Estoy de excedencia y no quiero volver: ¿qué opciones tienes?

Tomarse una excedencia es una decisión importante que muchas personas en el ámbito laboral consideran en algún momento de su carrera. Puede ser una oportunidad para descansar, estudiar, cuidar de un familiar o incluso probar suerte en otro empleo. Sin embargo, puede llegar el momento en que, tras haber disfrutado de ese tiempo fuera, sientas que no quieres regresar a tu puesto anterior. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Cuáles son tus derechos y obligaciones? Vamos a analizar en profundidad qué puedes hacer si te encuentras en esta situación.

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¿Qué es una excedencia y qué implica?

La excedencia es una suspensión temporal de la relación laboral entre un trabajador y una empresa. Durante este periodo, la persona no presta servicios ni recibe salario, pero tampoco pierde completamente su vínculo con la empresa. Existen varios tipos de excedencias, y dependiendo de cuál hayas solicitado, tus derechos y obligaciones variarán:

  • Excedencia voluntaria: Es la más común y permite a los trabajadores suspender su contrato sin necesidad de justificar el motivo. Puede durar entre 4 meses y 5 años, pero el derecho de reincorporación no siempre está garantizado.
  • Excedencia por cuidado de hijos o familiares: Se concede para atender a un hijo menor de 3 años o a un familiar hasta el segundo grado que requiera atención. En este caso, el trabajador tiene derecho a volver a su puesto.
  • Excedencia forzosa: Se concede cuando el trabajador accede a un cargo público o sindical. En este caso, el reingreso está garantizado.

Si te encuentras en una excedencia voluntaria y no quieres reincorporarte, hay aspectos clave que debes considerar.

¿Tengo obligación de volver tras una excedencia?

Si tu excedencia es voluntaria, la empresa no está obligada a reservar tu puesto de trabajo. Lo único a lo que tienes derecho es a que la empresa te dé prioridad en caso de que haya vacantes disponibles cuando solicites reincorporarte.

Por tanto, si no quieres volver a tu empresa tras la excedencia, no tienes ninguna obligación de hacerlo, pero tampoco puedes exigir que te reserven el puesto. Simplemente, si decides no volver, no es necesario hacer ningún trámite adicional más allá de no solicitar la reincorporación cuando termine el período de excedencia.

En cambio, si tu excedencia es por cuidado de hijos o familiares, sí tienes derecho a recuperar tu puesto y, en este caso, si decides no reincorporarte, tendrías que presentar tu dimisión.

¿Qué pasa si no solicito la reincorporación?

Si la excedencia voluntaria llega a su fin y no solicitas el reingreso, la empresa considerará que no tienes intención de volver. En este caso, no es necesario que presentes una carta de renuncia, ya que tu contrato ya estaba suspendido. Simplemente, la relación laboral se extinguirá de manera automática sin que tengas derecho a indemnización ni a cobrar el paro.

En cambio, si tienes una excedencia por cuidado de hijos o familiares y decides no volver, sí debes presentar tu renuncia formalmente para evitar problemas.

¿Puedo cobrar el paro si no quiero volver tras una excedencia?

Uno de los temas que más preocupan a quienes están en esta situación es si podrán acceder a la prestación por desempleo. Aquí es donde hay que hacer una distinción importante:

  • Si no solicitas la reincorporación, no tienes derecho al paro. El motivo es que el SEPE considera que la relación laboral ya estaba suspendida y que ha sido una decisión tuya no regresar, por lo que no hay una situación legal de desempleo.
  • Si solicitas reincorporarte y la empresa te niega el puesto porque no hay vacantes, entonces sí puedes cobrar el paro. En este caso, se considera que has quedado en una situación de desempleo involuntario, lo que te da acceso a la prestación si cumples con los requisitos.

Por tanto, si tu objetivo es cobrar el paro, lo más recomendable es solicitar la reincorporación por escrito y esperar la respuesta de la empresa.

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras estoy de excedencia?

Sí, durante la excedencia voluntaria puedes trabajar en otra empresa sin problema, salvo que exista una cláusula de competencia en tu contrato. Eso sí, si decides no volver a tu antiguo trabajo y continuar en el nuevo, no tienes que hacer nada más allá de no solicitar el reingreso.

Si tu excedencia es por cuidado de familiares, también puedes trabajar en otro sitio, pero si lo haces a jornada completa podría interpretarse que ya no necesitas la excedencia y la empresa podría solicitar tu reincorporación.

¿Cómo comunicar mi decisión de no volver?

Si has tomado la decisión de no volver tras la excedencia, puedes optar por:

  • No solicitar la reincorporación. En este caso, la relación laboral se extinguirá automáticamente sin necesidad de hacer ningún trámite.
  • Presentar una carta de renuncia. Esto es recomendable si tu excedencia es por cuidado de hijos o familiares, o si quieres dejar constancia de tu decisión de manera formal.

Si decides presentar una renuncia, la carta debe incluir:

  • Tus datos personales.
  • Datos de la empresa.
  • Fecha en la que finaliza la excedencia.
  • Expresión clara de tu voluntad de no reincorporarte.
  • Agradecimiento y despedida cordial (opcional).

Ejemplo de carta:

[Tu Nombre]
[Tu Dirección]
[Ciudad, Código Postal]
[Teléfono]
[Correo Electrónico]
[Fecha]

A la atención de [Nombre del Responsable o Departamento de RRHH]
[Nombre de la Empresa]
[Dirección de la Empresa]

Estimado/a [Nombre del Responsable],

Por medio de la presente, quiero comunicarle que, habiendo finalizado mi periodo de excedencia el [fecha], he decidido no reincorporarme a mi puesto de trabajo en [nombre de la empresa].

Agradezco la oportunidad y el tiempo que he pasado en la empresa, así como el trato recibido durante mi estancia en la compañía.

Quedo a su disposición para cualquier trámite administrativo que deba llevarse a cabo.

Atentamente,
[Tu Nombre]

Si estás en excedencia y no quieres volver, tienes varias opciones. La más sencilla es no solicitar la reincorporación, dejando que la relación laboral se extinga por sí sola. Sin embargo, si quieres acceder al paro, debes solicitar el reingreso y esperar a que la empresa te lo deniegue por falta de vacantes. En caso de que tu excedencia sea por cuidado de hijos o familiares, sí es recomendable presentar una renuncia formal.

Lo importante es que tomes una decisión informada y, si tienes dudas sobre cuál es la mejor opción en tu caso, consultes con un abogado especializado en derecho laboral para que te asesore adecuadamente.

Datos y estadísticas relevantes

  • Predominio femenino en las solicitudes de excedencia: En 2023, se registraron 54.796 excedencias en España, de las cuales el 84% fueron solicitadas por mujeres, evidenciando una mayor tendencia femenina a acogerse a este tipo de permisos.

  • Duración de las interrupciones laborales por cuidado de hijos: Según datos del Instituto Nacional de Estadística, el 49,9% de las mujeres que interrumpieron su trabajo por cuidado de hijos lo hicieron por un periodo de hasta seis meses, mientras que el 17,7% extendió esta interrupción por más de dos años.

  • Impacto de la maternidad en la tasa de empleo femenino: La tasa de empleo de mujeres de 25 a 49 años sin hijos menores de 12 años es del 77,9%. Sin embargo, esta cifra disminuye al 71,5% para aquellas con hijos en ese rango de edad, indicando el efecto de la maternidad en la participación laboral femenina.

  • Requisitos para solicitar una excedencia voluntaria: Para acceder a una excedencia voluntaria, es necesario contar con al menos un año de antigüedad en la empresa. La duración de esta excedencia puede oscilar entre un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años.

  • Derecho preferente al reingreso tras una excedencia voluntaria: Al finalizar una excedencia voluntaria, el trabajador tiene un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría que existan o se produzcan en la empresa, aunque no la garantía de recuperar su puesto anterior.

Preguntas frecuentes sobre excedencia y reincorporación

¿Qué pasa si no me quiero reincorporar tras la excedencia?

Si es una excedencia voluntaria, no tienes obligación de reincorporarte. Simplemente, al no solicitar el reingreso, la relación laboral se extinguirá sin necesidad de presentar una renuncia formal. Sin embargo, si es una excedencia por cuidado de hijos o familiares, sí deberías comunicar tu decisión a la empresa mediante una carta de renuncia.

¿Qué pasa si pido una excedencia y no vuelvo?

Si no solicitas la reincorporación cuando finaliza el periodo de excedencia, la empresa no está obligada a readmitirte y considerará que renuncias a tu puesto. En este caso, no tendrás derecho a indemnización ni a cobrar el paro, salvo que solicites la reincorporación y la empresa te la deniegue por falta de vacantes.

¿Cuándo puedo renunciar a una excedencia?

Si tu excedencia es por cuidado de hijos o familiares, puedes renunciar en cualquier momento y solicitar el reingreso antes del plazo máximo. En cambio, si es una excedencia voluntaria, solo puedes volver antes de tiempo si la empresa lo acepta, ya que la reincorporación está sujeta a la existencia de vacantes.

Cuando pides una excedencia, ¿puedes volver cuando quieras?

No siempre. En la excedencia voluntaria, solo puedes reincorporarte si hay una vacante en un puesto de igual o similar categoría. La empresa no está obligada a reservar tu puesto ni a readmitirte de inmediato. Sin embargo, en la excedencia por cuidado de hijos o familiares, tienes derecho a recuperar tu puesto si la solicitas dentro del plazo establecido.

¿Qué pasa si no me readmiten después de una excedencia?

Si al finalizar tu excedencia solicitas la reincorporación y la empresa no tiene vacantes disponibles, la relación laboral se extingue por causa justificada y puedes solicitar el paro. Pero si la empresa te niega el reingreso de forma injustificada, podrías demandarla por despido improcedente.

¿Qué es mejor, renunciar o pedir una excedencia?

Depende de tu situación. Si tienes dudas sobre tu futuro laboral o quieres conservar la opción de volver, la excedencia es la mejor opción. En cambio, si ya has tomado la decisión de no regresar, renunciar te permite cerrar la relación con la empresa de forma clara y sin incertidumbre.

¿Puedo cobrar el paro si no quiero volver tras una excedencia?

No, a menos que solicites la reincorporación y la empresa te la deniegue por falta de vacantes. En ese caso, se considera que estás en desempleo involuntario y puedes acceder a la prestación si cumples los requisitos.

¿Puedo trabajar en otra empresa mientras estoy de excedencia?

Sí, durante la excedencia voluntaria puedes trabajar en otra empresa, salvo que tu contrato original tenga una cláusula de no competencia. En la excedencia por cuidado de hijos o familiares, puedes trabajar en otro sitio, pero si lo haces a jornada completa, la empresa podría interpretar que ya no necesitas la excedencia y pedirte que vuelvas.

¿Cómo debo comunicar que no quiero reincorporarme?

Si es una excedencia voluntaria, no es necesario hacer ningún trámite. Si decides renunciar formalmente, puedes enviar una carta a la empresa indicando que no deseas reincorporarte. Si tu excedencia es por cuidado de hijos o familiares, sí debes presentar tu renuncia.

¿Cuánto dura una excedencia voluntaria y cuántas veces se puede solicitar?

La excedencia voluntaria tiene una duración mínima de 4 meses y máxima de 5 años, dependiendo del convenio colectivo. Se puede solicitar más de una vez, pero deben pasar al menos 4 años entre una excedencia y otra dentro de la misma empresa.

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2 Comentarios

  • Esther
    1 de abril de 2025

    Buena tarde soy Esther Pérez Fernández.Estoy con excedencia voluntaria desde octubre del 2023.Soy TCAE y estatutaria.Hace un tiempo estoy con trastorno de estrés postraumático crónico y complejo.He empezado tratamiento para sanar.En septiembre de 2025 haría dos años de excedencia.Tendria algún derecho ó ayuda por estar enferma?.Me dijeron que era indefinida a partir de dos años.. Tendría que renovar o comunicar si sigo a partir de los dos años?.Y si me dedico a otra cosa en lo laboral perdería la plaza? Gracias!.Un saludo.Esther

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