Cuando el desacuerdo necesita una decisión judicial
El divorcio contencioso permite solicitar la disolución del matrimonio y las medidas correspondientes cuando no hay acuerdo entre los cónyuges. El desacuerdo puede afectar a todo o solo a una cuestión: custodia, alimentos, vivienda o una compensación económica. Que una parte no quiera divorciarse no obliga a la otra a continuar casada.
La tarea jurídica consiste en definir qué se pide, comprobar qué hechos lo sostienen y preparar la prueba. En EOM empezamos por conocer la situación actual de la familia y si ya existe una demanda, una citación o unas medidas provisionales. Después distinguimos qué necesita atención inmediata y qué corresponde al procedimiento principal.
No necesitas demostrar quién fue responsable de la ruptura para pedir el divorcio. Sí debes aportar la información relevante para las medidas solicitadas. Enfocar el expediente en esas cuestiones ayuda a tomar decisiones y a evitar que discusiones ajenas al objeto del proceso ocupen el lugar de la prueba necesaria.
Si has recibido una demanda
Conserva todos los documentos y el justificante de la notificación. La fecha de recepción permite comprobar el plazo de contestación y organizar la defensa. No conviene esperar a que la otra parte prometa retirar la demanda ni interpretar un intento de acuerdo como una suspensión automática del procedimiento.
La contestación permite responder a lo solicitado y plantear lo que corresponda conforme a las reglas procesales. Algunas peticiones exigen una formulación específica y no deben dejarse para la vista. Por eso necesitamos leer la demanda completa, sus anexos y cualquier resolución recibida, aunque ya conozcas el resumen del conflicto.
Si existe asistencia jurídica previa, facilita los datos del expediente para coordinar correctamente la intervención. La designación y sustitución de profesionales, cuando procedan, deben hacerse por los cauces adecuados y sin perder de vista los plazos.
Negociación previa: comprobar el requisito aplicable
Antes de presentar determinadas demandas civiles debe acreditarse una actividad negociadora conforme a la Ley Orgánica 1/2025. En familia se revisa la naturaleza de las peticiones, los derechos indisponibles y las excepciones. No se exige llegar a un acuerdo: cuando el requisito se aplica, se trata de realizar y acreditar correctamente el intento que corresponda.
La negociación puede adoptar distintas formas, incluida la intervención de los abogados bajo las instrucciones de sus clientes. Debe existir relación entre su objeto y el del litigio. La confidencialidad y la documentación de su terminación también requieren atención: no todo lo intercambiado puede aportarse después como prueba.
Las medidas urgentes de protección, las cautelares y los asuntos afectados por violencia tienen reglas específicas. Nuestro primer análisis identifica esas circunstancias para que el intento negociador no se aplique como una formalidad indiferente al caso. Si hay un riesgo actual, debes indicarlo al contactar.
Qué medidas pueden solicitarse
Las peticiones dependen de la familia. Pueden referirse a guarda, ejercicio de la patria potestad, comunicaciones y estancias, alimentos de los hijos, uso de la vivienda, cargas familiares o pensión compensatoria. También deben considerarse los animales de compañía cuando proceda. No todas estas medidas son necesarias en todos los matrimonios.
Una propuesta de custodia debe explicar cómo se atenderá a los menores, no limitarse a una etiqueta. Una petición económica debe relacionarse con necesidades, ingresos y patrimonio. Si se pide el uso de una vivienda, hay que estudiar la titularidad, las alternativas habitacionales y las circunstancias relevantes de los miembros de la familia.
La liquidación del régimen económico puede requerir un procedimiento distinto. Separar el divorcio del inventario y reparto de bienes permite saber qué resolverá la sentencia y qué trabajo quedará pendiente. Lo concretamos en el encargo para que el alcance resulte comprensible.
Medidas provisionales mientras se tramita el divorcio
Esperar a la resolución definitiva puede dejar sin ordenar una situación importante. La ley permite solicitar medidas provisionales antes de la demanda o durante el procedimiento, con sus requisitos. Pueden servir para regular temporalmente cuestiones como alimentos, cuidados o uso de la vivienda.
Las medidas previas no se mantienen indefinidamente sin presentar la demanda: la Ley de Enjuiciamiento Civil exige hacerlo dentro de los treinta días siguientes a su adopción. El expediente debe organizarse teniendo en cuenta esa conexión. Solicitar una medida y olvidarse del procedimiento principal puede comprometer su continuidad.
Lo provisional no predetermina necesariamente la decisión definitiva. La prueba y las circunstancias valoradas en cada fase pueden ser distintas. Es importante cumplir la resolución vigente y consultar la vía adecuada si aparece una incidencia o una necesidad de protección adicional.
Preparar una prueba útil y obtenida lícitamente
Los documentos económicos ayudan a reconstruir ingresos y gastos. Para las medidas sobre hijos puede ser relevante acreditar la organización de cuidados, los horarios, el entorno escolar y las necesidades específicas. La información debe presentarse con contexto y de forma coherente con las peticiones.
No accedas sin autorización a cuentas, correos o dispositivos de otra persona para reunir pruebas. Tampoco manipules mensajes o documentos. Si dispones de comunicaciones, explica cómo las obtuviste y conserva el original; la licitud, autenticidad y pertinencia deben revisarse antes de aportarlas.
Los informes periciales y la intervención de equipos técnicos pueden ser necesarios en determinados asuntos, pero no se encargan por rutina ni garantizan un resultado. Se valora qué cuestión deben aclarar, su utilidad y su coste. La preparación de la vista parte de la prueba disponible y de lo que realmente se discute.
Hijos, audiencia y situaciones de violencia
El interés superior de los menores guía las medidas. Su derecho a ser oídos debe respetarse conforme a las reglas del procedimiento, sin convertirlos en intermediarios ni hacerles responsables de decidir el conflicto de sus padres. La audiencia de un menor no es una votación sobre con quién quiere vivir.
La existencia de procedimientos penales, indicios de violencia o resoluciones de protección puede afectar a la competencia, la custodia y el régimen de estancias. El Código Civil establece restricciones específicas. Aporta las resoluciones completas para que el asunto familiar se estudie junto con esos antecedentes.
Si existe una emergencia, utiliza los servicios de emergencia. Para preparar la actuación jurídica, indica de forma breve que hay una situación de riesgo y qué resolución o fecha inmediata conoces. No es necesario describir detalles sensibles en el primer formulario de contacto.
Vista, resolución y posibilidad de acuerdo
La tramitación incluye las actuaciones de alegación y prueba que correspondan y, normalmente, una vista sobre las cuestiones controvertidas. Antes de ella te explicamos su finalidad y tu intervención. La decisión debe basarse en los hechos acreditados y en la normativa aplicable; ninguna estrategia permite asegurar de antemano la sentencia.
El acuerdo sigue siendo posible durante el procedimiento. Si ambos cónyuges alcanzan una propuesta válida, puede solicitarse la continuación por los trámites de mutuo acuerdo. Debe revisarse qué extremos quedan resueltos y qué controles son necesarios, especialmente respecto de los hijos.
Tras la resolución se estudian sus efectos, el cumplimiento y, en su caso, los recursos. Recurrir no supone que todas las medidas queden suspendidas. La notificación y el contenido de la sentencia determinan las opciones y los plazos que deben valorarse.
Duración, presupuesto y siguiente paso
Un contencioso no tiene una duración uniforme. Influyen la notificación a la otra parte, la prueba, los informes, la carga del órgano y las incidencias. Podemos explicar las fases y actualizar la previsión con el expediente, pero no prometer una fecha cerrada de finalización.
El presupuesto distingue procedimiento principal, medidas provisionales, procurador, peritos, recursos y ejecución cuando sean actuaciones separadas. También refleja los impuestos y las condiciones de pago. Si el encargo cambia, corresponde concretar el nuevo alcance.
Para empezar, reúne la notificación, los acuerdos o resoluciones anteriores y una relación de las cuestiones sin resolver. En la consulta ordenaremos prioridades y documentación. No hace falta llegar con una solución decidida: sí con información suficiente para poder valorar las alternativas.
Fuentes y fecha de revisión
Contenido contrastado el . La normativa y su aplicación pueden cambiar.