Permiso de lactancia: ¿son 15 días naturales o laborables?

El permiso de lactancia es un derecho fundamental para las personas trabajadoras con hijos menores de nueve meses. Sin embargo, cuando surge la opción de acumular este permiso en jornadas completas, aparece una duda común: ¿el cómputo debe hacerse en días naturales o laborables? Esta cuestión puede generar confusión, ya que la legislación no establece una fórmula única y depende de diferentes factores, como lo pactado en el convenio colectivo o los acuerdos con la empresa.

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Si te encuentras en esta situación y quieres saber cómo se aplica el permiso de lactancia, qué dice la normativa y cómo puedes beneficiarte de este derecho, sigue leyendo. Te lo explico con el máximo detalle para que puedas tomar decisiones informadas y evitar sorpresas.

¿Qué es el permiso de lactancia y en qué consiste?

El permiso de lactancia es un derecho recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a las personas trabajadoras con hijos menores de nueve meses ausentarse del trabajo para el cuidado del bebé. Tradicionalmente, este permiso se ha concebido como una reducción de jornada de una hora diaria, que puede dividirse en dos fracciones o acumularse en jornadas completas.

Se trata de un derecho individual e intransferible, lo que significa que tanto la madre como el padre pueden solicitarlo, siempre que ambos trabajen. Además, no es necesario que la lactancia sea natural; el objetivo es facilitar el cuidado del bebé en sus primeros meses de vida.

Modalidades de disfrute del permiso de lactancia

El permiso de lactancia puede disfrutarse de diferentes formas, según lo que establezca el convenio colectivo o el acuerdo con la empresa. Las opciones más comunes son:

  • Reducción de jornada: Se permite ausentarse del trabajo durante una hora diaria, que puede dividirse en dos fracciones de 30 minutos.
  • Acumulación en jornadas completas: Se convierten las horas de lactancia en días completos de permiso, lo que facilita una mayor conciliación familiar.
  • Reducción de jornada en media hora: En lugar de una hora, se reduce la jornada en 30 minutos, extendiendo el derecho más allá de los nueve meses del bebé.

Si optas por la acumulación, aquí es donde surge la gran duda: ¿los días acumulados son naturales o laborables?

¿Cómo se calcula el permiso de lactancia acumulado?

La clave para determinar si el permiso se disfruta en días naturales o laborables radica en lo pactado en el convenio colectivo y, en su defecto, en los acuerdos individuales con la empresa. No existe un criterio único en la ley, lo que deja margen para la negociación.

Veamos los dos escenarios posibles:

Cómputo en días naturales

Si el permiso de lactancia se concede en días naturales, significa que se contabilizan todos los días de la semana, incluidos fines de semana y festivos. Esto suele reducir el número total de jornadas de ausencia efectiva, ya que los días de descanso también se incluyen en el cálculo.

Por ejemplo, si el cálculo arroja 15 días naturales de permiso y tu jornada laboral es de lunes a viernes, en realidad solo estarás disfrutando de 11 días efectivos de descanso, ya que los fines de semana se contabilizan dentro del permiso.

Cómputo en días laborables

Si el permiso de lactancia se acumula en días laborables, se cuentan únicamente los días de trabajo efectivo, es decir, aquellos en los que realmente estarías trabajando. Esto significa que si trabajas de lunes a viernes, los fines de semana y festivos no se descuentan del cómputo total.

Siguiendo el ejemplo anterior, si se conceden 15 días laborables de permiso, disfrutarás de tres semanas completas sin trabajar (de lunes a viernes), lo que en la práctica supone una ausencia más prolongada en comparación con el cálculo en días naturales.

¿Qué dice la ley sobre el cómputo del permiso?

La legislación laboral en España no establece expresamente si el permiso de lactancia acumulado debe calcularse en días naturales o laborables. Sin embargo, el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores deja abierta la posibilidad de acumular el permiso en jornadas completas, siempre que así lo determine el convenio colectivo o se acuerde con la empresa.

Por lo tanto, la forma de cálculo dependerá de:

  • El convenio colectivo aplicable: En algunos sectores se especifica que el permiso se concederá en días laborables, mientras que en otros se opta por días naturales.
  • El acuerdo con la empresa: En ausencia de una regulación específica en el convenio, la empresa y la persona trabajadora pueden pactar la modalidad de disfrute.

En caso de duda, lo mejor es consultar el convenio colectivo o hablar directamente con el departamento de recursos humanos para aclarar la forma en la que se aplicará el permiso.

Diferencias entre días naturales y laborables: ¿cuál conviene más?

Desde el punto de vista de la persona trabajadora, acumular el permiso en días laborables es más beneficioso, ya que permite una ausencia efectiva más prolongada. Sin embargo, algunas empresas intentan aplicar el cálculo en días naturales para reducir el tiempo total del permiso.

Aquí te dejo una comparativa rápida para que lo veas más claro:

Criterio Días naturales Días laborables
Incluye fines de semana y festivos No
Número de días efectivos de ausencia Menor Mayor
Conveniencia para la persona trabajadora Menos favorable Más favorable

Si tu convenio colectivo no especifica la modalidad de cómputo, lo mejor es negociar con la empresa para aplicar el cálculo en días laborables, ya que maximiza el beneficio del permiso.

¿Qué hacer si la empresa impone un cómputo desfavorable?

Si la empresa insiste en aplicar el cálculo en días naturales sin que haya una base legal o un convenio que lo respalde, tienes varias opciones:

  • Revisar el convenio colectivo: Antes de aceptar cualquier cálculo, revisa el convenio para ver si se establece algún criterio específico.
  • Negociar con la empresa: Puedes intentar llegar a un acuerdo más favorable, argumentando la falta de una norma clara y los precedentes en otros sectores.
  • Reclamar ante la Inspección de Trabajo: Si la empresa impone una modalidad que consideras injusta, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.
  • Recurrir a la vía judicial: En última instancia, puedes acudir a los tribunales para hacer valer tu derecho. Existen precedentes en los que los jueces han fallado a favor del cómputo en días laborables.

El permiso de lactancia es un derecho esencial para la conciliación laboral y familiar, pero su acumulación en jornadas completas puede generar incertidumbre debido a la falta de una regulación clara sobre el cómputo en días naturales o laborables.

Si tienes la posibilidad de elegir, la opción de días laborables es la más ventajosa, ya que permite una ausencia efectiva mayor. Sin embargo, todo dependerá de lo que establezca el convenio colectivo o el acuerdo con la empresa.

Lo más recomendable es que antes de solicitar el permiso revises tu convenio, consultes con recursos humanos y, si es necesario, busques asesoramiento legal para asegurarte de que se respeten tus derechos. Con una buena planificación y el conocimiento adecuado, podrás disfrutar de este permiso en las mejores condiciones posibles.

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Preguntas frecuentes sobre el permiso de lactancia

¿Cómo puedo saber cuántos días de lactancia me corresponden?

El cálculo del permiso de lactancia acumulado depende del número de días laborables desde la reincorporación tras la baja por maternidad hasta que el bebé cumple nueve meses. Para saber cuántos días te corresponden, revisa tu convenio colectivo, ya que algunos establecen una conversión específica de las horas en días completos. Si no hay una regulación específica en tu convenio, deberás acordarlo con tu empresa.

¿Cómo se calculan los días de permiso de lactancia?

Para calcular los días de permiso acumulado, se parte del derecho a una hora de ausencia diaria hasta que el bebé cumple nueve meses. Esta hora puede traducirse en jornadas completas de descanso. Por lo general, se suman las horas totales y se dividen entre la duración de la jornada laboral, obteniendo así los días correspondientes. El cálculo puede variar dependiendo de si se aplican días naturales o laborables.

¿Quién me paga los 15 días de lactancia?

El permiso de lactancia es un derecho retribuido, lo que significa que es la empresa la que asume el pago del salario durante esos días. No se trata de una prestación de la Seguridad Social, sino de un permiso que el empleador debe conceder sin reducción de salario.

¿Cómo se cuentan los 15 días de lactancia?

El cómputo de los días de lactancia acumulada dependerá de si se consideran días laborables o días naturales. Si se cuentan en días laborables, solo se incluyen los días de trabajo efectivo, excluyendo fines de semana y festivos. Si se cuentan en días naturales, se incluyen todos los días de la semana, lo que reduce la cantidad de jornadas efectivas de descanso.

¿Puedo elegir entre días naturales o laborables?

No siempre. La forma de cómputo (naturales o laborables) depende de lo que establezca tu convenio colectivo o el acuerdo con la empresa. En la mayoría de los casos, el convenio define si se deben contar días laborables o naturales. Si no hay mención expresa, puedes negociar con tu empresa para optar por la modalidad que más te convenga.

¿Puedo solicitar el permiso de lactancia si trabajo a media jornada?

Sí. El permiso de lactancia es un derecho reconocido tanto para trabajadores a jornada completa como parcial. Sin embargo, el cálculo de las horas y su acumulación puede verse ajustado proporcionalmente en función de la reducción de jornada.

¿Qué pasa si la empresa no me permite acumular el permiso de lactancia?

La acumulación del permiso de lactancia no está garantizada por ley, sino que depende de lo pactado en el convenio colectivo o de un acuerdo con la empresa. Si tu convenio no prevé la acumulación y la empresa se niega a concederlo, podrías disfrutar del permiso en su formato tradicional (una hora diaria de ausencia). Si consideras que se están vulnerando tus derechos, puedes consultar con un abogado o presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo.

¿Puedo disfrutar del permiso de lactancia después de los nueve meses del bebé?

No. El permiso de lactancia solo puede disfrutarse hasta que el bebé cumple nueve meses. Si necesitas más tiempo de cuidado, podrías valorar otras opciones como una excedencia por cuidado de hijo o una reducción de jornada.

¿Pueden disfrutar del permiso de lactancia ambos progenitores?

Sí. Este es un derecho individual e intransferible, lo que significa que tanto la madre como el padre pueden solicitarlo si ambos trabajan. Sin embargo, no se puede transferir de un progenitor a otro.

¿Cómo debo solicitar el permiso de lactancia?

Para solicitar el permiso de lactancia, debes comunicarlo a tu empresa por escrito, indicando la modalidad de disfrute que deseas (diaria o acumulada). Lo ideal es presentar la solicitud con antelación suficiente para que la empresa pueda organizarse. En caso de acumulación, es recomendable adjuntar una referencia al convenio colectivo aplicable o, si no está regulado, negociar directamente con la empresa.

 

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