¿Son fiables las empresas de reunificación de deudas?

Qué es realmente una reunificación, qué obligaciones impone la Ley 5/2019 a los intermediarios, las señales de alarma y cuándo conviene otra vía.

Revisión editorial de EOM ·

Qué es una reunificación

Reunificar es sustituir varias deudas por una sola, normalmente con una cuota mensual más baja y un plazo más largo, y con frecuencia con una garantía hipotecaria sobre la vivienda.

Esa descripción ya contiene la clave del asunto: cuota más baja no significa deuda más baja. Alargar el plazo reduce la mensualidad y aumenta el total pagado, a veces de forma muy notable.

Y añadir una garantía hipotecaria transforma deudas que solo afectaban al patrimonio general en deudas que ponen la vivienda en juego.

Las señales de alarma

Estas son las que aparecen con más frecuencia en los casos que terminan mal.

  • Cobro de cantidades por adelantado antes de obtener ninguna financiación.
  • Promesas de conseguir crédito con independencia de la situación o figurando en ficheros de morosos.
  • Falta de información precontractual normalizada o negativa a entregarla por escrito.
  • Presión para firmar rápido, sin tiempo de lectura ni de comparación.
  • Ausencia de datos identificativos completos o de inscripción registral.
  • Comisiones de intermediación elevadas, poco explicadas o sumadas al capital financiado.
  • Una propuesta que convierte deuda sin garantía en deuda con garantía hipotecaria sin explicarlo con claridad.

Qué preguntar antes de firmar

Cuatro números y un documento resuelven la decisión.

Si el coste total a pagar es mayor y además se hipoteca la vivienda, la operación ha empeorado la situación aunque la cuota mensual sea menor.

  • La tasa anual equivalente de la nueva operación, comparada con la de las deudas actuales.
  • El importe total adeudado al final, no solo la cuota mensual.
  • El coste total de la intermediación, desglosado.
  • Qué garantías se constituyen y sobre qué bienes.
  • La información precontractual normalizada, por escrito y con tiempo para leerla.

Cuándo una reunificación tiene sentido

No siempre es mala idea. Tiene sentido cuando se cumplen a la vez varias condiciones.

Que exista capacidad de pago real y estable. Que el problema sea de organización y de tipos de interés, no de insolvencia. Que el coste total de la nueva operación sea inferior al de las deudas existentes. Que no sea necesario aportar la vivienda como garantía. Y que la intermediación tenga un coste proporcionado y transparente.

Si falta alguna de esas condiciones, conviene mirar las alternativas antes de firmar.

Las alternativas

Suelen ser mejores de lo que parecen y casi siempre más baratas.

Esa última vía merece una comparación honesta: la exoneración puede cancelar deuda, mientras que la reunificación siempre la mantiene y normalmente la encarece.

  • Negociar directamente con cada acreedor una quita o un fraccionamiento. Muchos aceptan, y no cuesta nada intentarlo.
  • Solicitar aplazamiento a la Agencia Tributaria o a la Seguridad Social cuando la deuda es pública.
  • Acudir a los servicios públicos de información al consumidor o a las oficinas de intermediación hipotecaria, que son gratuitos.
  • Estudiar la exoneración del pasivo insatisfecho, si la insolvencia es real y generalizada.

Si ya has firmado y sospechas

Todavía hay margen, y conviene actuar con documentación.

  • Reúne el contrato, la información precontractual entregada y los justificantes de los pagos realizados.
  • Comprueba si se cumplieron las obligaciones de transparencia, información y evaluación de la solvencia.
  • Revisa si existen cláusulas abusivas o comisiones no justificadas, que pueden ser impugnadas.
  • Reclama por escrito ante la entidad y ante el servicio de atención al cliente.
  • Acude al organismo de consumo competente y, si procede, plantea la reclamación judicial.

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Sobre cuestiones próximas a esta, puede interesarte Ventajas e inconvenientes de la segunda oportunidad, Cambiar de titular y alzamiento de bienes y Cómo consultar tu deuda con la Seguridad Social.

Si el asunto es tuyo y quieres revisarlo con alguien, esta materia se trata en el área de Ley de Segunda Oportunidad de EOM.

Preguntas frecuentes

¿Son legales las empresas de reunificación?

La actividad está regulada. La Ley 2/2009 exige inscripción, seguro o aval y deberes de transparencia a quienes intermedian, y la Ley 5/2019 refuerza las obligaciones cuando hay garantía inmobiliaria.

¿Pueden cobrarme por adelantado?

Los cobros anticipados antes de obtener financiación son una de las señales de alarma más claras. Conviene exigir información precontractual y no pagar nada antes.

¿Reunificar reduce mi deuda?

No. Reduce la cuota alargando el plazo, lo que normalmente aumenta el importe total que se acaba pagando.

¿Me conviene si estoy en ASNEF?

Quien promete financiación con independencia de tu situación suele ofrecer el producto más caro del mercado. Conviene comparar y revisar primero si la inscripción en el fichero es correcta.

¿Qué pasa si hipoteco mi casa?

Deudas que solo afectaban a tu patrimonio general pasan a estar garantizadas con la vivienda, con el riesgo de ejecución que eso implica.

¿Hay alternativas gratuitas?

Sí: negociar con cada acreedor, solicitar aplazamientos públicos y acudir a los servicios públicos de consumo o de intermediación hipotecaria.

¿Y si mi problema es de insolvencia real?

Entonces la reunificación no resuelve nada. Conviene estudiar la exoneración del pasivo insatisfecho.

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