Cómo saber si el INSS me ha dado el alta médica: Guía completa 2025
Recibir el alta médica de la Seguridad Social puede generar muchas dudas. Durante mis años como asesor en temas de incapacidad laboral, he visto cómo esta situación suele pillar por sorpresa a muchos trabajadores. En este artículo, te explicaré detalladamente cómo puedes comprobar si el INSS te ha dado el alta médica, qué debes hacer cuando la recibas y cómo proceder si no estás de acuerdo.
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Entender estos procedimientos es fundamental, ya que una vez notificada el alta médica, tienes plazos muy estrictos tanto para reincorporarte al trabajo como para impugnarla si lo consideras necesario. Con la información adecuada, podrás gestionar esta situación con mayor seguridad y conocimiento de tus derechos.
¿Qué es el alta médica del INSS y cómo funciona?
El alta médica es el documento oficial que determina que un trabajador está en condiciones de reincorporarse a su actividad laboral tras un periodo de incapacidad temporal. Es importante distinguir entre las altas emitidas por diferentes organismos:
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede emitir altas médicas en diferentes circunstancias, siendo las más comunes:
- Tras revisiones periódicas de tu estado de salud
- Al alcanzar el límite de 365 días de baja médica
- Después de valorar informes médicos solicitados
- Tras propuestas de alta de las mutuas colaboradoras
Cuando el INSS determina que estás en condiciones de trabajar, inicia el procedimiento de notificación del alta médica. Este proceso tiene efectos inmediatos sobre tu situación laboral y económica, ya que supone el fin de la prestación por incapacidad temporal y la obligación de reincorporarte al trabajo.
He observado que muchos trabajadores confunden las competencias del INSS y de los servicios públicos de salud. Es fundamental entender que a partir del día 365 de baja médica, es el INSS quien tiene la competencia exclusiva para determinar si continúas en situación de incapacidad temporal, si te conceden una prórroga, si inicias un expediente de incapacidad permanente o si te dan el alta médica.
Métodos oficiales para comprobar si te han dado el alta médica
Existen diversas vías para verificar si el INSS te ha dado el alta médica. Basándome en mi experiencia, te recomiendo utilizar más de un método para asegurarte de no pasar por alto ninguna notificación:
Sede Electrónica de la Seguridad Social
La forma más rápida y fiable de consultar tu situación es a través de la Sede Electrónica:
- Accede a la página web oficial de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es)
- Identifícate mediante certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico
- Navega hasta la sección «Mis expedientes administrativos» o «Consulta de expedientes»
- Busca el apartado específico de incapacidad temporal
- Revisa el estado actual de tu expediente y las últimas actualizaciones
Esta vía te permite acceder a la información en cualquier momento y conservar un registro digital de las notificaciones recibidas, algo que siempre aconsejo a mis clientes para evitar problemas futuros.
Aplicaciones móviles oficiales
La Seguridad Social ha modernizado sus sistemas y ahora ofrece varias aplicaciones móviles útiles:
- Informe de situación: Permite consultar el estado de tus expedientes de incapacidad temporal
- ImportSS: Facilita el acceso a tus datos personales y prestaciones
Las aplicaciones son especialmente útiles para recibir notificaciones instantáneas sobre cambios en tu situación. Recomiendo configurar correctamente las notificaciones para no perder información importante.
Notificaciones por SMS
El INSS ha implementado un sistema de notificaciones vía SMS para comunicar el alta médica. Este mensaje suele contener:
- Una referencia al alta médica concedida
- La fecha efectiva del alta
- Instrucciones básicas sobre los siguientes pasos
Es importante saber que el SMS tiene carácter informativo pero no sustituye a la notificación oficial. Sin embargo, debe tomarse como un aviso serio de que el proceso de alta ha comenzado.
Notificación postal
La vía tradicional sigue siendo la notificación por correo postal certificado:
- El INSS envía una carta certificada a tu domicilio
- Si no estás presente, recibirás un aviso para recoger la notificación en la oficina postal
- Tienes un plazo limitado para recogerla; si no lo haces, se considerará notificada igualmente
En mi experiencia, muchos problemas surgen cuando los trabajadores no recogen estas notificaciones a tiempo. Recuerda que el hecho de no recoger la notificación no impide que sus efectos legales comiencen a correr.
Consulta telefónica
También puedes llamar directamente al INSS:
- Teléfono general: 901 502 050
- Línea de atención específica para incapacidad temporal (consultar en la web oficial del INSS)
Al llamar, necesitarás identificarte con tu DNI y otros datos personales. Esta vía es útil como complemento, pero siempre recomiendo obtener algún tipo de confirmación escrita.
¿Qué hacer cuando recibes la notificación del alta médica?
Cuando confirmes que el INSS te ha dado el alta médica, es crucial actuar con rapidez:
Plazos para la reincorporación laboral
Tras recibir el alta médica del INSS, debes reincorporarte a tu puesto de trabajo el día hábil siguiente. Este es un punto que genera mucha confusión, pero la normativa es clara al respecto:
- Si recibes la notificación un lunes, deberías reincorporarte el martes
- Si la recibes un viernes, lo harías el lunes siguiente
- Si cae en víspera de festivo, te reincorporarías el primer día laborable
He visto casos de trabajadores que, por desconocimiento, han retrasado su reincorporación y se han enfrentado a problemas disciplinarios con su empresa. No arriesgues tu puesto de trabajo por esta razón.
Comunicación con la empresa
La comunicación con tu empleador es fundamental:
- Informa a tu empresa inmediatamente sobre la recepción del alta médica
- Solicita detalles sobre cómo proceder para la reincorporación
- Conserva prueba de esta comunicación (email, WhatsApp, etc.)
Un consejo práctico: envía siempre un correo electrónico a tu empresa confirmando la fecha de reincorporación, incluso si ya lo has comunicado por teléfono. Esto te servirá como prueba en caso de cualquier malentendido posterior.
Revisión médica por el servicio de prevención
En algunos casos, especialmente tras bajas prolongadas o por determinadas patologías, tu empresa puede requerir que pases una evaluación por parte del servicio de prevención de riesgos laborales antes de reincorporarte efectivamente:
- Esta revisión evalúa tu aptitud para el puesto
- Puede determinar la necesidad de adaptaciones del puesto de trabajo
- No reemplaza ni contradice el alta del INSS, pero complementa la información
Mi recomendación es que colabores plenamente con esta evaluación, ya que puede ayudar a que tu reincorporación sea más segura y adaptada a tu estado de salud actual.
¿No estás conforme con el alta médica? Cómo impugnarla
Si consideras que no estás en condiciones de volver al trabajo, puedes impugnar el alta médica. Este es un proceso que he acompañado muchas veces y que requiere actuar con rapidez y precisión:
Procedimiento de revisión del alta médica
Para impugnar un alta emitida por el INSS:
- Debes presentar la solicitud de revisión dentro de los 4 días naturales siguientes a la fecha de notificación
- La solicitud se presenta ante la Inspección Médica del Servicio Público de Salud
- Mientras se resuelve, debes reincorporarte al trabajo normalmente
En mi experiencia con estos casos, es crucial acompañar la solicitud con nueva documentación médica que respalde tu posición, preferiblemente de especialistas.
Efectos de la solicitud de revisión
Es importante entender qué ocurre cuando solicitas la revisión:
- La prestación por incapacidad temporal sigue suspendida
- Debes reincorporarte al trabajo mientras se resuelve
- Si se resuelve a tu favor, recuperarás retroactivamente los días de prestación
- Si se confirma el alta, continuarás trabajando normalmente
Muchos trabajadores creen erróneamente que pueden permanecer sin trabajar mientras se resuelve la impugnación, pero esto puede considerarse una falta laboral y tener consecuencias graves.
Vía judicial: demanda ante el Juzgado de lo Social
Si la revisión administrativa confirma el alta médica y sigues en desacuerdo:
- Puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social
- El plazo es de 30 días desde la notificación de la resolución de la revisión
- Es recomendable contar con asesoramiento legal especializado
Mi consejo en estos casos siempre es buscar un abogado especializado en Seguridad Social, ya que estos procedimientos tienen particularidades técnicas importantes.
Gestión de altas médicas en situaciones especiales
Hay situaciones que requieren consideraciones adicionales:
Alta médica estando en el extranjero
Si te encuentras en otro país cuando recibes el alta médica del INSS:
- Debes comunicarlo inmediatamente a la Seguridad Social y a tu empresa
- Los documentos médicos extranjeros deben estar traducidos oficialmente
- En muchos casos se requiere la apostilla de La Haya para validar los documentos
Un detalle importante: los plazos siguen siendo los mismos independientemente de dónde te encuentres, por lo que debes actuar con la misma celeridad.
Recaídas tras el alta médica
Si tras reincorporarte experimentas un empeoramiento de la misma patología:
- Si ocurre antes de 180 días, se considera recaída de la misma baja
- Esto afecta al cálculo de la prestación y a los plazos máximos
- Debes acudir a tu médico para que evalúe la situación
En mi experiencia profesional, es importante documentar bien cualquier síntoma o empeoramiento desde el primer día de la reincorporación, para facilitar el reconocimiento de la recaída si fuera necesario.
Alta médica y solicitud de incapacidad permanente
Si el INSS te da el alta médica pero crees que tu condición podría ser permanente:
- Puedes solicitar una valoración de incapacidad permanente
- Esta solicitud no suspende los efectos del alta médica
- Deberás reincorporarte al trabajo mientras se tramita el expediente
Un dato relevante: si has agotado el plazo máximo de incapacidad temporal (545 días) y el INSS decide no iniciar un expediente de incapacidad permanente, puedes solicitarlo tú mismo en un plazo de 30 días.
Herramientas digitales para gestionar tu proceso de alta médica
La digitalización ha traído nuevas herramientas que facilitan el seguimiento de estos procesos:
Cl@ve Permanente y certificado digital
Estas herramientas de identificación digital son fundamentales para:
- Acceder a tu expediente completo en la Sede Electrónica
- Realizar trámites como la solicitud de revisión del alta
- Recibir notificaciones electrónicas oficiales
Mi recomendación es obtener y activar cuanto antes estos sistemas de identificación, incluso antes de necesitarlos, para evitar problemas de acceso en momentos críticos.
Carpeta ciudadana y otros servicios digitales
La carpeta ciudadana centraliza todas tus interacciones con las administraciones públicas:
- Notificaciones pendientes de lectura
- Expedientes en trámite
- Documentos oficiales recibidos
He observado que quienes utilizan regularmente estos servicios digitales suelen enfrentarse a menos problemas de comunicación con el INSS.
Gestión documental personal
Es fundamental crear un sistema personal de gestión documental:
- Guarda copias de todas las notificaciones y comunicaciones
- Archiva los informes médicos cronológicamente
- Documenta cada interacción con el INSS (fecha, hora, persona, asunto tratado)
Esta organización puede parecer excesiva, pero en caso de conflicto, tener toda la documentación ordenada puede marcar la diferencia.
Mitos y realidades sobre el alta médica del INSS
A lo largo de mi carrera he escuchado muchas confusiones sobre este tema. Aclaremos algunas:
«Si no recojo la notificación, no se considera notificada»
Falso. Tras el segundo intento de entrega y el aviso correspondiente, la notificación se considera realizada a todos los efectos legales. No recogerla solo te perjudica, ya que empiezan a correr los plazos sin que conozcas el contenido exacto.
«Mi médico de cabecera puede anular el alta del INSS»
Falso. El médico de atención primaria no puede contrarrestar una decisión del INSS. Lo que sí puede hacer es emitir informes que apoyen tu solicitud de revisión del alta médica.
«Puedo solicitar una nueva baja por la misma patología tras el alta»
Parcialmente cierto. Si tu médico considera que hay un empeoramiento significativo, puede emitir una nueva baja, pero si es por la misma patología y dentro de los 180 días siguientes al alta, se considerará recaída y estará sujeta a revisión especial por parte del INSS.
«El alta médica significa que estoy completamente recuperado»
Falso. El alta médica indica que estás en condiciones de realizar tu trabajo habitual, no necesariamente que estés completamente recuperado. Pueden quedar secuelas que no impidan el trabajo pero requieran seguimiento médico.
«Si impugno el alta puedo quedarme en casa hasta la resolución»
Absolutamente falso y peligroso. Debes reincorporarte al trabajo mientras se resuelve la impugnación, salvo que tu médico de cabecera emita una nueva baja por una patología diferente.
Preguntas frecuentes sobre el alta médica del INSS
¿Qué ocurre si el INSS me da el alta pero mi médico no está de acuerdo?
Tu médico de atención primaria puede emitir informes complementarios que apoyen tu solicitud de revisión del alta, pero no puede invalidar directamente la decisión del INSS. Deberás seguir el procedimiento formal de impugnación, presentando estos informes como documentación de respaldo. Mientras tanto, estás obligado a reincorporarte a tu puesto de trabajo.
¿Puedo pedir un alta voluntaria antes de que me la conceda el INSS?
Sí, puedes solicitar el alta voluntaria cuando consideres que estás en condiciones de trabajar. Sin embargo, debes tener en cuenta que esto puede tener consecuencias negativas si sufres una recaída, especialmente si posteriormente necesitas solicitar una incapacidad permanente. Mi recomendación profesional es consultar siempre con tu médico antes de solicitarla.
Si recibo el alta médica durante mis vacaciones, ¿qué debo hacer?
Si estabas de baja médica y recibes el alta durante un periodo de vacaciones ya aprobado por tu empresa, las vacaciones recuperan su efecto normal. No tendrás que reincorporarte hasta que finalice tu periodo vacacional. Sin embargo, debes comunicar inmediatamente esta situación a tu empresa para evitar malentendidos.
¿Qué sucede si mi empresa se niega a reincorporarme tras el alta médica?
Si tras presentarte a tu puesto de trabajo con el alta médica la empresa se niega a readmitirte, estás ante una situación grave que podría constituir un despido de facto. En estos casos, debes dejar constancia escrita de tu intento de reincorporación y consultar inmediatamente con un abogado laboralista, ya que podrías emprender acciones legales por despido improcedente.
¿Puede el INSS darme el alta si estoy pendiente de una operación quirúrgica?
El hecho de estar en lista de espera para una intervención quirúrgica no impide automáticamente que el INSS pueda darte el alta médica. Todo dependerá de si tu estado actual, independientemente de la operación pendiente, te permite desempeñar tu trabajo habitual. Si consideras que la operación es esencial para tu recuperación y que sin ella no puedes trabajar adecuadamente, deberás aportar informes médicos que lo justifiquen al impugnar el alta.
¿Cómo afecta el alta médica a mis prestaciones económicas?
El alta médica supone el fin inmediato de la prestación por incapacidad temporal. El último día que cobrarás será el día anterior a la fecha del alta. A partir del día del alta, si te reincorporas al trabajo, comenzarás a percibir tu salario normal. Si impugnas el alta y posteriormente se anula, tendrás derecho a recibir retroactivamente las prestaciones correspondientes al periodo en cuestión.
Recibir un alta médica del INSS supone un momento crucial que requiere atención y conocimiento de los procedimientos adecuados. Como hemos visto, existen múltiples canales para verificar si te han dado el alta médica, desde la Sede Electrónica hasta las notificaciones por SMS o correo postal.
La clave está en actuar con rapidez y conocimiento, respetando los plazos legales tanto para la reincorporación laboral como para una posible impugnación. Las herramientas digitales que la Seguridad Social pone a nuestra disposición facilitan enormemente estos trámites, por lo que recomiendo familiarizarte con ellas incluso antes de necesitarlas.
Si no estás conforme con el alta médica, recuerda que tienes derecho a impugnarla, pero siempre siguiendo los cauces oficiales y dentro de los plazos establecidos. Y lo más importante: mientras se resuelve cualquier reclamación, debes reincorporarte a tu puesto de trabajo salvo circunstancias muy específicas.
Mi experiencia me ha demostrado que quienes afrontan estas situaciones con información y organización consiguen resultados mucho más satisfactorios. Espero que esta guía te ayude a gestionar tu proceso de alta médica con mayor seguridad y conocimiento de tus derechos y obligaciones.
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