo compartiré contigo todo lo que necesitas saber sobre el compliance penal empresarial: qué es exactamente, cómo implementarlo correctamente, qué beneficios aporta y cómo evitar los errores más comunes que he observado en mi práctica profesional.
¿Qué es el compliance penal y por qué ha ganado tanta relevancia?
El compliance penal es un sistema preventivo interno que implementan las empresas para identificar, gestionar y mitigar los riesgos de comisión de delitos en su seno. Va más allá del simple cumplimiento normativo: representa un compromiso integral con la ética empresarial y la cultura del cumplimiento.
La relevancia del compliance penal en España se disparó con la reforma del Código Penal de 2010, que introdujo por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico. Este cambio paradigmático se consolidó con la posterior reforma de 2015, que desarrolló en profundidad el artículo 31 bis, estableciendo los requisitos específicos para que las empresas puedan quedar exentas de responsabilidad penal.
Durante mi trayectoria profesional, he presenciado la evolución de esta figura jurídica. Si bien el concepto de compliance tiene sus raíces en Estados Unidos durante los años 70 (vinculado a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero o FCPA), en España hemos experimentado una adaptación acelerada en la última década. Las empresas han pasado del escepticismo inicial a entender que no se trata de una simple moda pasajera, sino de una transformación profunda en la forma de gestionar los riesgos legales.
Recuerdo cuando, hace apenas cinco años, tenía que explicar detalladamente qué era el compliance penal en cada reunión inicial con clientes. Hoy, la mayoría acude a mi despacho preguntando directamente cómo implementarlo de manera efectiva.
Marco legal: El artículo 31 bis como piedra angular
El artículo 31 bis del Código Penal español constituye la base legal sobre la que se asienta todo el sistema de compliance penal. Este artículo establece que las personas jurídicas serán penalmente responsables:
- De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos autorizados para tomar decisiones.
- De los delitos cometidos por quienes, estando sometidos a la autoridad de los anteriores, han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control.
Lo verdaderamente revolucionario de este artículo es que establece también los requisitos para que las empresas puedan quedar exentas de responsabilidad penal. Entre ellos destacan:
- Haber adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de organización y gestión adecuado para prevenir delitos.
- Haber confiado la supervisión del funcionamiento y cumplimiento del modelo a un órgano con poderes autónomos (compliance officer).
- Que los autores individuales hayan eludido fraudulentamente los modelos de organización y prevención.
- Que no se haya producido una omisión o ejercicio insuficiente de las funciones de supervisión y vigilancia.
He comprobado en mi práctica profesional que muchas empresas aún malinterpretan estos requisitos. No basta con tener un programa de compliance «de papel» o un código ético guardado en un cajón. El sistema debe ser efectivo, adaptado a la realidad de cada organización y estar vivo, en constante evolución.
Beneficios del compliance penal más allá de la exención de responsabilidad
Implementar un sistema de compliance penal ofrece ventajas que trascienden la mera prevención de sanciones. Entre los beneficios más significativos que he observado en empresas que han apostado seriamente por el compliance, destacan:
Mejora de la reputación corporativa
En un mercado cada vez más consciente y exigente, contar con un programa de compliance sólido envía un mensaje claro a clientes, proveedores e inversores sobre el compromiso ético de la organización. He visto cómo empresas que han sufrido crisis reputacionales han podido recuperarse más rápidamente gracias a tener implementados estos sistemas.
Ventaja competitiva en licitaciones públicas
Para las empresas que contratan con el sector público, disponer de un sistema de compliance penal no solo es recomendable sino obligatorio en muchos casos. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público establece prohibiciones de contratar para empresas condenadas por determinados delitos.
Atracción y retención de talento
Las nuevas generaciones de profesionales valoran cada vez más trabajar en organizaciones comprometidas con la ética y el cumplimiento normativo. Un buen programa de compliance contribuye a crear un entorno laboral basado en valores sólidos.
Detección temprana de irregularidades
Los canales de denuncia y los sistemas de monitorización permiten identificar conductas irregulares en sus fases iniciales, evitando que pequeños problemas se conviertan en crisis mayores. En mi experiencia, este aspecto preventivo supone un ahorro significativo de recursos a largo plazo.
Mejora en la gestión general
El proceso de implementación de un sistema de compliance obliga a revisar y optimizar procedimientos internos, lo que suele traducirse en una mejora de la eficiencia operativa global.
Componentes esenciales de un sistema de compliance penal efectivo
Tras haber implementado sistemas de compliance en empresas de diversos sectores y tamaños, puedo afirmar que no existe un modelo único que sirva para todas las organizaciones. Sin embargo, hay elementos fundamentales que deben estar presentes en cualquier programa efectivo:
Mapa de riesgos penales
El punto de partida indispensable es la identificación y evaluación de los riesgos penales específicos a los que está expuesta la empresa. Este proceso debe ser exhaustivo y realista, considerando factores como el sector de actividad, el tamaño de la organización, su estructura, los países donde opera y su historial previo.
He visto mapas de riesgos genéricos que se limitan a listar todos los delitos del Código Penal, sin un verdadero análisis de probabilidad e impacto. Esta aproximación superficial resta efectividad al programa completo.
Código ético y políticas específicas
El código ético establece los principios y valores fundamentales de la organización. Debe complementarse con políticas específicas que regulen áreas sensibles como:
- Política anticorrupción y antisoborno
- Política de conflictos de interés
- Política de regalos e invitaciones
- Política de protección de datos personales
- Política de uso de recursos informáticos
La clave aquí es la adaptación a la realidad concreta de cada empresa. No sirven los modelos estándar copiados de internet.
Designación de un compliance officer o comité de compliance
El órgano encargado de la supervisión y control debe contar con autonomía e independencia reales. Este punto suele generar tensiones en empresas familiares o de tamaño medio, donde existe reticencia a dotar de verdadera independencia a esta figura.
Mi recomendación siempre es que, incluso en organizaciones pequeñas, se busque un equilibrio entre la integración del compliance officer en la estructura empresarial y su necesaria independencia.
Canal de denuncias interno
La Directiva Europea de Whistleblowing y su transposición al ordenamiento jurídico español han reforzado la importancia de contar con canales de denuncia efectivos. Estos canales deben garantizar:
- Confidencialidad
- Protección al denunciante
- Ausencia de represalias
- Investigación rigurosa de las denuncias
- Seguimiento y resolución adecuados
Sistema disciplinario
Un programa de compliance sin consecuencias para quienes lo incumplen carece de credibilidad. El sistema disciplinario debe establecer claramente las sanciones aplicables y garantizar su imposición efectiva cuando sea necesario.
Formación y comunicación continua
La formación no puede limitarse a una sesión inicial cuando se implementa el programa. Debe ser continua, adaptada a los diferentes niveles y áreas de la organización, y combinada con comunicaciones regulares que mantengan viva la cultura de cumplimiento.
Monitorización y actualización periódica
El programa debe incluir mecanismos de supervisión continua y someterse a revisiones periódicas. Los riesgos evolucionan, la empresa cambia y la legislación se actualiza. El compliance debe adaptarse constantemente a esta realidad dinámica.
Implementación práctica: Pasos para un compliance penal efectivo
Basándome en mi experiencia implementando sistemas de compliance en diferentes organizaciones, recomiendo seguir estos pasos:
Fase 1: Análisis y preparación
- Obtener el compromiso de la alta dirección: Sin el apoyo decidido del consejo de administración y la dirección ejecutiva, cualquier iniciativa de compliance está condenada al fracaso.
- Realizar un análisis inicial de la organización: Estructura, actividad, cultura empresarial, controles ya existentes, historial de incidencias.
- Designar responsables del proyecto de implementación.
Fase 2: Diseño del programa
- Elaborar el mapa de riesgos penales: Identificar, evaluar y priorizar los riesgos específicos.
- Diseñar políticas y procedimientos: Código ético, protocolos de actuación, controles específicos para mitigar cada riesgo identificado.
- Establecer el órgano de compliance: Definir su estructura, composición, funciones y recursos.
- Desarrollar el canal de denuncias: Aspectos técnicos, procedimentales y comunicacionales.
Fase 3: Implementación
- Presentación oficial del programa a todos los niveles de la organización.
- Formación inicial adaptada a diferentes perfiles y áreas de riesgo.
- Puesta en marcha gradual de los diferentes elementos del programa.
Fase 4: Evaluación y mejora continua
- Monitorización constante del funcionamiento del programa.
- Auditorías periódicas internas y/o externas.
- Actualización en función de cambios legislativos, organizativos o nuevos riesgos identificados.
Una experiencia que siempre comparto con mis clientes: una empresa del sector de la construcción implementó un sistema de compliance aparentemente completo, pero fracasó porque lo hizo de manera abrupta, sin una adecuada gestión del cambio. El resultado fue resistencia interna y un programa que existía solo sobre el papel. La lección es clara: la implementación debe ser gradual y contar con la implicación real de todos los niveles de la organización.
Compliance penal en diferentes tipos de empresas
Un error común es pensar que el compliance penal solo aplica a grandes corporaciones. Mi experiencia trabajando con empresas de diferentes tamaños me permite ofrecer algunas orientaciones específicas:
Grandes empresas y multinacionales
Suelen contar con más recursos, pero también enfrentan una mayor complejidad. Recomendaciones:
- Crear un departamento de compliance con suficiente autonomía y recursos.
- Integrar el compliance penal en un marco más amplio de cumplimiento normativo.
- Implementar sistemas tecnológicos avanzados para la gestión del compliance.
- Prestar especial atención a riesgos específicos como corrupción internacional o blanqueo de capitales.
Medianas empresas
Representan un segmento especialmente vulnerable: suficientes riesgos pero recursos limitados. Recomendaciones:
- Priorizar los riesgos más críticos y centrarse inicialmente en ellos.
- Considerar la externalización parcial de algunas funciones de compliance.
- Aprovechar tecnologías accesibles para automatizar procesos de control.
- Formar intensivamente a mandos intermedios como transmisores de la cultura de cumplimiento.
Pequeñas empresas y startups
Contrariamente a lo que muchos piensan, también están sujetas a responsabilidad penal. Recomendaciones:
- Implementar un modelo simplificado pero efectivo.
- Integrar funciones de compliance con otras áreas (legal, RRHH).
- Utilizar herramientas gratuitas o de bajo coste para gestionar el programa.
- Establecer políticas esenciales adaptadas a su realidad específica.
Errores comunes en la implementación del compliance penal
A lo largo de mi carrera profesional, he identificado errores recurrentes que comprometen la efectividad de los programas de compliance:
Implementar programas genéricos no adaptados
Quizás el error más frecuente: adoptar programas estándar sin una verdadera adaptación a los riesgos específicos de la empresa. Este enfoque de «talla única» resta credibilidad y efectividad al sistema.
Confundir compliance con simple cumplimiento legal
El compliance penal va más allá del mero cumplimiento normativo: implica una cultura corporativa basada en la integridad y la ética en los negocios.
No dotar de independencia real al compliance officer
He visto casos donde se designa como compliance officer a directivos que carecen de autonomía real o enfrentan claros conflictos de interés, lo que compromete todo el sistema.
Descuidar la formación continua
Muchas empresas realizan una formación inicial pero luego descuidan este aspecto crucial para mantener viva la cultura de cumplimiento.
Implementar canales de denuncia inefectivos
Canales que no garantizan confidencialidad, no protegen adecuadamente al denunciante o no gestionan correctamente las denuncias recibidas.
No actualizar el programa
Los riesgos evolucionan, la empresa cambia y la legislación se actualiza. Un programa estático pierde efectividad con el tiempo.
Tendencias y futuro del compliance penal en España
El compliance penal sigue evolucionando rápidamente en nuestro país. Entre las tendencias más relevantes que estoy observando, destacan:
Digitalización del compliance
Las nuevas tecnologías están transformando la forma de gestionar el compliance. El uso de inteligencia artificial para detectar patrones sospechosos, blockchain para garantizar la inmutabilidad de registros o big data para análisis predictivos son ya realidades en empresas avanzadas.
Integración ESG y compliance
La creciente importancia de los criterios ESG (Environmental, Social and Governance) está llevando a una integración más profunda entre sostenibilidad y compliance.
Compliance más allá de las fronteras
La expansión internacional de empresas españolas obliga a diseñar programas que cumplan simultáneamente con múltiples jurisdicciones y marcos normativos.
Mayor especialización sectorial
Los programas de compliance están evolucionando hacia una mayor especialización por sectores, con soluciones específicas para industrias reguladas como banca, salud o energía.
Certificación de programas
Se consolida la tendencia hacia la certificación de programas de compliance según estándares como la UNE 19601, como forma de acreditar externamente su idoneidad.
Preguntas frecuentes sobre compliance penal empresarial
¿Es obligatorio tener un programa de compliance penal en España?
No existe una obligación legal universal, pero sí es prácticamente imprescindible para evitar responsabilidad penal en caso de delito. Además, es obligatorio para contratar con el sector público en determinados casos y para acceder a ciertas subvenciones. Mi recomendación profesional es considerarlo como una necesidad estratégica más que como una opción.
¿Cuál es la diferencia entre ética empresarial y compliance penal?
La ética empresarial se centra en principios y valores que guían la actuación de la organización, mientras que el compliance penal es un sistema específico para prevenir la comisión de delitos. Aunque son conceptos conectados, el compliance tiene un enfoque más concreto y técnico orientado a riesgos específicos y sus controles.
¿Qué sanciones puede enfrentar una empresa sin un sistema de compliance?
Las sanciones pueden incluir multas de hasta el cuádruple del beneficio obtenido, suspensión de actividades, clausura de locales, prohibición de recibir subvenciones o contratar con el sector público e incluso la disolución de la persona jurídica. He visto casos de empresas con multas millonarias que podrían haberse evitado con un programa de compliance adecuado.
¿El compliance officer debe ser interno o puede externalizarse?
No existe una respuesta única. En grandes organizaciones suele ser un cargo interno con dedicación exclusiva. En empresas medianas y pequeñas es frecuente la externalización parcial o total de esta función. Lo fundamental es que cuente con recursos suficientes, conocimientos adecuados e independencia real.
¿Cómo afecta la nueva normativa de whistleblowing al compliance penal?
La Directiva Europea de Whistleblowing y su transposición refuerzan la importancia de los canales de denuncia, estableciendo requisitos más exigentes en cuanto a confidencialidad, protección del denunciante y gestión de las denuncias. Las empresas deben adaptar sus canales existentes o implementar nuevos que cumplan con estos requisitos reforzados.
¿Es suficiente tener un código ético para cumplir con los requisitos del compliance penal?
No. Un código ético es solo uno de los elementos necesarios. Un programa completo debe incluir, como mínimo, un mapa de riesgos, protocolos específicos de control, un órgano de supervisión, un canal de denuncias y un sistema disciplinario, entre otros elementos.
Después de años asesorando a empresas en materia de compliance penal, tengo clara una conclusión: implementar un sistema efectivo no debe verse como un coste o una carga burocrática, sino como una inversión estratégica con retorno positivo.
Las organizaciones que integran el compliance en su ADN no solo minimizan riesgos legales, sino que construyen una ventaja competitiva basada en la confianza. En un entorno empresarial cada vez más exigente en términos éticos y de transparencia, apostar por el compliance es apostar por la sostenibilidad del negocio a largo plazo.
Si estás considerando implementar o mejorar un sistema de compliance penal en tu organización, te animo a hacerlo con el enfoque adecuado: no como un ejercicio de cumplimiento superficial, sino como una oportunidad para transformar positivamente tu cultura empresarial y tus procesos internos.
El compliance efectivo no es destino, sino camino. Un camino de mejora continua que, bien recorrido, aporta valor real a todos los stakeholders de la organización.
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