La fecha de tu pensión determina qué régimen estudiar
La expresión «complemento por paternidad» se utiliza para consultas que pueden corresponder a dos regímenes diferentes. Uno es el antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica. Otro es el complemento para reducir la brecha de género, aplicable a determinadas pensiones causadas desde el 4 de febrero de 2021.
La distinción importa porque cambian requisitos, cuantía y efectos. No basta con aplicar a cualquier pensionista una cantidad mensual por hijo y multiplicarla por cuatro años. Antes de calcular hay que leer la resolución de la pensión, su fecha y modalidad, además de comprobar qué complementos reciben ambos progenitores.
En EOM estudiamos el derecho, la documentación y la vía de solicitud o reclamación que corresponda. Puedes empezar indicando el tipo de pensión, cuándo se reconoció y si ya has recibido una respuesta sobre el complemento. El primer formulario no necesita datos personales de tus hijos ni documentación económica detallada.
Complemento para reducir la brecha de género
Este complemento se vincula a pensiones contributivas de jubilación, salvo la parcial, incapacidad permanente o viudedad causadas desde el 4 de febrero de 2021, bajo sus condiciones. Al acceder a jubilación plena desde una parcial puede estudiarse el reconocimiento si se cumplen los requisitos.
La información vigente de la Seguridad Social aplica el artículo 60 a hombres y mujeres en los mismos términos tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025. Dejan de exigirse a los hombres los requisitos adicionales que establecía el régimen declarado discriminatorio.
Eso no significa que todas las personas con hijos reciban automáticamente el complemento. Se revisan pensión, hijos que pueden computarse, situación del otro progenitor y demás condiciones. Existen exclusiones legales relacionadas, entre otras, con privación de patria potestad y determinadas condenas por violencia.
Cuantía de 2026 y límite de hijos
En 2026 el importe es de 36,90 euros mensuales por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Se abona con la pensión y dos pagas extraordinarias, por lo que un año completo a esa cuantía supone 516,60 euros por hijo computable. Son importes brutos de referencia.
Con dos hijos, la referencia es de 73,80 euros mensuales y 1.033,20 euros anuales; con tres, 110,70 y 1.549,80 euros; con cuatro o más, 147,60 y 2.066,40 euros. Estas cantidades describen la cuantía del régimen, no una resolución favorable en un caso concreto.
Los expedientes internacionales pueden tener prorrata según la pensión a la que acompaña el complemento. Además, un año incompleto, el reconocimiento al otro progenitor o los efectos temporales pueden cambiar lo que corresponda percibir. La calculadora de esta página se limita a la referencia general de 2026.
Si el otro progenitor ya cobra un complemento
Cada hijo da derecho a un único complemento de brecha de género. Si ambos progenitores lo solicitan o ya se ha reconocido a uno, deben aplicarse las reglas de atribución. La Seguridad Social atiende a la menor suma de pensiones públicas en los términos establecidos y contempla una regla para el empate.
Por eso necesitamos conocer la situación del otro progenitor. Una solicitud puede afectar a un complemento ya reconocido y no da lugar a un cobro acumulable para ambos por los mismos hijos. La resolución y los importes deben comprobarse con el criterio legal de comparación.
Si alguno percibe el antiguo complemento de maternidad, existen reglas transitorias y de incompatibilidad específicas. No conviene comparar únicamente cuánto recibiría cada uno en una calculadora sin estudiar esos efectos y las fechas de reconocimiento.
Atrasos: no hay una cantidad universal
La Seguridad Social distingue los efectos económicos aplicables a los hombres tras la sentencia de mayo de 2025. Para pensiones causadas antes del 15 de mayo de 2025 contempla, en los supuestos indicados, retroacción a la fecha de efectos de la pensión. Para las causadas después señala la regla general de retroactividad de tres meses.
También existen particularidades si se había reconocido el complemento a la otra progenitora. Las resoluciones anteriores, los periodos concurrentes y la fecha de solicitud pueden influir en el resultado. Un expediente con una denegación previa necesita lectura individual, incluido el estado de los recursos.
La calculadora no ofrece atrasos porque no conoce esos documentos ni aplica las cuantías históricas de cada ejercicio. Utilizar el importe de 2026 para todos los años anteriores produciría una estimación incorrecta. En la consulta podemos estudiar el periodo que correspondería y su fundamento.
Antiguo complemento de maternidad: pensiones de 2016 a 2021
Las pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 pueden exigir el estudio del régimen anterior. Se vinculaba a determinadas pensiones contributivas y a dos o más hijos, con porcentajes del 5 %, 10 % o 15 % según el número de hijos, además de sus condiciones y límites.
Ese régimen no utilizaba la cantidad fija mensual por hijo del complemento de brecha. La modalidad de jubilación resulta relevante, incluidas las exclusiones que contemplaba para la anticipada voluntaria y la parcial. Deben revisarse las circunstancias y la jurisprudencia aplicable al reconocimiento a los hombres.
Una pensión anterior a 2016 o una nueva pensión posterior puede abrir un análisis diferente. La fecha de una solicitud reciente no cambia por sí sola el régimen correspondiente al hecho causante. Necesitamos la resolución original, posibles revisiones y los complementos que ya se hayan reconocido.
Solicitud, documentación y denegación
La solicitud puede tramitarse por los canales de la Seguridad Social que correspondan. El estudio jurídico identifica el régimen y la documentación necesaria para acreditar pensión e hijos, además de la situación del otro progenitor cuando sea relevante. No es obligatorio contratar un despacho para presentar cualquier solicitud administrativa.
Si decides encargar la gestión a EOM, definimos qué comprende: revisión, preparación, presentación y seguimiento o, en su caso, reclamación. Si existe una denegación, su notificación permite comprobar el plazo de reclamación previa y la posterior vía judicial conforme a las reglas de prestaciones.
Un mensaje al despacho no interrumpe esos plazos. Indica desde el primer contacto si has recibido resolución y cuándo. Así podremos valorar la actuación necesaria antes de centrar la conversación únicamente en el importe esperado.
Qué revisamos y cómo se presupuesta
El estudio reúne fecha y modalidad de pensión, hijos computables, resoluciones y complementos concurrentes. Cuando procede, se analiza también la cuantía y el periodo de efectos. La conclusión debe distinguir el fundamento del derecho, los documentos pendientes y las cuestiones que requieren reclamación.
El presupuesto concreta fases, honorarios, impuestos y gastos adicionales que puedan existir. Una solicitud administrativa y un procedimiento judicial no son el mismo trabajo. Antes de contratar debes conocer qué se incluye y qué ocurriría si la Administración deniega la petición.
Fuentes y fecha de revisión
Contenido contrastado el . La normativa y su aplicación pueden cambiar.
- Seguridad Social: complemento de brecha de género, requisitos y efectos
- Ley General de la Seguridad Social: artículo 60 y régimen transitorio
- Artículo 60 en su redacción anterior al complemento de brecha
- Ley reguladora de la jurisdicción social: reclamación de prestaciones
- TJUE: sentencia de 15 de mayo de 2025, asuntos C-623/23 y C-626/23