Pensión por incapacidad permanente total para mayores de 55 años: todo lo que necesitas saber
Cuando una persona sufre una enfermedad o un accidente que le impide desarrollar su profesión habitual, la Seguridad Social contempla distintas prestaciones económicas para garantizar su sustento. Una de ellas es la pensión por incapacidad permanente total, la cual puede tener un complemento si el beneficiario supera los 55 años de edad y se encuentra en una situación de especial dificultad para acceder al mercado laboral.
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Si este es tu caso o el de un familiar cercano, es normal que te surjan muchas dudas: ¿quién puede solicitarla? ¿Cuánto se cobra? ¿Cómo se calcula? ¿Cuáles son los requisitos? En este artículo, te explico todo lo que necesitas saber sobre la pensión por incapacidad permanente total cualificada para mayores de 55 años, con un enfoque claro y detallado para que no se te escape nada.
¿Qué es la pensión por incapacidad permanente total y qué implica?
La incapacidad permanente total es una prestación que reconoce la Seguridad Social cuando una persona sufre una dolencia o lesión que le impide realizar su profesión habitual, pero aún conserva la capacidad para desempeñar otro tipo de trabajo. Es decir, si bien no puedes seguir trabajando en tu empleo de siempre, en teoría podrías dedicarte a otra actividad.
Sin embargo, la realidad es que muchas veces encontrar un nuevo empleo tras haber sido reconocido con una incapacidad permanente total es una tarea difícil, especialmente cuando se tienen más de 55 años. Por este motivo, el sistema de Seguridad Social prevé un complemento económico para estos casos, elevando la pensión del 55% al 75% de la base reguladora si el beneficiario tiene dificultades para reinsertarse en el mercado laboral.
Este complemento es lo que se conoce como incapacidad permanente total cualificada y supone un aumento significativo de la pensión, pensado para compensar las dificultades que suelen enfrentar las personas de más edad en la búsqueda de empleo.
¿Quiénes pueden acceder a la pensión por incapacidad permanente total cualificada?
Para poder acceder a esta pensión con el complemento del 75% de la base reguladora, se deben cumplir ciertos requisitos fundamentales:
- Haber sido reconocido con una incapacidad permanente total por la Seguridad Social.
- Tener 55 años o más.
- No estar trabajando ni tener perspectivas reales de empleo. Se evalúa si la persona tiene una dificultad objetiva para acceder a un puesto de trabajo adecuado a su capacidad.
- No haber alcanzado la edad de jubilación. Cuando el beneficiario cumple la edad legal de jubilación, la pensión de incapacidad permanente se extingue y pasa a ser una pensión de jubilación.
Es importante destacar que este complemento no se concede automáticamente al cumplir los 55 años. Debe ser solicitado y evaluado por la Seguridad Social, que determinará si efectivamente hay una dificultad real para encontrar empleo en función de la situación del mercado laboral y del perfil del solicitante.
¿Cómo se calcula la pensión por incapacidad permanente total para mayores de 55 años?
El importe de la pensión se establece sobre la base reguladora, que varía según el régimen de cotización del solicitante. En términos generales:
- Incapacidad permanente total: se recibe el 55% de la base reguladora.
- Incapacidad permanente total cualificada (mayores de 55 años): la prestación aumenta al 75% de la base reguladora.
Ejemplo práctico de cálculo
Imagina que tu base reguladora es de 1.800 € mensuales. En este caso:
- Si tienes una incapacidad permanente total, cobrarás el 55% de 1.800 €, es decir, 990 € al mes.
- Si tienes más de 55 años y se reconoce la incapacidad total cualificada, la pensión sube al 75% de 1.800 €, es decir, 1.350 € al mes.
Este incremento supone una diferencia de 360 € mensuales, lo que a lo largo de un año significa 4.320 € más en ingresos.
¿Cómo solicitar el complemento del 20% para mayores de 55 años?
Para acceder al complemento de incapacidad total cualificada, debes presentar una solicitud formal ante la Seguridad Social. El trámite puede hacerse de varias formas:
- Presencialmente, en una oficina de la Seguridad Social, pidiendo cita previa.
- A través de la sede electrónica, si tienes certificado digital o Cl@ve.
- Por correo postal, enviando la documentación requerida a la Dirección Provincial del INSS.
En la solicitud, se debe justificar que no existen posibilidades reales de encontrar un empleo adecuado a la capacidad del solicitante. Para ello, se pueden aportar informes médicos, certificados de vida laboral y cualquier otro documento que respalde la dificultad de inserción laboral.
Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social revisará el caso y emitirá una resolución. Si es favorable, la pensión aumentará al 75% de la base reguladora a partir del mes siguiente.
¿Es compatible la pensión con otros ingresos o con el trabajo?
En términos generales, la incapacidad permanente total cualificada no es compatible con un trabajo. Sin embargo, existen algunas excepciones:
- Si se encuentra un empleo compatible con la dolencia reconocida, es posible trabajar, aunque el complemento del 20% (hasta el 75%) se pierde y la pensión vuelve a ser del 55%.
- Compatibilidad con otras prestaciones, como pensiones de viudedad o ayudas asistenciales, siempre que no se superen ciertos límites de ingresos.
Es recomendable consultar con un abogado o con la Seguridad Social antes de aceptar un empleo para evitar la pérdida del complemento.
¿Qué ocurre con la pensión cuando se alcanza la edad de jubilación?
Cuando el beneficiario de una incapacidad permanente total cualificada alcanza la edad legal de jubilación, la pensión cambia automáticamente a una pensión de jubilación. En este punto pueden surgir dos escenarios:
- Si la pensión de incapacidad es superior a la jubilación que le correspondería, se mantiene el importe de la incapacidad.
- Si la pensión de jubilación es mayor, se aplica la jubilación.
Es un cambio automático que no requiere trámites adicionales, salvo que el beneficiario desee optar por alguna modalidad de jubilación anticipada.
Si tienes más de 55 años y te han reconocido una incapacidad permanente total, es altamente recomendable solicitar el complemento del 20%, ya que supone un incremento significativo en la pensión. La clave está en demostrar que realmente existe una dificultad objetiva para encontrar empleo, algo que, en la práctica, suele ser bastante común en personas mayores con limitaciones funcionales.
Para asegurarte de que la solicitud se resuelve favorablemente, es aconsejable contar con asesoramiento profesional. Un abogado especializado en Seguridad Social puede ayudarte a presentar un expediente sólido y bien fundamentado.
Si te encuentras en esta situación, no dudes en informarte bien y ejercer tu derecho a una pensión justa que te permita vivir con tranquilidad.
Datos relacionados
Incremento de la pensión a partir de los 55 años
La pensión por incapacidad permanente total se calcula aplicando un 55% sobre la base reguladora. Sin embargo, para aquellos beneficiarios que, al cumplir 55 años, enfrentan dificultades para encontrar empleo en una actividad distinta a la habitual debido a su falta de preparación general o especializada y a las circunstancias sociales y laborales de su lugar de residencia, este porcentaje puede incrementarse en un 20%, elevando la pensión al 75% de la base reguladora.
Gasto en pensiones por incapacidad permanente
En diciembre de 2024, el gasto total en pensiones en España fue de 12.974,21 millones de euros, de los cuales 1.160,75 millones correspondieron a pensiones por incapacidad permanente. Esto representa aproximadamente el 8,95% del gasto total en pensiones.
Número de pensiones por incapacidad permanente
Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2022 había un total de 951.067 pensiones por incapacidad permanente en España, con un importe medio mensual de 1.034,86 euros.
Población activa mayor de 55 años
La población activa mayor de 55 años ha superado, por primera vez, los 5 millones de personas en España. Esto representa un 20,8% de la población activa total, evidenciando el envejecimiento de la fuerza laboral en el país.
Requisitos para el incremento del 20% en la pensión
Para acceder al incremento del 20% en la pensión por incapacidad permanente total al cumplir 55 años, es necesario que el beneficiario no esté desempeñando ninguna actividad laboral y que se presuma la dificultad de obtener empleo en una actividad distinta a la habitual debido a su falta de preparación y a las circunstancias sociales y laborales de su lugar de residencia.
Preguntas frecuentes sobre la pensión por incapacidad permanente total para mayores de 55 años
¿Cuánto se cobra si te dan una incapacidad permanente total y tienes más de 55 años?
Si te conceden una incapacidad permanente total, la pensión equivale al 55% de la base reguladora. Sin embargo, si tienes 55 años o más y la Seguridad Social considera que tienes dificultades para encontrar empleo, puedes solicitar un complemento del 20%. En este caso, la pensión se incrementa al 75% de la base reguladora.
Por ejemplo, si tu base reguladora es de 1.500 €, con una incapacidad total cobrarías 825 € (55%), pero si se te reconoce el complemento del 20%, tu pensión subiría a 1.125 € (75%).
¿Cuándo se concede el 75 por ciento en la incapacidad permanente total?
El 75% de la base reguladora se concede a los beneficiarios de una incapacidad permanente total cuando cumplen 55 años o más y se demuestra que tienen dificultades reales para acceder al mercado laboral. No se otorga de manera automática, sino que debe solicitarse y justificarse ante la Seguridad Social, aportando informes y documentos que prueben la dificultad para encontrar empleo.
¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente a los 65 años?
Cuando una persona con incapacidad permanente total alcanza la edad de jubilación (65 años o la que corresponda en su caso), la pensión se convierte automáticamente en una pensión de jubilación. En este punto pueden darse dos escenarios:
- Si la pensión de incapacidad es superior a la de jubilación, se mantiene la misma cuantía.
- Si la pensión de jubilación es mayor, se aplicará la nueva pensión.
El importe final dependerá del tiempo cotizado y la base reguladora.
¿Cuánto sube la incapacidad permanente total a los 60 años?
A partir de los 55 años, la pensión por incapacidad permanente total puede aumentar del 55% al 75% de la base reguladora si el beneficiario no tiene posibilidades de reinserción laboral. No hay un nuevo incremento automático al cumplir los 60 años. La pensión se mantiene con el complemento del 75% hasta que el beneficiario alcance la edad de jubilación.
¿La incapacidad permanente total cualificada es vitalicia?
Sí, pero con condiciones. La pensión por incapacidad permanente total es vitalicia mientras se mantenga la incapacidad y no haya cambios en la situación del beneficiario. Sin embargo, la Seguridad Social puede revisar la incapacidad y, en caso de mejoría, reducir o retirar la prestación.
¿Puedo trabajar si cobro la incapacidad permanente total cualificada?
No. El complemento del 20% adicional (para alcanzar el 75% de la base reguladora) se pierde si el beneficiario comienza a trabajar. En ese caso, la pensión volvería al 55% de la base reguladora.
Si decides trabajar en un empleo compatible con tu incapacidad, deberás comunicarlo a la Seguridad Social para evitar sanciones.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad permanente total y absoluta?
- Incapacidad permanente total: Impide trabajar en la profesión habitual, pero permite ejercer otro tipo de empleo.
- Incapacidad permanente absoluta: Impide realizar cualquier tipo de actividad laboral. En este caso, la pensión es del 100% de la base reguladora.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el complemento del 20% en la pensión?
Para acceder al incremento del 20%, debes cumplir estos requisitos:
- Haber sido reconocido con una incapacidad permanente total.
- Tener 55 años o más.
- No estar trabajando ni tener posibilidades reales de encontrar empleo.
- No haber alcanzado la edad de jubilación.
Es necesario presentar documentos que respalden la dificultad para acceder al empleo.
¿Se puede cobrar una pensión de viudedad y una de incapacidad permanente total a la vez?
Sí, son compatibles. La pensión por incapacidad permanente total puede cobrarse junto con la pensión de viudedad, siempre que el beneficiario cumpla los requisitos para ambas prestaciones.
No obstante, en algunos casos puede haber límites en la cuantía total percibida, dependiendo de la normativa vigente.
¿Qué pasa con la pensión por incapacidad si me jubilo anticipadamente?
Si accedes a la jubilación anticipada y estás cobrando una incapacidad permanente total, tu pensión se ajustará a la cuantía de jubilación correspondiente. Sin embargo, si la pensión de incapacidad es mayor que la de jubilación anticipada, podrías mantener el importe de la incapacidad.
Es recomendable asesorarse antes de tomar esta decisión, ya que cada caso es particular.
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