Acta de nacimiento española: qué es y cómo pedirla

El certificado de nacimiento del Registro Civil: tipos, cómo se solicita por internet o presencialmente, plazos de inscripción y para qué trámites se necesita cada modalidad.

Revisión editorial de EOM ·

Acta o certificado: la misma cosa

En España el documento se llama certificado de nacimiento. «Acta de nacimiento» es la denominación habitual en Hispanoamérica, y se usa aquí con frecuencia por quien procede de esos países.

Designan lo mismo: la acreditación oficial del hecho del nacimiento, expedida por el Registro Civil a partir de la inscripción practicada.

Lo que sí cambia entre países es el contenido y el formato, y eso importa cuando el documento tiene que surtir efectos fuera de donde se expide.

Los tipos que existen

Pedir la modalidad equivocada obliga a repetir el trámite, y algunas gestiones solo admiten una de ellas.

Para expedientes de nacionalidad, matrimonio o reconocimiento de filiación se exige el literal, porque es el único que refleja las notas marginales: adquisición de nacionalidad, adopción, cambios de nombre o apellidos, rectificaciones.

TipoQué contieneUso habitual
LiteralCopia íntegra de la inscripción y de sus notas marginalesNacionalidad, matrimonio, trámites que exigen detalle
Extracto ordinarioResumen de los datos esenciales, en castellanoGestiones administrativas corrientes
Extracto internacional o plurilingüeResumen en los idiomas del convenioTrámites en el extranjero
Extracto bilingüeResumen en castellano y lengua cooficialComunidades con lengua cooficial
NegativoAcredita que el nacimiento no consta inscritoExpedientes de inscripción fuera de plazo

Cómo se pide

Es gratuito por cualquiera de las tres vías.

Los datos que hacen falta son el nombre y los apellidos de la persona inscrita, la fecha y el lugar de nacimiento, los nombres de los progenitores cuando consten y los datos del solicitante.

Un detalle que ahorra tiempo: la inscripción se practica en el Registro Civil del lugar del nacimiento, no del domicilio familiar. Quien nació en el hospital de otra localidad debe pedirlo allí.

  • Por internet, en la sede del Ministerio de Justicia, indicando los datos del nacimiento y el Registro Civil donde consta.
  • Presencialmente en el Registro Civil del lugar de nacimiento, habitualmente con cita previa.
  • Por correo postal, dirigiendo la solicitud al Registro Civil correspondiente.

Plazos de inscripción del nacimiento

Los plazos son cortos y conviene conocerlos si el nacimiento es reciente.

La Ley del Registro Civil prevé que la dirección de los centros sanitarios comunique al Registro Civil los nacimientos ocurridos en ellos, dentro del plazo que la propia ley fija.

Cuando la inscripción debe promoverla la familia, el plazo general es de diez días desde el nacimiento, ampliable hasta los treinta cuando se acredite justa causa.

Transcurridos esos plazos, la inscripción sigue siendo posible, pero requiere un expediente registral, con su prueba y su instrucción. De ahí la utilidad del certificado negativo, que acredita que la inscripción no consta.

Para qué se necesita

Aparece en más trámites de los que suele recordarse.

Para casi todos ellos conviene pedirlo con antelación: los expedientes con documentación incompleta se paralizan y reanudarlos cuesta semanas.

  • Expedición y renovación del DNI y del pasaporte.
  • Expedientes de nacionalidad española por residencia, por opción o por carta de naturaleza.
  • Expediente matrimonial.
  • Inscripción escolar y solicitud de becas.
  • Prestaciones familiares y por nacimiento.
  • Herencias, para acreditar la filiación.
  • Trámites de extranjería y reagrupación familiar.
  • Reconocimiento de la filiación y adopción.

Cuando el nacimiento fue en el extranjero

Es el supuesto que más dudas genera, y tiene reglas propias.

Los nacimientos de españoles ocurridos en el extranjero se inscriben en el Registro Civil consular correspondiente y se trasladan al Registro Civil Central. Por eso el certificado puede pedirse en cualquiera de los dos.

Cuando el documento que se aporta es extranjero, no basta con traducirlo: hace falta legalizarlo o apostillarlo según proceda, y presentar traducción oficial si no está expedido en una modalidad plurilingüe reconocida.

Y al revés: quien necesita presentar en el extranjero un certificado español debe valorar si le basta el internacional del convenio o si el país de destino exige apostilla sobre el literal.

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Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo acta de nacimiento que certificado de nacimiento?

Sí. En España el documento se denomina certificado de nacimiento; «acta» es la denominación habitual en Hispanoamérica.

¿Cuánto cuesta?

Es gratuito en todas sus modalidades.

¿Cuál necesito para la nacionalidad española?

El literal, porque es el único que recoge las notas marginales de la inscripción.

¿Dónde se pide?

En el Registro Civil del lugar de nacimiento, presencialmente, por correo o por internet en la sede del Ministerio de Justicia.

¿Cuánto tarda?

Depende del Registro y de la modalidad. Por internet suele resolverse en días; presencialmente, cuando la inscripción está practicada, es más rápido.

¿Y si nací en el extranjero?

La inscripción corresponde al Registro Civil consular y se traslada al Registro Civil Central, donde también puede solicitarse el certificado.

¿Qué pasa si el nacimiento no se inscribió en plazo?

Sigue siendo posible inscribirlo, pero mediante expediente registral con prueba del hecho. El certificado negativo acredita que la inscripción no consta.

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