Cómo solicitar el informe de síntesis en España: guía completa paso a paso

¿Tienes que solicitar el informe de síntesis del INSS y no sabes por dónde empezar? No te preocupes, es una situación más común de lo que crees. Imagina que has tramitado una incapacidad permanente ante la Seguridad Social y por fin recibes la carta de resolución. La lees con detenimiento pero solo encuentras unas conclusiones muy generales, sin detalles médicos. Seguramente te preguntas: “¿Dónde están los informes completos de mi valoración médica, todo lo que dijeron los doctores?”. Aquí es donde entra en juego el famoso informe de síntesis del INSS, un documento esencial en estos trámites que no se envía automáticamente, sino que debes solicitarlo por tu cuenta. A lo largo de este artículo te explicaré con un lenguaje cercano qué es exactamente el informe de síntesis, para qué sirve y cómo puedes pedirlo paso a paso, tanto online como por vías tradicionales. También veremos quién puede solicitarlo, qué documentos necesitas, cuánto tarda en llegar y qué problemas habituales pueden surgir (y cómo resolverlos). Y, por supuesto, te comentaré cómo un equipo de abogados especializados –como EOM Equipo Jurídico, conocidos por su enfoque humano, experiencia y especialización– puede ayudarte si surgen obstáculos como demoras, negativas o complicaciones técnicas en el proceso. ¡Vamos a ello!

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¿Qué es el informe de síntesis del INSS?

El informe de síntesis –también llamado informe médico de síntesis– es un documento médico oficial elaborado por los médicos evaluadores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el contexto de una solicitud de incapacidad permanente. A diferencia de otros informes médicos, no lo redacta tu médico de cabecera ni tu especialista habitual, sino los facultativos del propio INSS, generalmente integrantes del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de tu provincia. Básicamente, este informe recoge de forma resumida toda la información médica relevante de tu caso: desde las enfermedades o lesiones que padeces y sus limitaciones funcionales, hasta cómo esas limitaciones afectan a tu capacidad para realizar tu profesión habitual o trabajo.

En otras palabras, el informe de síntesis resume tu historial médico (incluyendo los informes de especialistas que hayas aportado durante el proceso) y los hallazgos de la exploración física que te realizó el médico evaluador del INSS en la cita del tribunal médico. Además, incluye las observaciones y conclusiones de dicho tribunal (el EVI) basadas en toda la documentación médica de tu expediente. Por lo general, en este documento aparecen tus datos personales y laborales, un listado de diagnósticos, resultados de pruebas o exploraciones, y unas conclusiones finales sobre tu capacidad laboral residual. Estas conclusiones del informe de síntesis son fundamentales, ya que sirven de base para que el EVI emita su dictamen-propuesta al director provincial del INSS, quien finalmente decidirá si te concede o no la pensión por incapacidad y en qué grado.

Debes saber que el informe de síntesis forma parte de tu expediente de incapacidad permanente y tienes derecho a obtener una copia si lo solicitas. La normativa de Seguridad Social (Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto 1300/1995, entre otras) regula la elaboración de este informe por el EVI y garantiza tu derecho a acceder a él como interesado en el procedimiento. Por tanto, el INSS está obligado a proporcionártelo cuando lo pidas de forma adecuada.

Importante: El informe de síntesis no viene adjunto automáticamente a la carta de resolución de tu incapacidad. Cuando recibes la resolución del INSS, ésta normalmente solo incluye el resultado o dictamen-propuesta resumido (es decir, si te han concedido o denegado la incapacidad y en qué grado, acompañado de un breve párrafo de conclusiones generales). Pero no verás en esa carta todo el detalle médico ni la justificación completa de la decisión. Si quieres conocer todos los detalles médicos de tu evaluación, tienes que solicitar expresamente este informe al INSS una vez que tu expediente esté resuelto. Es un derecho reconocido: la Seguridad Social debe proporcionártelo si lo requieres, pero serás tú quien tenga que pedirlo, porque por defecto ellos no lo envían.

En Cataluña, ten en cuenta una particularidad terminológica: allí el informe de síntesis del INSS no se llama “informe de síntesis”, sino dictamen del SGAM. El SGAM es la Subdirecció General d’Avaluacions Mèdiques de la Generalitat (anteriormente conocida como ICAM). Básicamente es el mismo tipo de informe médico y cumple la misma función, solo que emitido por la autoridad médica autonómica catalana en lugar del INSS. Si tu evaluación médica fue en Cataluña, tendrás que solicitar el dictamen médico del SGAM en lugar del informe de síntesis; más adelante te explicaré cómo hacerlo, ya que el procedimiento allí puede variar ligeramente.

¿Para qué sirve el informe de síntesis y por qué deberías pedirlo?

El informe de síntesis sirve para documentar en detalle tu situación médica dentro del proceso de incapacidad permanente. En pocas palabras, es la base médica sobre la que el INSS ha evaluado tu caso y ha tomado su decisión. Ahora bien, ¿por qué puede interesarte solicitar este informe y tener una copia en tus manos? Existen varias razones de peso:

– Para entender la decisión del INSS: Si el INSS te ha denegado la incapacidad permanente, o te ha concedido un grado inferior al que crees que correspondería por tu estado de salud, el informe de síntesis te permitirá ver qué valoraciones hizo el médico del INSS sobre tus dolencias. Por ejemplo, puede que en el informe el evaluador reconozca que tienes ciertas enfermedades o limitaciones, pero concluya que no te incapacitan lo suficiente para tu trabajo habitual. O al revés: puede ocurrir que el informe médico de síntesis recomiende concederte la incapacidad permanente (incluso en grado de absoluta), pero luego la resolución oficial del INSS decida no otorgarla o te dé solo una incapacidad total. De hecho, a veces se dan contradicciones importantes entre el informe médico y la decisión final. Detectar esas discrepancias es crucial si planeas presentar una reclamación o recurso: te ayudará a entender en qué se basó el INSS para su dictamen y si hay fundamentos para impugnarlo.

– Como apoyo para una reclamación o juicio: Precisamente por lo anterior, el informe de síntesis es un arma fundamental si vas a apelar la decisión del INSS. Los abogados especialistas en Seguridad Social suelen estudiarlo a fondo para preparar la reclamación previa (el recurso administrativo que se presenta antes de ir a juicio) o para fundamentar una demanda ante los tribunales. ¿Por qué? Porque contiene información médica detallada y oficial que puede servir para rebatir la decisión del INSS. Por ejemplo, si en el informe se detallan limitaciones muy serias (imaginemos que el médico evaluador deja por escrito que “el paciente no puede permanecer de pie más de 1 hora, ni levantar más de 5 kg, debido a X patología”), esa descripción objetiva se puede usar como argumento a tu favor para demostrar que no puedes trabajar con normalidad –incluso aunque la resolución final haya sido denegatoria. EOM Equipo Jurídico, con su amplia experiencia en casos de incapacidad permanente, recalca siempre la importancia de revisar este documento: han visto muchos casos en los que el informe de síntesis contenía las claves para dar la vuelta a un rechazo inicial, aportando pruebas médicas que después un juez consideró decisivas para reconocer la pensión. En otras palabras, solicitar tu informe de síntesis es un paso esencial para defender tus derechos, sobre todo si no estás de acuerdo con el resultado de tu expediente.

– Para tu tranquilidad y documentación personal: Incluso si en principio no planeas reclamar, es tu derecho tener una copia de toda la información médica evaluada en tu caso. Muchas personas piden el informe de síntesis simplemente por conocer a fondo su expediente, entender qué vieron exactamente los médicos del INSS y conservar esa documentación para el futuro. Te ayudará a tomar decisiones informadas sobre tu salud y situación laboral. Además, si en el futuro vuelves a pasar por un tribunal médico o una revisión de incapacidad, disponer de este informe previo puede ser muy útil como referencia.

Nota: Pedir el informe de síntesis no influye negativamente en nada. Algunas personas sienten cierta aprensión, pensando que tal vez molesten al INSS o que “quedará feo” solicitarlo, pero no es así. Estás ejerciendo un derecho reconocido y en ningún caso eso va a perjudicar tu expediente ni a enfadar a la Administración. Lo único que vas a necesitar es un poquito de paciencia si lo solicitas por vías tradicionales, ya que puede tardar algunos días en llegarte. Pero más allá de eso, no temas: no hay ninguna consecuencia negativa por pedir este documento, al contrario, puede ser muy beneficioso para ti.

¿Quién puede pedir el informe de síntesis y cuándo?

Solo tú, como interesado directo, puedes solicitar el informe de síntesis de tu expediente de incapacidad permanente. En realidad, cualquier persona que haya sido evaluada por el INSS (es decir, que haya iniciado un procedimiento de incapacidad permanente) tiene derecho a pedir su propio informe de síntesis una vez concluido el procedimiento. También puede solicitarlo en tu nombre tu representante legal o apoderado –por ejemplo, tu abogado de confianza– siempre que le hayas otorgado la debida autorización o poder para ello. De hecho, la Seguridad Social permite que un representante inscrito en su registro de apoderamientos acceda en tu nombre al documento, por lo que un abogado podría gestionarlo por ti si así lo deseas.

En cuanto al momento adecuado para pedirlo, es importante tener claro que solo podrás obtener el informe de síntesis una vez que tu expediente tenga una resolución definitiva. Mientras tu solicitud de incapacidad esté aún en trámite (pendiente de valoración), el informe de síntesis no estará disponible. Esto significa que primero debes esperar a recibir la carta de resolución del INSS (ya sea aprobando o denegando la incapacidad), y a partir de ese momento ya puedes reclamar el informe médico de síntesis. No intentes solicitarlo antes de que haya salido la resolución, porque el propio informe probablemente ni siquiera estará terminado aún en el sistema del INSS.

Resumiendo: Puede pedir el informe la persona afectada (el solicitante de la incapacidad) o su representante autorizado, y solo después de la resolución. Desde ese momento en adelante, no hay límite: puedes solicitarlo inmediatamente tras recibir la resolución o más adelante en cualquier momento que lo necesites, incluso meses después, puesto que forma parte de tu historial. Eso sí, cuanto antes lo tengas mejor, sobre todo si estás pensando en recurrir la decisión (ya que los plazos de reclamación son cortos, típicamente 30 días para la reclamación previa). En definitiva, espera a la resolución y, una vez la tengas, no dudes en pedir tu informe de síntesis lo antes posible para conocer toda la verdad sobre tu evaluación médica.

Cómo solicitar el informe de síntesis del INSS (paso a paso)

Llegamos al punto más práctico: ¿cómo se solicita el informe de síntesis del INSS? Por suerte, hoy en día este trámite es mucho más sencillo gracias a las opciones online. Hasta hace muy poco, la única forma de obtener este informe era pidiéndolo expresamente mediante un escrito (presencialmente en la oficina del INSS o por correo) y luego esperar a que el INSS te lo enviara por correo postal. Sin embargo, desde 2024 las cosas han cambiado para mejor: ahora es posible conseguir el informe médico de síntesis por Internet al instante, siempre que tu expediente de incapacidad permanente ya tenga una resolución definitiva. De hecho, la Seguridad Social suele enviar un SMS a tu teléfono móvil avisándote con un mensaje tipo “el informe médico de síntesis ya está disponible”, en cuanto suben el documento a su portal online. A continuación te explico las dos vías principales para obtener este informe: online (recomendada por rapidez) y por vías alternativas (para quienes no puedan usar el sistema online o prefieran métodos tradicionales).

Solicitud online: descarga instantánea desde la Sede Electrónica

La manera más rápida y cómoda hoy en día es pedir el informe de síntesis por Internet y descargarlo directamente en tu dispositivo. Si te preguntas cómo hacerlo, aquí tienes el proceso paso a paso:

1. Espera a que esté resuelta tu incapacidad: como mencionamos, el informe de síntesis solo estará disponible cuando tu procedimiento haya concluido y exista una resolución. El plazo máximo legal que tiene el INSS para resolver una solicitud de incapacidad permanente es de 135 días hábiles (unos 6 meses, aproximadamente) desde que iniciaste la solicitud, aunque a veces puede ir más rápido. En cualquier caso, tendrás que esperar ese tiempo a que el INSS emita su decisión. Una vez resuelto tu expediente, recibirás la carta de resolución en tu domicilio y, en muchos casos, un SMS de aviso en tu móvil indicándote que tu informe médico de síntesis está listo para descargar.

2. Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social: En tu navegador web, dirígete al portal oficial: sede.seg-social.gob.es. Una vez allí, busca en el menú de trámites la sección denominada “Consultar comunicaciones telemáticas” (suele estar dentro del área de notificaciones y comunicaciones al ciudadano). Ese es el apartado donde la Seguridad Social pone a disposición documentos y notificaciones personales, y es donde debería aparecer tu informe de síntesis para ser descargado, entre otros documentos de tu expediente.

3. Identifícate con un método seguro: Para acceder a tus comunicaciones privadas en la Sede Electrónica, necesitarás identificarte. Puedes hacerlo mediante Cl@ve PIN o Permanente, con tu certificado digital o usando tu DNI electrónico – cualquiera de estos métodos es válido. Elige la opción que tengas disponible e inicia sesión con tus credenciales. (Consejo: Si aún no dispones de certificado digital ni de Cl@ve, merece la pena obtenerlos, ya que facilitan enormemente todos los trámites online con las Administraciones Públicas.)

4. Localiza y descarga tu informe: Una vez que hayas iniciado sesión correctamente, entra en “Comunicaciones telemáticas”. Debería aparecer un listado de documentos recientes relacionados con tus trámites. Busca uno que corresponda a tu Informe Médico de Síntesis asociado a tu expediente de incapacidad permanente. Suele identificarse con tu número de DNI o NSS y la fecha en que se generó. Haz clic para abrirlo o descárgalo directamente en formato PDF. ¡Y listo! Ya tendrás tu informe de síntesis guardado en tu ordenador o teléfono, para leerlo con calma o imprimirlo si lo necesitas.

Ten en cuenta que el informe de síntesis descargado es un documento oficial del INSS, generalmente con firma digital o sellos electrónicos que garantizan su autenticidad. Revisa bien el PDF para confirmar que corresponde a tu expediente. Si encuentras dificultades técnicas en este proceso (por ejemplo, que no aparece el documento, o te da error al intentar descargarlo), prueba lo siguiente: utiliza otro navegador de Internet, comprueba que tu certificado digital esté vigente, o asegúrate de que estás buscando en la sección correcta. En caso de problemas técnicos persistentes, no dudes en contactar con el soporte técnico de la Seguridad Social o llamar a tu oficina del INSS para preguntar. Aquí es donde contar con ayuda de expertos viene muy bien: despachos especializados como EOM Equipo Jurídico están acostumbrados a lidiar con la plataforma de la Seguridad Social y pueden echarte una mano con la descarga del informe, o incluso obtenerlo en tu nombre si les otorgas autorización como representantes (mediante apoderamiento). Gracias a su fuerte apuesta por la digitalización (desde 2020 EOM trabaja prácticamente todos sus procesos de forma telemática), este tipo de despacho puede resolver trámites online de forma ágil, evitando que te frustres con errores informáticos innecesarios.

Un consejo final en la vía online: guarda bien el informe una vez descargado. Es recomendable almacenarlo en un lugar seguro (por ejemplo, tu correo electrónico, un pendrive o nube personal). La comunicación telemática en la Sede podría no estar disponible de forma indefinida – muchas notificaciones y documentos digitales caducan o dejan de ser accesibles pasados unos meses. Por ello, más vale que conserves tu propia copia PDF. Si por algún motivo perdieras el archivo o el acceso, siempre podrías solicitarlo de nuevo al INSS, pero mejor prevenir que curar.

Solicitud presencial o por escrito: alternativas sin medios digitales

¿Y qué pasa si no tienes certificado digital ni Cl@ve, o simplemente prefieres una atención más tradicional y personalizada? No te preocupes, también puedes solicitar el informe de síntesis del INSS de forma presencial o por escrito. Estas son las principales alternativas si no optas por la descarga directa:

– En persona, acudiendo a la oficina del INSS: Puedes presentarte en tu Dirección Provincial del INSS o centro de atención de la Seguridad Social más cercano. Es recomendable pedir cita previa para que te atiendan (así evitas esperas largas). Cuando vayas, lleva contigo tu DNI/NIE y, si es posible, algún dato o documento referente a tu expediente (por ejemplo, la carta de resolución o al menos el número de expediente que figura en ella). Una vez allí, podrás presentar una solicitud formal por escrito pidiendo el informe de síntesis. Básicamente se trata de rellenar o redactar un escrito breve dirigido al INSS donde indiques tus datos personales y expreses claramente que solicitas una copia del informe médico de síntesis de tu expediente de incapacidad permanente número X (o resuelto en tal fecha). En la propia oficina suelen proporcionarte formularios genéricos o te pueden ayudar a redactar la solicitud si lo necesitas. De hecho, la Seguridad Social dispone de modelos oficiales de solicitud para diversos trámites; puedes preguntar si tienen un formulario específico para pedir informes médicos. En general, cualquier escrito donde consten tus datos, el trámite que solicitas y tu firma será válido. Una vez entregada la solicitud, el funcionario la tramitará y, normalmente, el INSS te enviará el informe de síntesis posteriormente por correo postal certificado a tu domicilio (en algunos casos podrían avisarte para que vuelvas a recogerlo en mano, pero lo habitual es que te llegue al buzón).

– Por escrito vía online (registro electrónico) o correo postal: Otra opción, si no logras descargarlo automáticamente y no puedes desplazarte, es enviar una solicitud por escrito. Tienes dos modalidades principales: a) Por Internet, mediante el registro electrónico de la Seguridad Social; y b) Por correo postal o burofax, enviando la solicitud físicamente. En el primer caso, la Seguridad Social tiene un servicio en su sede electrónica llamado “Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones” (es un formulario genérico online). Desde ahí, identificándote también con certificado o Cl@ve, puedes adjuntar un escrito donde pidas formalmente el informe de síntesis. Es útil adjuntar también una copia de la resolución de tu incapacidad o al menos indicar la fecha de dicha resolución y tus datos, para que los funcionarios localicen tu expediente fácilmente. Tras enviar esta solicitud electrónica, el INSS te hará llegar el informe, ya sea respondiéndote por la misma vía telemática (por ejemplo, colocando el PDF en tu buzón electrónico de la Seguridad Social) o incluso por correo físico a tu casa, según el caso.

En cuanto a la vía más tradicional, por correo postal o burofax, consiste en redactar un escrito similar (incluyendo tus datos personales, dirección, DNI, número de expediente si lo conoces, y la petición clara del informe de síntesis) y enviarlo firmado a la Dirección Provincial del INSS que tramitó tu expediente. Puedes enviarlo por correo ordinario certificado, o si quieres tener más constancia, vía burofax con acuse de recibo. Esta opción es más lenta y hoy día menos utilizada, pero existe. Tras recibir tu carta, la Seguridad Social debería procesarla y enviarte el informe de síntesis a tu domicilio por correo certificado.

Consejos prácticos para la solicitud escrita: Si optas por la vía presencial o por un escrito propio, procura usar un tono formal pero sencillo. Existen plantillas en Internet (buscando “modelo solicitud informe de síntesis INSS”) que básicamente son cartas prediseñadas donde solo rellenas tus datos y detalles del expediente. Estas plantillas te orientan sobre cómo presentar la solicitud; por ejemplo, especifican el asunto (Solicitud de Informe Médico de Síntesis del INSS), tus datos personales, y una breve exposición indicando que ejercitas tu derecho a obtener copia de dicho informe de tu expediente. No es obligatorio ceñirse a un modelo exacto, pero puede darte tranquilidad utilizar uno para no olvidar ningún dato importante. Eso sí, recuerda firmar la solicitud antes de entregarla o enviarla, y conservar una copia sellada (si la presentas en persona) o el resguardo de envío (si la mandas por registro electrónico, guarda el justificante; si la mandas por correo, guarda el comprobante certificado). Esto te servirá como constancia de que hiciste la petición en caso de que luego debas reclamar.

Tiempos de respuesta: ¿Cuánto tarda en llegar el informe de síntesis?

La rapidez de entrega del informe de síntesis dependerá de la vía que hayas utilizado:

  • Si lo descargas tú mismo online, la obtención es inmediata. En cuanto tu expediente tiene resolución y el informe está disponible en la Sede, puedes acceder y descargar el PDF en ese mismo momento. Es decir, el mismo día que recibes la resolución (o el SMS de disponibilidad), ya podrías entrar y obtener el informe en minutos. ¡Así de rápido y gratuito!

  • Si lo solicitas por escrito o en oficina, lo habitual es que tarde unos pocos días en llegarte el informe a casa por correo postal certificado, una vez que el INSS procesa tu solicitud. En la práctica, suele tardar alrededor de una semana aproximadamente. No debería demorarse mucho más allá de eso. Si ves que pasan más de 2 o 3 semanas sin noticias desde que lo pediste, entonces conviene reclamar nuevamente o al menos contactar con el INSS para informarte del estado de tu petición. A veces puede haber retrasos administrativos, pero no es lo común en este trámite.

En resumen, mediante descarga online lo tienes al instante, y por vía tradicional podría tomarte algunos días. Gracias a las mejoras introducidas en 2024, hoy por hoy la opción telemática es la más recomendada por rapidez.

Problemas comunes al solicitar el informe de síntesis (y cómo solucionarlos)

Como en cualquier trámite burocrático, solicitar el informe de síntesis puede presentar algunos contratiempos. A continuación comentamos los problemas más frecuentes que suelen encontrarse las personas y cómo enfrentarlos, con ayuda de la experiencia de profesionales como EOM Equipo Jurídico, que se dedican a estas gestiones día a día:

Demora o falta de respuesta del INSS: En teoría, tras pedir el informe deberías recibirlo en pocos días (si es online, incluso en el momento). Pero ¿qué pasa si pasan semanas y el INSS no te envía nada? Este es un problema que antes ocurría a veces cuando se hacía la solicitud por escrito: la administración podía retrasarse o, en el peor de los casos, el documento se extraviaba en el correo. Si has pedido el informe y no recibes respuesta en un plazo razonable (digamos un par de semanas), no te quedes de brazos cruzados. Lo primero es insistir educadamente: contacta de nuevo con el INSS, presenta un escrito de recordatorio o acude a la oficina con tu copia sellada de la solicitud, preguntando por el estado de la misma. Muchas veces un simple aviso adicional acelera las cosas. Si aun así no obtienes respuesta, considera acudir a un abogado. Por ejemplo, EOM Equipo Jurídico ha ayudado a clientes en esta situación presentando requerimientos formales al INSS o incluso quejas administrativas para destrabar el asunto. Su experiencia les permite saber exactamente con quién comunicarse en la Dirección Provincial para agilizar la entrega del informe. No tienes por qué resignarte ante el silencio administrativo; con la ayuda adecuada puedes presionar para que el INSS cumpla con su deber.

Dificultades técnicas al descargar en la Sede Electrónica: Aunque la opción online es fantástica, la realidad es que no todo el mundo está familiarizado con certificados digitales o Cl@ve. Muchos usuarios se frustran al intentar descargar el informe por Internet debido a errores técnicos o simple desconocimiento de la plataforma. Por ejemplo, puede que intentes entrar sin certificado y la web te lo impida, o que tu certificado digital esté caducado, o que no encuentres la dichosa sección de “Comunicaciones telemáticas” dentro de la Sede. Si te encuentras atascado en este punto, hay varias soluciones: busca tutoriales oficiales (la Seguridad Social ha publicado guías paso a paso y la propia web suele indicar las instrucciones), pide ayuda a alguien de confianza con más conocimientos digitales, o recurre a profesionales. Nuevamente, EOM Equipo Jurídico y despachos similares ofrecen un servicio integral donde se encargan de todos los trámites telemáticos por ti. Gracias a su transformación digital (desde 2020 trabajan prácticamente todos los procesos de forma telemática), pueden solventar problemas técnicos rápidamente en tu nombre. No sientas vergüenza por pedir ayuda: más vale obtener el informe sin estrés que perder horas peleándote con la web. Al final del día, lo importante es que consigas tu documento.

Contenido del informe incomprensible o discrepancias con lo que esperabas: Una vez que tienes el informe de síntesis en tus manos, puede surgir otro problema: entender lo que dice. El lenguaje médico-técnico y las referencias legales pueden ser difíciles de interpretar si no estás habituado. Además, es posible que encuentres discrepancias entre lo que esperabas ver y lo que realmente aparece escrito. Por ejemplo, quizás lees un diagnóstico en términos clínicos que no reconoces, o notas que el evaluador minimizó alguna dolencia tuya que tú consideras muy limitante. Esto puede resultar frustrante o preocupante. ¿Qué hacer en ese caso? Primero, si algo no te cuadra a nivel médico, consulta con un profesional sanitario de confianza (por ejemplo, tu médico de cabecera) para que te explique en cristiano la terminología médica del informe. Y en segundo lugar, si te inquieta el contenido de cara a una posible reclamación, consulta con un abogado especializado en incapacidades. Un buen abogado, como los de EOM Equipo Jurídico, analizará contigo el informe punto por punto. Te explicará qué significan esas conclusiones en términos legales (por ejemplo, si en el informe ponen que puedes hacer “tareas ligeras”, te aclarará cómo se interpreta eso para tu profesión) y te aconsejará si vale la pena impugnar la decisión del INSS en base a lo que se lee en el documento. La ventaja de contar con expertos es que saben qué detalles del informe de síntesis suelen persuadir a un juez y cuáles no, de modo que podrán enfocar tus esfuerzos en los argumentos más sólidos. En definitiva, te ayudarán a dar sentido al informe y a decidir los siguientes pasos con conocimiento de causa.

Diferencias con otros informes médicos o sociales

Es importante no confundir el informe de síntesis del INSS con otros informes médicos o documentos sociales que puedan parecer similares:

  • No es el informe de tu médico de cabecera ni de tus especialistas habituales. Esos informes médicos los aportas tú al expediente (son parte de tu historial clínico), pero el informe de síntesis es un informe nuevo, elaborado por los médicos evaluadores del INSS específicamente para valorar tu incapacidad. Resume información de tus médicos, sí, pero añade la evaluación propia del tribunal médico del INSS. Por tanto, no lo emite tu centro de salud ni tu mutua, sino la propia Seguridad Social.

  • No es lo mismo que el dictamen-propuesta ni que la resolución. A veces hay confusión entre términos. El dictamen-propuesta es el documento breve (normalmente un par de páginas) que el EVI eleva al director del INSS con su recomendación final, y suele incluirse en la resolución que te envían, pero solo contiene las conclusiones resumidas. El informe de síntesis, en cambio, es mucho más extenso y detallado, y es donde el médico evaluador plasma toda la información que luego sirve para ese dictamen. Podríamos decir que el informe de síntesis es el “documento interno médico” y el dictamen-propuesta es la “síntesis administrativa” que llega al director. Ambos están relacionados pero no son iguales: el informe de síntesis no se entrega automáticamente, mientras que el dictamen-propuesta viene reflejado (aunque de forma resumida) en la resolución.

  • En Cataluña se llama distinto, pero es equivalente. Ya lo mencionamos: el dictamen del SGAM (antes ICAM) es, en la práctica, el informe de síntesis en territorio catalán. La diferencia principal es el organismo que lo emite y el canal de solicitud (en Cataluña se solicita a través de la Generalitat, no del INSS, aunque luego el efecto es el mismo: obtienes el informe con la valoración médica de tu incapacidad).

  • No debe confundirse con otros informes sociales o evaluaciones de discapacidad. El informe de síntesis se enmarca en el procedimiento de incapacidad laboral ante la Seguridad Social. No tiene que ver, por ejemplo, con el grado de discapacidad que evalúan los servicios sociales de las Comunidades Autónomas (ese es otro trámite, con sus propios informes médicos y sociales independientes). Tampoco es un informe de dependencia ni un informe de asistente social sobre tu situación familiar; es puramente un informe médico-laboral del INSS. Así que, si oyes hablar de “informe médico de síntesis”, piensa siempre en incapacidad permanente de la Seguridad Social, no en valoraciones de minusvalía u otras áreas.

En resumen, el informe de síntesis es un documento único y específico del procedimiento de incapacidad permanente del INSS. Se elabora ad hoc para ese expediente y no tiene equivalente exacto en otros procesos, salvo el cambio de nombre en Cataluña. Conocer estas diferencias te ayuda a no mezclar conceptos y a pedir exactamente lo que necesitas sin equívocos. Si tienes dudas sobre terminología, un abogado local o nacional como EOM (que colabora con redes de profesionales en toda España) puede orientarte para que consigas el documento correcto sin rodeos.

Solicitar el informe de síntesis del INSS no tiene por qué ser un trámite complicado. Gracias a las nuevas facilidades digitales, hoy puedes obtener este documento esencial de forma rápida y gratuita, lo que te permite conocer en profundidad la valoración médica de tu incapacidad permanente. Tener ese conocimiento te da poder: te permite entender por qué el INSS tomó su decisión y cómo argumentar en caso de que necesites reclamar. Lo más valioso es que tomes el control de tu trámite. Obtener tu informe de síntesis es ejercer tu derecho a la información sobre tu propia salud laboral y es el primer paso para defender tus intereses si algo no ha salido como esperabas.

Por supuesto, no estás solo en este camino. Si en algún momento te sientes perdido con la burocracia, te surgen problemas técnicos o simplemente quieres asegurarte de interpretar correctamente el informe, siempre puedes contar con profesionales especializados. Por suerte, hoy cuentas tanto con recursos digitales como con expertos de confianza, por ejemplo EOM Equipo Jurídico, que pueden guiarte en cada paso con un trato cercano y dedicado. Este despacho, con más de 25 años de trayectoria, ha hecho de la atención humana y personalizada su seña de identidad. Su equipo multidisciplinar de abogados (especialistas en derecho de la Seguridad Social, civil, laboral, etc.) trabaja de la mano del cliente, aplicando incluso enfoques innovadores como el “mindfulness jurídico” para reducir tu estrés y brindarte tranquilidad durante el proceso. Esa combinación de experiencia y enfoque humano marca la diferencia: cada caso es único y merece una atención cuidadosa, ya sea para tramitar una solicitud o para preparar una reclamación.

En definitiva, solicitar el informe de síntesis es un paso sencillo pero crucial. No te quedes con la duda ni con la visión parcial de tu carta de resolución. Ahora sabes qué es este informe, cómo pedirlo y cómo usarlo en tu favor. ¡No dudes en ejercer tus derechos y buscar ayuda profesional si la necesitas! Con la información completa en la mano y el apoyo adecuado, podrás afrontar tu situación con mucha más confianza y seguridad.

Preguntas frecuentes sobre el informe de síntesis

¿Quién puede solicitar el informe de síntesis?

El informe de síntesis puede solicitarlo la propia persona interesada, es decir, que has sido el solicitante de la incapacidad permanente y objeto de la evaluación médica. También puede pedirlo tu representante legal o abogado, siempre que le hayas dado autorización (por ejemplo, un poder de representación ante la Seguridad Social). En resumen, solo el afectado o su representante autorizado pueden solicitar este documento; terceros sin autorización no podrán obtenerlo por motivos de privacidad.

¿Me enviarán automáticamente el informe de síntesis junto con la resolución de la incapacidad?

No. El INSS no adjunta el informe de síntesis cuando te envía la carta de resolución de tu incapacidad. Por defecto, la resolución solo incluye la decisión final (concedida o denegada, y el grado) y quizá un breve resumen de las conclusiones, pero no incluye el informe médico completo. Para obtener el informe de síntesis detallado, tienes que solicitarlo expresamente al INSS después de recibir la resolución. Si no lo pides, el INSS no te lo envía por iniciativa propia.

¿Cuándo se puede pedir el informe de síntesis al INSS?

Una vez que tu expediente de incapacidad permanente esté resuelto. Mientras tu solicitud esté en estudio o pendiente de resolución, no podrás obtener el informe de síntesis. En cuanto recibes la resolución (sea favorable o denegatoria), ya estás en derecho de pedirlo. No hay que esperar más: justo después de la resolución ya puedes realizar la solicitud del informe. De hecho, muchas personas lo piden inmediatamente para revisar el contenido mientras el caso está reciente, especialmente si están valorando presentar una reclamación.

¿Cómo se solicita el informe de síntesis por Internet?

Debes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En concreto, entrando en la sección “Consultar comunicaciones telemáticas” una vez que hayas iniciado sesión con un método seguro (por ejemplo, certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve). Allí debería aparecer el Informe Médico de Síntesis disponible para descargar en PDF, siempre que tu expediente ya esté resuelto. Simplemente haces clic y lo descargas. Recuerda que para acceder necesitarás identificarte digitalmente. Si no tienes medios electrónicos, entonces tendrías que optar por solicitarlo en persona o por escrito (como explicamos en la guía arriba).

¿Puedo pedir el informe de síntesis si no tengo certificado digital ni Cl@ve?

Sí. Si no cuentas con certificado digital, DNIe o Cl@ve, tienes alternativas para solicitar el informe. La más directa es acudir presencialmente a una oficina del INSS con tu DNI y presentar allí una solicitud por escrito pidiendo el informe (puedes llevar un escrito preparado o rellenar un formulario en la oficina). Otra opción es enviar un escrito por correo postal o a través de un registro electrónico asistido (por ejemplo, en una oficina de Correos o usando el registro online de “Otros escritos” con ayuda de alguien que tenga certificado). En cualquiera de estos casos, el INSS procesará tu petición y te enviará el informe por correo postal a tu domicilio. Así que, aunque no tengas medios digitales, no te quedarás sin tu informe: puedes obtenerlo mediante métodos tradicionales.

¿Cuánto cuesta solicitar el informe de síntesis?

Nada, es gratuito. Pedir el informe de síntesis no tiene ningún coste para el ciudadano. Se trata de ejercer tu derecho de acceso a tu propio expediente administrativo y la Seguridad Social no cobra tasa alguna por ello. Tanto la descarga online como la solicitud por escrito o presencial son gratis. Únicamente, si lo pides por burofax, deberás pagar el coste del servicio de burofax a Correos, pero el INSS en sí no te cobra nada por emitir ni enviar el informe.

¿Cuánto tarda el INSS en entregar el informe de síntesis?

Depende de la vía: si lo descargas online, la entrega es inmediata (en cuanto tu expediente tiene resolución, puedes obtener el PDF al momento). Si lo pides por escrito o en la oficina, suele tardar unos pocos días en llegarte por correo certificado. Lo normal es que en menos de una semana lo tengas en tu buzón. Si pasan más de 2 semanas sin recibirlo, se recomienda contactar con el INSS para verificar que todo esté en orden, ya que no debería demorarse mucho más de ese tiempo.

¿Qué hago si el INSS no me envía el informe tras haberlo pedido?

Lo primero es asegurarte de que tu solicitud fue registrada correctamente (por ejemplo, si lo pediste online, deberías tener un resguardo o justificante; si fue presencial, tendrías que tener una copia sellada por la oficina). Si todo está en orden y ha pasado un tiempo prudencial (un par de semanas) sin recibir respuesta, conviene insistir. Puedes volver a contactar al INSS, ya sea por teléfono o presencial, para recordarles que hiciste la solicitud y todavía no obtienes el informe. A veces, ese segundo aviso hace que te lo envíen rápidamente. Si aun así no obtienes resultado, considera elevar una queja formal o buscar ayuda legal. Un abogado puede presentar un escrito de queja o un requerimiento para que el INSS cumpla con su obligación. Pero afortunadamente, estos casos son la excepción; por lo general, el INSS sí entrega el informe cuando se lo piden, y los retrasos prolongados no son habituales.

¿Qué información contiene el informe de síntesis?

Contiene un resumen completo de tu cuadro médico relevante para la incapacidad. En el informe verás listadas las enfermedades, lesiones o secuelas que padeces, con detalles de cómo te afectan para trabajar (por ejemplo, limitaciones como “no puede cargar más de X kilos” o “no puede permanecer sentado mucho tiempo”, etc.). También incluye resultados de pruebas diagnósticas y de la exploración física que te haya hecho el médico evaluador en el tribunal. Además, el informe recoge la opinión o juicio clínico del evaluador sobre tu capacidad laboral residual. Al final del documento suele haber unas conclusiones donde el médico evaluador indica si, a su criterio, procedería declarar una incapacidad permanente y de qué grado (total, absoluta, etc.). También figuran tus datos personales, datos del médico que firma el informe, fecha, sellos oficiales, etc. En definitiva, es un documento bastante detallado que refleja el fundamento médico de la decisión del INSS.

¿Es diferente el informe de síntesis en Cataluña (dictamen del SGAM)?

En esencia, no es diferente en contenido, pero sí en el nombre y el organismo emisor. Si vives en Cataluña, el informe de síntesis lo elabora el SGAM (Subdirección General de Evaluaciones Médicas), que es el equivalente al EVI en esa comunidad. Allí no lo llaman “informe de síntesis” sino dictamen médico del SGAM (antes ICAM). El tipo de información que contiene es muy similar: valoración médica de tus limitaciones y conclusiones sobre tu capacidad laboral. La diferencia práctica es que debes solicitarlo a través de los canales de la Generalitat de Catalunya, no en la web del INSS. La Generalitat suele tener su propio portal (Gencat) donde puedes pedir la documentación de tu expediente médico del ICAM/SGAM, o puedes solicitarlo presencialmente en las oficinas de asuntos sociales o salud laboral de la comunidad. Pero una vez lo obtengas, cumple la misma función que el informe de síntesis del INSS en el resto de España.

¿El informe de síntesis determina si me conceden la pensión por incapacidad?

No exactamente. El informe de síntesis es una pieza fundamental del expediente, pero no es vinculante por sí solo. El proceso funciona así: el médico evaluador del INSS redacta el informe de síntesis y, junto con otros informes (como el de antecedentes profesionales, que detalla tu trabajo habitual), el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) emite un dictamen-propuesta. La decisión final la toma el Director Provincial del INSS considerando esa propuesta. En la mayoría de casos, la resolución final coincide con lo que sugiere el informe de síntesis (por ejemplo, si el informe recomienda una incapacidad total, normalmente eso se concede). Pero puede haber discrepancias: a veces el informe médico puede ser favorable a la incapacidad y aun así el INSS deniega la pensión, o viceversa. Por eso, el informe de síntesis no garantiza el resultado, pero sí tiene mucho peso. Si la resolución que te llegó difiere de lo que parece indicar el informe, es una señal de que quizá debas consultar con un abogado y valorar una reclamación, ya que significa que algo en el camino administrativo fue en contra de la recomendación médica.

¿Pedir el informe de síntesis influye negativamente en mi expediente de incapacidad?

No, en absoluto. Solicitar el informe de síntesis no afecta para nada al resultado de tu expediente ni a cómo te percibe el INSS. Estás simplemente ejerciendo tu derecho a obtener una copia de tu expediente médico, algo completamente normal y previsto por la ley. El INSS no te va a penalizar ni a poner trabas en tu pensión por el hecho de pedir el informe. A veces la gente teme “molestar” o piensa que puede parecer desconfiado solicitarlo, pero en la práctica el INSS está acostumbrado a que los ciudadanos pidan sus informes. De hecho, hoy en día hasta facilitan la descarga online. Así que puedes pedirlo con total tranquilidad: no repercute negativamente en nada relativo a tu incapacidad.

¿Puede ayudarme un abogado con la solicitud o con el informe de síntesis?

Por supuesto. Aunque para obtenerlo no es obligatorio contar con abogado, tener asesoramiento legal puede facilitarte mucho las cosas, sobre todo si surgen complicaciones. Un abogado especializado en Seguridad Social puede, por ejemplo, solicitar el informe en tu nombre si le das autorización, hacer un seguimiento si su entrega se retrasa e incluso presentar quejas si fuera necesario. Y, muy importante, cuando ya tengas el informe en tus manos, el abogado puede analizar su contenido contigo. Los despachos que trabajan habitualmente estos temas –como EOM Equipo Jurídico, que ven informes de síntesis a diario– saben interpretar cada párrafo y compararlo con los requisitos legales para una incapacidad. Te explicarán claramente qué significan las conclusiones del informe, si apoyan tu caso para conseguir una pensión o si detectan puntos débiles. Con esa información te podrán aconsejar sobre los pasos a seguir: por ejemplo, si el informe apoya tu solicitud quizá te animen a presentar una reclamación previa o demanda, y si el informe no es favorable te orientarán sobre las posibilidades reales de éxito. En resumen, un buen abogado te quita burocracia de encima, se asegura de que obtengas el informe sin contratiempos y te aporta claridad sobre qué hacer después con esa información. Tener este apoyo profesional te da mucha tranquilidad en un proceso que a veces puede ser estresante. ¡No dudes en buscar ayuda si la necesitas!

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