Si el INSS me da el alta y no puedo trabajar: qué hacer y qué derechos tienes

Recibir el alta médica por parte del INSS cuando todavía no te sientes en condiciones de reincorporarte al trabajo es una situación más común de lo que parece. Muchas personas se encuentran con esta problemática y no saben qué hacer, qué derechos tienen o cómo pueden impugnar la decisión. Si estás en esta situación, es fundamental que conozcas los pasos que puedes seguir y las opciones legales que tienes a tu disposición.

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Como abogado con más de 20 años de experiencia en derecho laboral y Seguridad Social, voy a explicarte de manera clara, detallada y práctica qué hacer si el INSS te da el alta y no puedes trabajar.

¿Qué significa que el INSS te dé el alta médica?

Cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emite un alta médica, significa que considera que ya no estás incapacitado para desempeñar tu actividad laboral y, por lo tanto, debes reincorporarte a tu puesto de trabajo. Sin embargo, en muchos casos, esta decisión no se ajusta a la realidad médica del trabajador y puede suponer un serio problema si no te sientes en condiciones para retomar tu actividad.

El alta médica puede ser emitida por:

  • Tu médico de cabecera, si la baja es inferior a los 365 días.
  • La mutua, en los casos en los que gestione tu incapacidad temporal (por accidente de trabajo o enfermedad profesional).
  • El INSS, cuando la baja médica ha superado los 365 días, ya que es el organismo que tiene la competencia exclusiva en estos casos.

Independientemente de quién la emita, lo importante es saber que puedes impugnar la decisión si consideras que no estás en condiciones de trabajar.

¿Qué hacer si te dan el alta y no puedes trabajar?

Si te encuentras en esta situación, lo primero es actuar con rapidez. No puedes simplemente no acudir a tu puesto de trabajo, ya que esto puede conllevar sanciones o incluso el despido disciplinario. Existen varias opciones que puedes considerar:

Solicitar una revisión médica

Si consideras que el alta médica no es correcta, lo primero que puedes hacer es acudir a tu médico de cabecera y explicarle tu situación. En algunos casos, el médico puede valorar si es necesario solicitar una nueva baja médica, aunque en la mayoría de los casos esto no es posible si el alta ha sido emitida por el INSS tras más de 365 días de baja.

También puedes acudir al servicio de prevención de riesgos laborales de tu empresa para que evalúe tu estado de salud y determine si puedes reincorporarte en las condiciones actuales.

Impugnar el alta médica

Si el INSS ha emitido el alta médica y consideras que no puedes reincorporarte al trabajo, puedes impugnar la decisión a través de un procedimiento administrativo. Este proceso se llama «reclamación previa» y es el primer paso para oponerte a la decisión del INSS.

¿Cómo se presenta la reclamación previa?

  • Plazo: dispones de 11 días hábiles desde la fecha del alta médica para presentar la reclamación.
  • Dónde presentarla: puedes hacerlo en las oficinas del INSS o de manera telemática a través de su sede electrónica.
  • Documentación: es recomendable adjuntar todos los informes médicos que justifiquen tu situación de incapacidad.

El INSS tiene un plazo de 7 días hábiles para responder. Si rechaza tu reclamación o no responde en ese plazo (silencio administrativo negativo), puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Presentar una demanda judicial

Si el INSS desestima la reclamación previa, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles. En este procedimiento, el juez analizará tu situación y podrá decidir si anula el alta médica y reconoce tu derecho a seguir de baja.

Este proceso puede tardar varios meses, por lo que en la mayoría de los casos es recomendable que, si puedes, intentes reincorporarte al trabajo mientras esperas la resolución judicial.

¿Puedo volver a pedir una baja médica después del alta?

Depende del motivo del alta. Si la baja médica fue emitida por el mismo motivo que la anterior, el médico de cabecera no puede volver a darte la baja salvo que haya una nueva recaída en los 180 días siguientes al alta. En ese caso, el INSS debería intervenir para determinar si corresponde una nueva incapacidad.

Sin embargo, si presentas una nueva patología distinta, entonces sí podrías solicitar una baja médica sin restricciones.

¿Qué pasa si no me reincorporo al trabajo tras el alta?

Si no impugnas el alta médica ni solicitas una nueva baja y decides no reincorporarte al trabajo, te expones a sanciones graves:

  • Faltas injustificadas, que pueden dar lugar a una suspensión de empleo y sueldo.
  • Despido disciplinario, si la empresa considera que el abandono del puesto es injustificado.
  • Pérdida de prestaciones, ya que al no acudir al trabajo se interpreta que renuncias a tu puesto.

Si realmente no puedes trabajar, es fundamental que sigas los procedimientos adecuados para evitar estas consecuencias.

¿Puedo solicitar la incapacidad permanente?

Si tu estado de salud es tal que no puedes reincorporarte al trabajo ni se prevé una mejoría en un futuro próximo, puedes solicitar la incapacidad permanente. Existen diferentes grados:

  • Incapacidad permanente parcial, si puedes seguir trabajando, pero con limitaciones.
  • Incapacidad permanente total, si no puedes desempeñar tu trabajo habitual, pero podrías trabajar en otro tipo de actividad.
  • Incapacidad permanente absoluta, si no puedes trabajar en ninguna actividad.
  • Gran invalidez, si necesitas ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria.

La solicitud de incapacidad permanente puede realizarse de manera paralela a la impugnación del alta médica, y es una opción que debes valorar si tu estado de salud lo justifica.

¿Qué hacer si la empresa no me acepta tras el alta?

En algunos casos, la empresa puede considerar que no estás en condiciones de reincorporarte y optar por:

  • Adaptar tu puesto de trabajo si es posible.
  • Iniciar un procedimiento de despido por ineptitud sobrevenida si se demuestra que no puedes realizar tu trabajo de manera efectiva.

Si la empresa opta por despedirte, tiene que justificarlo adecuadamente y correspondería una indemnización. En estos casos, es recomendable acudir a un abogado para valorar si se puede impugnar el despido.

Si el INSS te da el alta y no puedes trabajar, no estás indefenso. Existen procedimientos para impugnar el alta, reclamar la incapacidad permanente o incluso solicitar adaptaciones en tu puesto de trabajo. Sin embargo, es fundamental que actúes rápido, ya que los plazos para presentar reclamaciones son cortos.

Lo más recomendable en estos casos es que te asesores con un abogado especializado en derecho laboral para asegurarte de que sigues el camino adecuado y proteges tus derechos. No dejes que una decisión administrativa ponga en riesgo tu salud y tu estabilidad laboral.

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2 Comentarios

  • Joaquina
    2 de abril de 2025

    Me dieron de alta tribunal médico y no puedo trabajar estoy con sicólogo tengo artrosis reuma fibromialgia y me tienen que operar de tres hernia espalda y ponerme prótesis 🦿 tengo riego vascular me da ictus trombo y llevo dos años que me dieron de alta no puedo trabajar Hera camarera de pisos Hotel 🏩 me pueden devolver los atrasos

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