¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo? Una guía completa
Cuando llega el momento de la jubilación o de acceder a otro tipo de pensión pública, como la de viudedad o la de incapacidad, es muy frecuente que surjan múltiples dudas. No es para menos: el sistema de pensiones puede resultar complejo, repleto de requisitos, particularidades y procedimientos que a menudo parecen difíciles de interpretar si no se cuenta con el asesoramiento adecuado. Entre las inquietudes más comunes se encuentra el llamado complemento por hijo, un incremento en la cuantía mensual de la prestación que se otorga a determinados pensionistas con el objetivo de reconocer y compensar el esfuerzo económico que supone la crianza y el cuidado de los descendientes. Ahora bien, ¿quién tiene derecho realmente a este complemento? ¿Existen condiciones específicas en función del tipo de pensión o del número de hijos? ¿Pueden solicitarlo tanto hombres como mujeres? ¿Qué ocurre con los pensionistas que ya venían percibiendo complementos similares con anterioridad? Y, por supuesto, ¿cuáles son los pasos y documentación necesarios para solicitarlo?
Contacta ahora con tu abogado
El objetivo de este artículo es responder de forma clara y rigurosa a todas esas preguntas. A lo largo de las próximas líneas, entraremos en detalle acerca de qué pensionistas pueden solicitar el complemento por hijo, cuáles son las circunstancias personales y familiares que deben concurrir, cómo ha evolucionado esta figura con el tiempo y qué consideraciones legales y prácticas conviene tener en cuenta. Además, abordaremos las situaciones especiales que pueden darse en familias monoparentales, en el caso de adopciones, así como la compatibilidad con otras prestaciones. La idea es que, al finalizar la lectura, dispongas de una visión completa y confiable que te permita conocer a fondo esta cuestión y, si lo necesitas, encaminar tus pasos hacia la solicitud del complemento con mayor seguridad y tranquilidad.
El contexto del complemento por hijo en el sistema de pensiones
El complemento por hijo que pueden solicitar determinados pensionistas surge del reconocimiento de que la maternidad y la paternidad conllevan no solo un esfuerzo emocional y personal, sino también un impacto económico significativo a lo largo de la vida laboral. Las interrupciones en la carrera profesional, la reducción de jornadas laborales, las renuncias a promociones o ascensos para cuidar a los pequeños y otras muchas situaciones derivadas de la crianza pueden conllevar, a largo plazo, una merma en las bases de cotización y, por ende, en la cuantía final de las pensiones.
Con el objetivo de paliar esta brecha —especialmente aguda en el caso de las mujeres, aunque con el tiempo se ha buscado equilibrar su aplicación—, el legislador ha previsto la existencia de un suplemento económico que reconoce el peso de la familia en la construcción del futuro sistema de protección social. Este complemento ha experimentado cambios normativos en los últimos años, pasando de ser un complemento de maternidad exclusivo para mujeres, a ser un complemento por hijo que puede beneficiar también a determinados hombres si se dan las condiciones establecidas por la ley.
Es importante resaltar que el complemento por hijo no se aplica automáticamente a todas las personas que hayan tenido descendencia. Existe una serie de requisitos y límites que acotan su ámbito de aplicación, con el fin de responder a la finalidad original de la norma: compensar la pérdida de ingresos por las responsabilidades familiares que han influido en la vida laboral. Por tanto, antes de solicitar este suplemento, conviene detenerse a estudiar si se cumplen las condiciones y qué implicaciones conlleva su concesión.
Tipos de pensiones que pueden dar derecho al complemento por hijo
No todos los pensionistas pueden acceder a este complemento. De acuerdo con la legislación vigente, las principales prestaciones que pueden incorporar el complemento por hijo son:
- Pensión de jubilación contributiva: En este caso, el complemento se asocia a aquellos pensionistas que se retiran tras una larga vida laboral en la que la crianza de los hijos pudo generar discontinuidades o reducciones en las cotizaciones.
- Pensión de incapacidad permanente contributiva: Los pensionistas que acceden a esta prestación por haber sufrido un accidente laboral, una enfermedad profesional o una enfermedad común que les impida continuar trabajando también pueden, en determinadas situaciones, beneficiarse del complemento por hijo. La condición es que dicha incapacidad permanente cumpla con los requisitos legales y que la persona haya visto su carrera cotizada afectada por el cuidado de hijos.
- Pensión de viudedad: En el caso de las prestaciones de viudedad, las personas beneficiarias pueden percibir este complemento si se cumplen los requisitos, siempre que la situación familiar haya tenido impacto en el momento de generar la pensión original.
En resumen, no se limita exclusivamente a la jubilación, sino que también abarca otras pensiones contributivas relevantes dentro del sistema.
La evolución normativa: del complemento de maternidad al complemento para la reducción de la brecha de género
Tradicionalmente, el complemento por hijo se concebía como un complemento de maternidad, destinado casi en exclusiva a las mujeres pensionistas. Su finalidad inicial era reconocer que, estadísticamente, las mujeres sufren más interrupciones en sus carreras profesionales y obtienen pensiones más bajas debido a su dedicación al cuidado de la familia. Sin embargo, con el paso del tiempo y tras diversas sentencias judiciales a nivel europeo, se consideró necesario revisar y ampliar la norma para que también ciertos hombres pudieran acceder a este tipo de incrementos. Esto ha dado lugar al llamado complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones, que, aunque conserva el espíritu inicial, ajusta las condiciones y extensión del derecho.
En la actualidad, el complemento para la reducción de la brecha de género se configura como un incremento de la cuantía de la pensión destinado a aquellas personas que han visto mermada su carrera de cotización por el hecho de tener hijos. En principio, la norma está diseñada para que puedan beneficiarse del complemento quienes tengan uno o más hijos, siempre y cuando se cumplan determinados supuestos que demuestren esa afectación laboral negativa. Este cambio normativo busca equilibrar la situación, de modo que no solo las mujeres, sino también los hombres que se hayan dedicado intensamente al cuidado de sus descendientes, puedan ver reconocida su aportación.
¿Quién puede solicitar el complemento por hijo? Requisitos y condiciones
Para que puedas solicitar el complemento por hijo en tu pensión, es necesario que se den ciertas circunstancias. No se trata de un derecho automático por el simple hecho de tener hijos, sino que la norma exige la concurrencia de una serie de requisitos:
- Ser titular de una pensión contributiva: El complemento solo se aplica a pensiones contributivas, es decir, aquellas derivadas de haber cotizado durante un determinado número de años. Por tanto, no se aplica a pensiones no contributivas, asistenciales u otras modalidades que no estén vinculadas a una vida laboral con cotizaciones previas.
- Haber tenido uno o más hijos: El hecho de la maternidad o paternidad es el elemento central. Si no se tienen hijos, no procede la solicitud del complemento. Además, la norma aplica tanto a hijos biológicos como a hijos adoptados. La adopción tiene el mismo efecto a la hora de generar el derecho.
- Acreditar que la crianza de los hijos ha afectado a la carrera de cotización: Este es un punto clave. No basta con ser padre o madre; el legislador pretende compensar una pérdida efectiva en la carrera profesional provocada por la dedicación al cuidado familiar. Este impacto puede manifestarse de diversas formas, por ejemplo, en una reducción de la base reguladora de la pensión al haberse trabajado menos años o con menor salario a consecuencia de haber cuidado a los hijos.
- Cumplir con las condiciones concretas según el tipo de pensión: Dependiendo de si se trata de jubilación, incapacidad o viudedad, pueden existir matices específicos. Por ejemplo, en el caso de la jubilación, el complemento se concede si el progenitor demuestra que su carrera profesional se vio afectada negativamente; en incapacidad permanente, habrá que analizar cómo influyeron los periodos de crianza en las bases de cotización; y en la viudedad, si el causante y el beneficiario cumplen con la normativa vigente.
- Las situaciones de hombres que solicitan el complemento: Por regla general, este complemento no era inicialmente accesible a los hombres. No obstante, tras diversos cambios normativos y jurisprudenciales, hoy en día ciertos hombres pueden solicitarlo si acreditan que su vida laboral ha sufrido una merma por la dedicación al cuidado de los hijos y que, en comparación con la pensión que hubiesen tenido sin dichas obligaciones, han resultado perjudicados económicamente. Conviene informarse a fondo, ya que las condiciones para que un hombre acceda al complemento suelen ser estrictas y están sujetas a interpretaciones legales y requisitos concretos.
La cuantía del complemento por hijo y su actualización
La cuantía del complemento por hijo se fija cada año mediante las normas de revalorización de las pensiones. No se trata de una cantidad aleatoria; la ley y las disposiciones reglamentarias correspondientes establecen el importe exacto o la forma de calcularlo. Por lo general, cada hijo da derecho a un incremento, aunque el legislador suele fijar un límite máximo, ya que se pretende equilibrar la mejora de las pensiones con la sostenibilidad del sistema.
Este complemento se añade a la pensión base una vez reconocida, incrementando así la cuantía mensual que recibe el beneficiario. Asimismo, se revaloriza conforme a las reglas generales de revalorización de las pensiones, lo que significa que puede aumentar ligeramente cada año en función del índice de revalorización que se aplique.
Cabe subrayar que el complemento no es independiente de la pensión, sino que forma parte de ella. Por lo tanto, a efectos prácticos, se verá reflejado en la nómina de la pensión como un concepto adicional. Esto también significa que cualquier modificación en la situación del beneficiario que afecte a la pensión (por ejemplo, pasar de una incapacidad permanente a la jubilación, si se cumplen los supuestos) podría repercutir en la vigencia y cuantía del complemento.
El procedimiento para solicitar el complemento: pasos, plazos y documentación
Si consideras que cumples las condiciones para solicitar el complemento por hijo en tu pensión, el primer paso es informarte bien. Puedes acudir a un profesional especializado, como un abogado o un graduado social, que te asesore sobre la procedencia y conveniencia de iniciar el trámite. Sin embargo, es perfectamente posible que gestiones la solicitud personalmente si así lo deseas.
Generalmente, el complemento por hijo se solicita en el mismo momento de tramitar la pensión. Es decir, cuando presentas la solicitud de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, puedes incluir ya la petición del complemento. De este modo, la administración que gestiona las pensiones valorará tanto la prestación principal como el suplemento. En caso de que al reconocer la pensión no se haya pedido el complemento, podría solicitarse con posterioridad, pero es preferible hacerlo de inicio para agilizar el procedimiento.
La documentación necesaria variará según el supuesto, pero en líneas generales deberás aportar:
- Certificados de nacimiento o documentación acreditativa de la filiación de los hijos, incluyendo la adopción si procede.
- Justificantes que acrediten la merma en la carrera de cotización, como podría ser la vida laboral, documentos que muestren periodos sin cotización o reducciones de jornada por cuidado de hijos, informes sobre reducciones de salario o retenciones en la promoción profesional, entre otros.
- Resguardo de la solicitud y formularios oficiales que la administración competente requiera.
El plazo de resolución depende en gran medida de la carga de trabajo de la administración y de la complejidad de la situación. Normalmente, se resuelve en un plazo razonable, pero si la administración necesita verificar datos o si la situación es especialmente compleja, podría demorarse. En cualquier caso, si la resolución es favorable, el complemento se abonará con efectos desde la fecha que corresponda según la normativa, pudiendo incluir algún tipo de retroactividad si la solicitud se presentó dentro del plazo legal.
¿Qué sucede si ya estabas percibiendo un complemento de maternidad?
En el pasado, muchas mujeres pensionistas recibían un complemento de maternidad que era más restrictivo y solo beneficiaba a las madres. Con la llegada de las nuevas normas y la sustitución del complemento de maternidad por el complemento para la reducción de la brecha de género, muchas se preguntan qué ocurre con su situación.
Por lo general, las beneficiarias del antiguo complemento de maternidad siguen teniendo reconocido su derecho. Sin embargo, es posible que, en función de la nueva normativa, puedan optar por el complemento más actual si éste resulta más ventajoso. En estos casos, conviene analizar con atención la situación individual, pues a veces mantener el antiguo complemento puede ser más favorable que actualizarse al nuevo, dependiendo de las condiciones y cantidades implicadas.
Cada caso puede presentar matices: si la normativa transitoria así lo establece, podrías mantener el complemento antiguo, actualizarlo o cambiar al nuevo. Lo recomendable es evaluar las opciones con asesoramiento profesional, teniendo en cuenta el importe de la pensión, el número de hijos, la fecha en que se inició el cobro de la pensión y las disposiciones legales vigentes en cada momento.
¿Puede un hombre solicitar el complemento por hijo? Situaciones especiales
Una de las preguntas más frecuentes es si un hombre puede solicitar este complemento. Aunque inicialmente el complemento estaba diseñado solo para mujeres, como medida para reducir la brecha de género en las pensiones, la jurisprudencia y la normativa se han adaptado. Hoy en día, es posible que un hombre con hijos solicite este complemento si demuestra que ha sufrido una penalización en su carrera de cotización por el cuidado de los descendientes. El objetivo de la norma es centrarse en la causa (la merma en la pensión a causa de la paternidad y el cuidado de los hijos), y no tanto en el género.
Eso sí, la carga de la prueba para los hombres suele ser más compleja. Habrá que acreditar, por ejemplo, que el hombre se ha encargado mayoritariamente del cuidado de los hijos y que ello ha supuesto interrupciones o reducciones en su vida laboral. Casos típicos podrían ser hombres que hayan reducido su jornada para el cuidado de los pequeños, renunciado a un ascenso profesional o dejado de trabajar durante un tiempo significativo para cuidar a sus hijos. En definitiva, la clave está en demostrar la relación causa-efecto entre la crianza y la menor cotización.
Compatibilidad del complemento con otras prestaciones
Una duda bastante extendida es si este complemento es compatible con otras ayudas o prestaciones sociales. Como regla general, el complemento por hijo forma parte de la pensión principal, por lo que no se considera una prestación independiente. Esto significa que es perfectamente compatible con la percepción de la pensión a la que va asociado. Pero, ¿y con otros complementos o ayudas?
Por lo general, el complemento por hijo se entiende como una mejora de la pensión principal, no como un beneficio que deba ser sumado a otros de distinta índole, y por ello no suele excluir la percepción de otras ayudas sociales, siempre que se cumplan los requisitos. No obstante, cada prestación tiene sus propias condiciones. Por ejemplo, si se percibe una ayuda asistencial sujeta a límites de ingresos, el hecho de sumar el complemento por hijo podría alterar el cómputo total de ingresos y, por ende, la elegibilidad para otras ayudas. En estos casos conviene informarse con detalle para evitar sorpresas desagradables en el futuro.
Situaciones de adopción y familias monoparentales
La norma que regula el complemento por hijo no distingue entre hijos biológicos y adoptados. Por ello, si tienes hijos adoptados y se cumplen los demás requisitos, podrás solicitar el complemento sin ningún problema. La adopción se equipara plenamente a la filiación biológica a efectos de los derechos a complementos en las pensiones.
En cuanto a las familias monoparentales, el complemento no se concede únicamente en el caso de que existan dos progenitores. Si eres madre o padre soltero, viudo, divorciado o separado, y has asumido en solitario la crianza de tus hijos con el impacto que ello conlleva en tu trayectoria profesional, también puedes tener derecho al complemento. Lo importante, una vez más, es demostrar la merma en la carrera laboral.
Posibles motivos de denegación del complemento
Aunque cumplas con parte de los requisitos, es posible que tu solicitud del complemento sea denegada por la administración. Entre las razones más frecuentes se encuentran:
- No aportar la documentación completa y adecuada. Por ejemplo, si no se acredita correctamente la filiación de los hijos o la adopción.
- No demostrar suficientemente el perjuicio laboral sufrido. Si la administración concluye que, pese a tener hijos, tu carrera de cotización no se vio afectada de forma significativa, podría denegarte el complemento.
- Solicitar el complemento en una pensión que no sea contributiva o que no cumpla las condiciones establecidas por la ley.
- Superar ciertos umbrales o no ajustarse a los criterios específicos de la normativa en vigor.
Si recibes una denegación, siempre tienes la opción de recurrir, presentando alegaciones o interponiendo un recurso administrativo y, en última instancia, acudir a la vía judicial. En estos casos, contar con un asesoramiento jurídico experto te será de gran ayuda para defender tus derechos.
La importancia de asesorarse antes de iniciar la solicitud
El complemento por hijo puede suponer una cantidad adicional que mejore de forma sustancial la cuantía mensual de la pensión, lo que se traduce en una mayor tranquilidad económica. Sin embargo, su tramitación no siempre es sencilla, ya que exige un profundo conocimiento de la normativa y la capacidad de demostrar cómo la crianza influyó negativamente en la vida laboral.
Por ello, si tienes dudas, es muy recomendable que te asesores con un abogado especializado en derecho de la Seguridad Social o con un graduado social con amplia experiencia. Un buen profesional sabrá indicarte si cumples con los requisitos, qué documentación preparar, cómo presentar la solicitud de la manera más ordenada y qué argumentos emplear para reforzar tu petición. Además, en caso de denegación, contar con un experto aumentará tus probabilidades de éxito en un eventual recurso.
El complemento por hijo en las pensiones supone el reconocimiento jurídico y económico del esfuerzo que supone la crianza en la vida laboral de padres y madres. Aunque históricamente se enfocaba exclusivamente en las mujeres, la normativa se ha ido adaptando con el paso del tiempo, abriendo la puerta a que determinados hombres, que puedan demostrar la afectación a su carrera laboral, también lo soliciten.
Este complemento no es universal ni automático. Para obtenerlo, es preciso cumplir con una serie de requisitos, entre los que destacan el hecho de ser titular de una pensión contributiva, haber tenido hijos (biológicos o adoptados) y acreditar la merma en las cotizaciones provocada por las responsabilidades familiares. La cantidad que se percibe se suma a la pensión principal y se actualiza periódicamente, en línea con las revalorizaciones generales.
La solicitud se puede presentar al mismo tiempo que se tramita la pensión o con posterioridad, aportando la documentación necesaria y cumpliendo con las condiciones que exige la ley. Si en su momento ya se estaba recibiendo un complemento de maternidad antiguo, conviene estudiar la posibilidad de optar por el nuevo complemento para la reducción de la brecha de género, valorando el impacto económico de cada opción.
En caso de duda, lo más sensato es buscar asesoramiento especializado. Un abogado experto o un graduado social podrán orientarte acerca de la viabilidad de la solicitud, las pruebas que debes reunir y los trámites a seguir para lograr el reconocimiento del complemento.
En definitiva, el complemento por hijo constituye una herramienta valiosa para muchos pensionistas que han dedicado una parte importante de su vida al cuidado de sus hijos, sacrificando parte de su carrera laboral. Con la información adecuada, la preparación de la documentación y el asesoramiento oportuno, podrás encarar esta solicitud con mayor confianza y, con un poco de suerte, ver incrementada tu pensión mensual. De esta forma, el sistema no solo reconoce el trabajo profesional de toda una vida, sino también la importancia esencial del cuidado de la familia en la sociedad.
Contactar con EOM Equipo jurídico