Caso de éxito de EOMDerecho laboral
El INSS denegó su incapacidad. La justicia le reconoce una pensión vitalicia
Tres denegaciones del INSS en casi seis años. EOM Equipo Jurídico consiguió que un juzgado le reconociera una pensión vitalicia por incapacidad permanente total.

- 995,12 €
- al mes de pensión vitalicia (55 % de 1.809,30 €), más incrementos
- Vitalicia
- pensión por incapacidad permanente total, con efectos retroactivos
- 3
- denegaciones del INSS superadas
Con qué problema vino el cliente
Era operador de grúa: su trabajo consistía en subir y bajar del vehículo, enganchar automóviles, manipular cargas y adoptar posturas forzadas. Con importantes limitaciones físicas, llevaba casi seis años desde que inició su primera baja médica.
El INSS le había denegado la incapacidad permanente en tres ocasiones, una de ellas valorando su caso con una profesión que no era la suya. Y el propio servicio de prevención de su empresa le había limitado las tareas justo en lo esencial de su puesto: no podía manipular de forma continuada cargas de más de 10 kilos ni adoptar posturas forzadas.
Cómo lo resolvió EOM Equipo Jurídico
EOM Equipo Jurídico llevó el caso a los tribunales y centró la defensa en el oficio real del trabajador: lo que hace a diario un operador de grúa y por qué sus limitaciones le impedían las tareas fundamentales de su profesión. Se practicó prueba documental, testifical y pericial.
El juicio se suspendió por la huelga de la Administración de Justicia y se celebró meses después. La defensa se mantuvo hasta la sentencia, casi veinte meses después de presentar la demanda.
El resultado
El Juzgado de lo Social revocó la decisión del INSS y reconoció una incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común.
Tiene derecho a una pensión vitalicia del 55 % de una base reguladora de 1.809,30 € mensuales (unos 995,12 € al mes, más los mínimos, incrementos, mejoras y revalorizaciones que procedan) con efectos retroactivos.
Los datos del caso
- Base reguladora
- 1.809,30 € al mes
- Porcentaje de la pensión
- 55 %
- Pensión, sin incrementos
- 995,12 € al mes
- Denegaciones previas del INSS
- 3
- Límite de carga fijado por su servicio de prevención
- 10 kg, de forma continuada
- De la primera baja a la sentencia
- Casi 6 años
- De la demanda a la sentencia
- Casi 20 meses
- Juicio suspendido por la huelga
- Sí, y celebrado meses después
Caso defendido por EOM Equipo Jurídico · Juzgado de lo Social n.º 1 de Jaén · Sentencia 337/2023 · Sentencia de primera instancia
Casos reales de EOM Equipo Jurídico, publicados anonimizados y con autorización de los clientes. Cada caso es distinto: los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
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