No hay prohibición legal
Empecemos por lo importante: ninguna norma impide a quien ha obtenido la exoneración del pasivo insatisfecho solicitar y obtener financiación.
La Ley Concursal regula los efectos de la exoneración sobre las deudas, no sobre la capacidad de contratar. Quien ha salido de un procedimiento de segunda oportunidad conserva plena capacidad jurídica.
Lo que sí hay, y es distinto, es una valoración de riesgo por parte de las entidades. Y ahí la respuesta depende menos de la ley que de cómo se presente cada caso.
Qué ve una entidad cuando te evalúa
Conviene conocerlo para poder trabajarlo.
De esa lista, dos elementos se pueden corregir de inmediato: la presencia en ficheros de morosos y la acreditación de ingresos.
- La publicidad del procedimiento concursal, que deriva de la propia ley y consta en el registro público correspondiente.
- Los ficheros de solvencia patrimonial, es decir, los registros de morosos, si todavía figuran datos.
- La información interna de la propia entidad, si hubo incidencias con ella.
- Los ingresos actuales, su estabilidad y su acreditación.
- El nivel de endeudamiento vivo y la capacidad de pago.
Salir de los ficheros de morosos
Es el primer trámite que conviene hacer, y no siempre ocurre solo.
Obtenida la exoneración, la deuda que justificaba la inscripción ha quedado extinguida. Procede por tanto solicitar la cancelación del dato al responsable del fichero, aportando la resolución.
El derecho de supresión está reconocido en la normativa de protección de datos, y la inscripción en un fichero de solvencia exige que la deuda sea cierta, vencida y exigible. Una deuda exonerada ya no lo es.
Si la entidad o el fichero no atienden la solicitud, cabe reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Conviene comprobarlo activamente: mucha gente descubre años después que seguía figurando porque nadie solicitó la baja.
Cómo reconstruir el historial
No hay atajos, pero sí un orden que funciona.
Ese último punto suele funcionar mejor de lo que se cree. Una exoneración cumplida y documentada, con ingresos estables posteriores, es una historia de recuperación, no un antecedente oculto.
- Domiciliar la nómina o los ingresos regulares en una entidad y mantener movimiento estable.
- Cumplir con puntualidad las obligaciones que hayan quedado vivas tras la exoneración.
- Evitar descubiertos y devoluciones de recibos, que son lo que más penaliza.
- Empezar por productos pequeños y cumplirlos: una financiación de consumo modesta bien atendida construye historial.
- Reunir documentación que acredite ingresos estables durante un periodo razonable.
- Explicar la situación cuando proceda, con la resolución de exoneración en la mano.
Los créditos que conviene evitar
Quien sale de una insolvencia es, precisamente, el público objetivo de la financiación más cara del mercado. Merece la pena advertirlo.
Las ofertas de crédito inmediato sin comprobación de solvencia, los préstamos con intereses muy por encima del mercado y las reunificaciones de deuda con comisiones elevadas suelen agravar la situación que se acaba de resolver.
Conviene recordar que existe un marco de protección: la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo y la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario imponen obligaciones de información precontractual y de evaluación de la solvencia. Un prestamista que no evalúa la solvencia no está protegiendo al cliente: está trasladándole todo el riesgo.
Una hipoteca tras la exoneración
Es posible, y conviene ser realista sobre las condiciones.
Las entidades suelen pedir un periodo de estabilidad posterior a la exoneración, ingresos acreditados y, con frecuencia, una aportación de fondos propios mayor de la habitual. La Ley 5/2019 exige además una evaluación de solvencia rigurosa y una información precontractual detallada, con el acta notarial previa que la norma prevé.
Lo que mejora las posibilidades es el tiempo transcurrido, la estabilidad del ingreso y la ausencia de nuevas incidencias. Lo que las empeora es intentarlo demasiado pronto y acumular consultas denegadas.
Seguir leyendo
Sobre cuestiones próximas a esta, puede interesarte Qué pasa después de la segunda oportunidad, Ventajas e inconvenientes de la segunda oportunidad y Cómo salir de ASNEF y de otros ficheros de morosos.
Si el asunto es tuyo y quieres revisarlo con alguien, esta materia se trata en el área de Ley de Segunda Oportunidad de EOM.
Fuentes y fecha de revisión
Contenido contrastado el . La normativa y su aplicación pueden cambiar.